Artículo 173.- Violación sexual de menor de edad
El que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de catorce años, será reprimido con pena de cadena perpetua.
Concordancias
C: arts. 2.1, 2.24.h; 3, 4, 10; CP: arts. 12, 22, 23, 29, 45, 57-61, 92, 93, 121-A, 152.1, 5; 176-A, 177, 178, 183-A; C de PP: arts. 135, 136, 143; CC: arts. 402.4, 418, 502.
Jurisprudencia del artículo 173 del Código Penal
-
Corte Suprema
-
- Criterios para aplicar «error de comprensión culturalmente condicionado» en el delito de violación sexual de menor (doctrina legal) [Acuerdo Plenario 1-2015/CIJ-116]. Link: bit.ly/3ECcjwy
- Aplicación del artículo 173.3 del CP modificado por Ley 28704 (doctrina legal) [Acuerdo Plenario 4-2008-CJ-116]. Link: bit.ly/3XgXp5q
- Alcance interpretativo del artículo 173.3 del CP, modificado por Ley 28704, para la determinación judicial de la pena (doctrina legal) [Acuerdo Plenario 7-2007-CJ-116]. Link: bit.ly/3YlSmlB
- No siempre las secuelas del daño psicológico se manifiestan o exteriorizan inmediatamente, sino mucho tiempo después y permanentemente en el tiempo [Casación 719-2019, Ayacucho]. Link: bit.ly/3SLSbOC
- La edad de la víctima no puede deducirse de lo que pudo haber pensado el imputado sino a través de los criterios de imputación del dolo [Casación 552-2019, Cañete]. Link: bit.ly/3ELZY91
- El consentimiento o la ausencia de un daño psicológico en un menor de 14 años no es causa de atipicidad ni de justificación [Casación 1485-2018, Madre de Dios]. Link: bit.ly/3JfmBWM
- Si madre de menor sabía de los abusos sexuales que sufría por parte de su pareja y no hizo nada por impedirlo es responsable por omisión impropia [Casación 725-2018, Junín]. Link: bit.ly/3Sv036Q
- El consentimiento del acto sexual de un menor resulta inexistente [Casación 308-2018, Moquegua]. Link: bit.ly/3SrDFeJ
- Desconocimiento de la edad de la víctima no es un error de prohibición sino de tipo [Casación 436-2016, San Martín]. Link: bit.ly/3Y9IGd7
- Violación de menor de 14 años que sufre retardo mental debe subsumirse en el art. 173 y no en el art. 172 del CP [Casación 47-2012, Sullana]. Link: bit.ly/3ZDGfRf
- La «libertad sexual» es el bien jurídico protegido en el delito de violación a mayores de 14 años (doctrina jurisprudencial) [Casación 148-2010, Moquegua]. Link: bit.ly/3ZnZH44
- Ante la falta de una partida de nacimiento, no son suficientes la declaración de la madre y el certificado médico legal para acreditar la minoría de edad [RN 2010-2021, Lima Sur]. Link: bit.ly/3mmdcmx
- Mujer que se hace penetrar por menor de edad comete delito de violación [RN 486-2020, Junín]. Link: bit.ly/3WAngF1
- Si menor sufre violación sexual 8 horas antes de cumplir 14 años se vulnera su libertad sexual [RN 1474-2019, Áncash]. Link: bit.ly/3kECX0T
- Se descarta de plano un «error de tipo» si entre la víctima y el agraviado hay una diferencia de 23 años [RN 1068-2019, Piura]. Link: bit.ly/3IT4lSa
- Violación sexual de menor: No se puede pedir a la víctima que tenga una precisión matemática sobre la edad de su agresor [RN 826-2019, Cusco]. Link: bit.ly/3hYMVZv
- Menor de 14 años que consiente el acto sexual por la promesa de recibir un celular y ropa es víctima del delito de violación a menor [RN 208-2019, Loreto]. Link: bit.ly/3XlpVnF
- Error de tipo: Si víctima participa en una reunión en la que libó licor no es posible estimar que el imputado desconocía su verdadera edad [RN 2326-2018, Lima Norte]. Link: bit.ly/40bYa2v
- Concurso de delitos: el delito de violación sexual o actos contra el pudor a menor no absorben al delito de pornografía infantil [RN 2047-2018, Ayacucho]. Link: bit.ly/3qaomK7
- Acto sexual consentido por menor es inválido, aunque exista una relación sentimental [RN 1473-2018, Lima Este]. Link: bit.ly/3kDvAXG
- Imposición de prácticas sexuales a menor de 12 años como culturales es jurídicamente inaceptable [RN 2135-2017, Junín]. Link: bit.ly/3Xr9eXW
- Aspectos probatorios para configurar el error de tipo sobre la edad de la víctima [RN 1740-2017, Junín]. Link: bit.ly/3hXrMid
- La felación «pasiva» y «activa» de un menor de edad configura delito de violación sexual [RN 189-2017, Junín]. Link: bit.ly/3tOCCd3
- Se debe imponer pena suspendida por violación sexual de menor de edad para conservar unidad familiar [RN 3495-2015, Áncash]. Link: bit.ly/3AEJ1vs
- Si el acto sexual se produce con violencia o amenaza es irrelevante alegar el desconocimiento de la edad de la menor sexual [RN 3303-2015, Lima]. Link: bit.ly/3ZeU1tE
- Error invencible: Que víctima de agresión sexual suba fotos sugestivas y tenga una cuenta en Facebook hace probable la creencia de error en su edad [RN 3175-2015, Lima Sur]. Link: bit.ly/3IQOz9w
- Practicar «felación» a menor constituye violación sexual [RN 2644-2015, Junín]. Link: bit.ly/3XDe97S
- Criterios para valorar el consentimiento del menor de edad en el delito de violación sexual [RN 415-2015, Lima Norte]. Link: bit.ly/3EugwSe
- No denunciar la violación sexual de hija no convierte a la madre en partícipe del delito [RN 3231-2014, Del Santa]. Link: bit.ly/3SvYNjU
- «Consentimiento» del menor no genera atipicidad de la conducta [RN 2321-2014, Huánuco]. Link: bit.ly/41Byzk1
- La protección de la indemnidad sexual de menores es menos intensa cuando están más próximos a los catorce años de edad [RN 318-2010, Lima]. Link: bit.ly/3IMuFMu
- Violación sexual: No es determinante la efectiva edad cronológica de la menor agraviada sino la que exteriorizó al momento de los hechos [RN 2540-2009, Apurímac]. Link: bit.ly/3kGTZM4
- No se configura tentativa de violación, aunque el imputado derribe y saque el short a una menor sí no se bajó sus prendas íntimas, sufrió una erección o evidencio de otro modo su «animus lujurioso» [RN 2373-2004, Ayacucho]. Link: bit.ly/3m7suvB
- La figura de «violación presunta» no admite el consentimiento como acto exculpatorio [RN 1674-2004, La Libertad]. Link: bit.ly/3EQh2e5
-
Corte Superior
-
- La sola declaración de la víctima no basta para acreditar la responsabilidad por delitos contra la libertad sexual de menores [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil, Laboral, Contenciosos Administrativo y Penal de Loreto, 2007]. Link: bit.ly/3neOpkO
-
Corte Interamericana de Derechos Humanos
-
- Estados están en la «obligación estricta» de adoptar medidas contra la violencia o abuso sexual y toda forma de violencia contra niños y niñas [Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador]. Link: bit.ly/3IBXVWc
-
Tribunal Europeo de Derechos humanos
-
- Los abusos a niños —como lamer el trasero, tocar el pene y meter el dedo al trasero— cometidos por otros niños son «malos tratos» [X y otros vs. Bulgaria]. Link: bit.ly/3kEA14y
- En casos de abuso sexual de menores, la existencia de mecanismos útiles de detección y comunicación es fundamental para aplicar la ley penal [O’Keefee vs. Irlanda]. Link: bit.ly/3YeFsVy
- Los abusos a niños —como lamer el trasero, tocar el pene y meter el dedo al trasero— cometidos por otros niños son «malos tratos» [X y otros vs. Bulgaria]. Link: bit.ly/3kEA14y
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
Comentarios: