Durante una audiencia pública ante el Tribunal Constitucional, la Junta Nacional de Justicia sostuvo que determinadas medidas cautelares concedidas por el Poder Judicial en procesos de amparo afectan sus competencias constitucionales y generan un «menoscabo» en el ejercicio de sus funciones. El debate se desarrolló en el marco del proceso competencial interpuesto por la JNJ contra el Poder Judicial, relacionado con el control judicial de las actuaciones del organismo constitucional autónomo.
La controversia se centra principalmente en dos procesos de amparo: el expediente 02270-2025, vinculado al concurso de selección de miembros de la JNJ, y el expediente 1056-2025, relacionado con medidas cautelares que involucran a la fiscal suprema Delia Espinoza. Durante la audiencia, las partes discutieron si el Poder Judicial puede intervenir mediante acciones de amparo en decisiones vinculadas al funcionamiento y competencias de la Junta Nacional de Justicia:
La facultad jurisdiccional no debe ejercerse de tal manera que paralice el funcionamiento de organismos autónomos. ¿Qué es lo que pasaría si se declarara fundado un amparo contra la designación, el concurso que dio lugar al juramento y elección de la Junta Nacional de Justicia? […] El Poder Judicial está ejerciendo sus funciones de tal manera que invade competencias exclusivas de la Junta Nacional de Justicia.
JNJ cuestiona amparo contra elección de sus integrantes
Durante la audiencia, la defensa de la JNJ sostuvo que el proceso de amparo promovido contra el concurso de selección de sus integrantes busca declarar la nulidad de un procedimiento ya concluido y respecto del cual los miembros de la Junta ya juramentaron y asumieron funciones. Según indicaron sus representantes, una eventual declaración de nulidad produciría la «parálisis» del organismo constitucional.
El abogado Lucas Gersy señaló que el proceso de amparo «no puede utilizarse como un mecanismo para ocasionar la parálisis de instituciones constitucionales autónomas» y sostuvo que la demanda cuestiona aspectos «puramente objetivos y políticos» sin identificar derechos fundamentales concretos de los demandantes. Además, afirmó que admitir este tipo de pretensiones afectaría el principio de separación de poderes.
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Poder Judicial defiende control constitucional vía amparo
Por su parte, la Procuraduría del Poder Judicial sostuvo ante el Tribunal Constitucional que la demanda competencial presentada por la JNJ pretende limitar indebidamente la autonomía jurisdiccional reconocida constitucionalmente a los jueces. Según indicó el procurador Johnny Tupayachi, el control judicial de las decisiones de la JNJ ya ha sido admitido en reiterada jurisprudencia constitucional.
«El Tribunal Constitucional ya ha señalado que la Junta Nacional de Justicia como poder constituido no puede actuar fuera de los límites constitucionales sin estar sujeto a control del Tribunal Constitucional o de la justicia constitucional», afirmó la defensa del Poder Judicial. Asimismo, sostuvo que los procesos de amparo cuestionados todavía no cuentan con resoluciones firmes y que las controversias deben resolverse dentro de los propios procesos constitucionales en trámite.
Debate sobre medidas cautelares y «blindaje judicial»
Uno de los puntos centrales de la audiencia fue la discusión sobre la ampliación de una medida cautelar otorgada en favor de Delia Espinoza. La JNJ sostuvo que dicha decisión judicial generó una «protección sábana» o una «inmunidad judicial» que impediría investigar a la magistrada en cualquier circunstancia.
La defensa de Espinoza rechazó esa interpretación y sostuvo que el Poder Judicial únicamente ejerció sus competencias constitucionales de tutela de derechos fundamentales. El abogado Arturo Grau afirmó que «revisar judicialmente un acto de la junta no equivale a sustituirla» y sostuvo que el proceso competencial estaría siendo utilizado «como una apelación encubierta contra un amparo».
IDL cuestiona traslado del debate al proceso competencial
La abogada Cruz Silva, en representación del Instituto de Defensa Legal, sostuvo que las controversias vinculadas al concurso de selección de integrantes de la JNJ deben resolverse dentro del proceso de amparo y no mediante un proceso competencial. Según explicó, la demanda de amparo cuestiona actos administrativos y presuntas vulneraciones a derechos fundamentales como el debido proceso y la participación ciudadana.
Además, indicó que trasladar el debate al proceso competencial afectaría el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva de los demandantes. «El proceso competencial está siendo utilizado como lo que no es, es decir, como un recurso de apelación paralelo frente a decisiones judiciales dictadas en un proceso de amparo aún en trámite», sostuvo durante su exposición ante el Tribunal Constitucional.
Magistrados del TC debatieron límites del control jurisdiccional
Durante la audiencia, magistrados del Tribunal Constitucional formularon preguntas sobre los límites del control constitucional respecto de órganos autónomos y sobre la posibilidad de que medidas cautelares afecten competencias exclusivas de la JNJ. El magistrado Gustavo Gutiérrez recordó antecedentes vinculados a procesos competenciales relacionados con licencias pesqueras y consultó si una medida cautelar puede «afectar el contenido esencial de la competencia constitucional» de la Junta Nacional de Justicia.
A su turno, el magistrado Manuel Monteagudo planteó escenarios hipotéticos sobre eventuales vulneraciones de derechos fundamentales dentro de procedimientos de la JNJ y preguntó cuáles serían los mecanismos de tutela disponibles. La defensa de la Junta respondió que «siempre tienen que estar todas las instituciones constitucionales funcionando» y sostuvo que no pueden admitirse decisiones que «decapiten» organismos constitucionales autónomos mediante procesos de amparo.
Mira la audiencia completa aquí:

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