La congresista Carmen Patricia Juárez Gallegos, ha presentado el Proyecto de Ley 8226/2023-CR, que plantea otorgar beneficios educativos a los hijos de las mujeres que colaboran en comedores populares, programas de vaso de leche y ollas comunes. Estos hijos podrán acceder a becas de estudios técnicos y universitarios convocadas por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), siempre que cumplan con los requisitos establecidos y la madre haya trabajado en estos programas de manera continua durante al menos dos años.
Además, propone la creación del registro único nacional de madres cocineras de comedores populares, programa de vaso de leche y ollas comunes (RUNCCPOC), que será administrado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a través del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH). Este registro permitirá identificar a las beneficiarias y garantizar que los recursos lleguen a quienes más lo necesitan.
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE OTORGA BENEFICIOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE LAS MADRES QUE COLABORAN EN LOS COMEDORES POPULARES, PROGRAMAS DE VASO DE LECHE Y OLLAS COMUNES
Artículo 1. Objeto de la ley.
La presente Ley tiene como objetivo otorgar beneficios educativos a los hijos de las madres de familia que brindan el servicio de cocina y atención en los comedores populares, programas de vaso de leche y ollas comunes.
Artículo 2. Otorgamiento de beneficios educativos a los hijos de las madres que trabajan en los comedores populares, programas de vaso de leche y ollas comunes.
Los hijos de las madres que brindan el servicio de cocina y atención, inscritas en el Registro Único Nacional de Madres Cocineras de Comedores Populares, Programa de Vaso de Leche y Ollas Comunes-RUNCCPOC, tendrán derecho a acceder a becas de estudios técnicos y/o universitarios convocados por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), siempre y cuando:
a) Los hijos cumplan los requisitos establecidos en la Ley N° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo.
b) La madre haya desarrollado la actividad de manera continua por dos años, conforme a lo estipulado en la normativa interna de cada programa y se mantenga desarrollando la actividad a la entrada en vigencia de la presente ley.
c) Se acredite la falta de recursos económicos para financiar los estudios superiores de sus hijos.
Artículo 3. Creación del Padrón Único de Madres Cocineras de los comedores populares y ollas comunes.
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), crea y administra el Registro Único Nacional de Madres Cocineras de Comedores Populares, Programa de Vaso de Leche y Ollas Comunes – RUNCCPOC a nivel nacional.
Los requisitos y condiciones para ser incorporada en el registro se establecerán en el Reglamento de la presente ley.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Única. – Reglamentación
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, reglamentará la presente ley dentro de los treinta días hábiles de promulgada la presente ley.
Lima, junio de 2024.




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