Nos complace anunciar el desarrollo del Diplomado Nueva Ley General de Contrataciones Públicas, arbitraje y JPRD con certificación de 384 horas lectivas (24 créditos), el diplomado más completo que reúne a los mejores especialistas en la materia.
Diplomado Nueva Ley General de Contrataciones Públicas, arbitraje y JPRD
1. Público
Funcionarios y servidores públicos, abogados, ingenieros, arquitectos especializados en contrataciones públicas, consultores, personal logístico, proveedores del Estado y demás interesados en adquirir conocimientos actualizados sobre la normativa vigente.
2. Modalidad virtual
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo en calidad HD a través de nuestra plataforma (ulpiano.pe) a la que podrá acceder mediante una clave proporcionada por LP. Asimismo, contará con un espacio interactivo para realizar sus preguntas en tiempo real. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
Se podrán descargar en PDF los respectivos materiales de enseñanza (artículos académicos, diapositivas, jurisprudencia, etc.). El participante podrá acceder al aula virtual hasta doce meses después de finalizado el diplomado.
3. Duración
El diplomado consta de un total de 31 sesiones en vivo y una conferencia magistral, las cuales se desarrollarán los martes, jueves (7 p. m. a 10 p. m.) y sábados (9 a. m. a 12 m.).
4. Fechas
Inicio: martes, 9 de junio de 2026
Fin: jueves, 27 de agosto de 2026
HASTA EL MARTES 2 DE JUNIO DOS LIBROS GRATIS Y PAGO EN 3 CUOTAS
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5. Bloque temático
- Sesión 1: Introducción a las contrataciones públicas
- Sesión 2: Introducción a las herramientas para la gestión y control de recursos públicos y procesos de contratación con el Estado
- Sesión 3: Impedimentos para contratar con el Estado
- Sesión 4: Actuaciones preparatorias I
- Sesión 5: Actuaciones preparatorias II
- Sesión 6: Actuaciones preparatorias III
- Sesión 7: Fase de selección I
- Sesión 8: Fase de selección II
- Sesión 9: Fase de selección III
- Sesión 10: Ejecución de contratos con el Estado I
- Sesión 11: Ejecución de contratos con el Estado II
- Sesión 12: Contratación de obras y consultoría de obras I
- Sesión 13: Contratación de obras y consultoría de obras II
- Sesión 14: Contratación de obras y consultoría de obras III
- Sesión 15: Régimen sancionador del Tribunal de Contrataciones del Estado
- Sesión 16: Arbitraje I
- Clase magistral: Buenas prácticas en el arbitraje y examen parcial
- Sesión 17: Arbitraje II
- Sesión 18: Arbitraje III
- Sesión 19: Arbitraje IV
- Sesión 20: Junta de prevención y resolución de disputas I
- Sesión 21: Junta de prevención y resolución de disputas II
- Sesión 22: Junta de prevención y resolución de disputas III
- Sesión 23: Junta de prevención y resolución de disputas IV
- Sesión 24: Requisitos para resolver controversias en contrataciones públicas
- Sesión 25: Taller práctico
- Sesión 26: Otros medios de solución de controversias
- Sesión 27: Sostenibilidad ambiental, económica y social en las contrataciones públicas
- Sesión 28: Contratos estandarizados
- Sesión 29: Gestión de riesgos en las contrataciones públicas
- Sesión 30: Ética y transparencia en contrataciones públicas
- Sesión 31: Control gubernamental en las contrataciones públicas
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6. Profesores
- Fernando Cantuarias Salaverry (docente PUCP, máster en derecho y árbitro nacional e internacional)
- Jorge Luis Herrera Guerra (economista y miembro de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado)
- Ramón Huapaya Tapia (árbitro especializado en contratación pública, socio de CMS Grau Abogados a cargo del área de derecho administrativo y contratación pública)
- Peter Palomino Figueroa (exvocal del Tribunal de Contrataciones con el Estado)
- Laura Gutiérrez Gonzáles (expresidenta ejecutiva del OSCE [hoy OECE], exdirectora de Normatividad de la Dirección General de Abastecimiento del MEF; también fue asesora y directora de direcciones de abastecimiento y administración en distintas entidades públicas)
- Alfredo Soria Aguilar (docente PUCP, árbitro especialista en contrataciones con el Estado)
- Hugo Vallejos Campbell (magíster en Supply Chain Management por ESAN, especializado en compras públicas y modernización del Estado (OEA, BID, CEPAL)
- Roy Álvarez Chuquillanqui (docente de la Universidad de Lima, exvocal del Tribunal de Contrataciones del Estado)
- Víctor André Ariza Flores (doctor en Ingeniería Civil y adjudicador JPRD)
- María Luisa Cáceres Bellido (ingeniera civil con veinte años de experiencia en construcción en las áreas de gerencia de proyectos y de contratos)
- Leyli Jeny Aguilar Ventura (especialista en gestión pública y gobernabilidad, árbitra en contrataciones públicas)
- Iván Alexander Casiano Lossio (árbitro en contrataciones públicas y comerciales)
- Edgar Zúñiga Morán (árbitro, especialista en derecho de la construcción, contratación pública, derecho administrativo y solución de disputas)
- Paola Navia Miranda (árbitra, adjudicadora y especialista en derecho de la construcción)
- Luis Velásquez Varela (docente universitario, especialista en licitación y contrataciones públicas)
- Anthony Moreno Reaño (ingeniero, máster en contrataciones públicas)
- Italo Dell’Erba Ugolini (docente UNMSM, máster en Gobierno y Administración Pública)
- Héctor Inga Aliaga (subdirector de la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas del OECE)
- Claudia Lau Buendia (árbitra, adjudicadora y especialista en derecho de la construcción y contrataciones públicas)
- Javier Ramírez Saldarriaga (docente UPC, especialista en derecho de la construcción y contrataciones públicas)
- Carlos Mariano Rivera Rojas (árbitro y especialista en licitaciones)
- Marco Martínez Zamora (árbitro, exvocal del Tribunal de Contrataciones con el Estado)
- Reiner Solis Villanueva (doctor en Ingeniería, con más de 30 años de experiencia profesional en el sector infraestructura)
- Lupe Isabel Bancayán Calderón (docente PUCP)
- Entre otros docentes…
* La institución se reserva el derecho de modificar la plana docente por razones de fuerza mayor o por cambios en la disponibilidad de los docentes. En tales casos, se garantiza la participación de profesionales de equivalente nivel académico, sin afectar la calidad del programa, conforme al Reglamento Académico.
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7. Doble certificación
Primer diploma
La inscripción en el diplomado da derecho a un diploma (previa aprobación), con el nombre de Nueva Ley General de Contrataciones Públicas, arbitraje y JPRD emitido por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán y LP válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional con un valor de 384 horas lectivas (24 créditos).
Segundo diploma (opcional)
Los inscritos podrán optar por un segundo diploma, con el nombre de Nueva Ley General de Contrataciones Públicas, arbitraje y JPRD firmado por un Colegio de Abogados, siempre y cuando añadan el pago de 35 soles por gastos administrativos de trámite (válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional con un valor de 384 horas lectivas equivalente a 24 créditos). Disponible hasta el 10 de agosto 2026.
8. Beneficios
- Los inscritos hasta el martes 2 de junio recibirán gratis:
- Un ejemplar en tapa dura del libro Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (actualizada 2026).
- Un ejemplar en tapa dura del libro Curso de derecho administrativo del profesor José María Pacori Cari (edición 2026).
- Acceso gratis al Taller de preparación para el examen de certificación OECE, que consta de tres sesiones que se desarrollarán los días 10, 12 y 14 de agosto, de 7 p. m. a 10 p. m.
- Acceso a la plataforma virtual hasta por 12 meses posteriores al término del diplomado.
- Fólder, block y lapicero.
- Jurisprudencia relevante sistematizada en formato digital.
IMPORTANTE: La entrega o envío de los beneficios será junto con su certificado de aprobación emitido y previa verificación de no adeudar monto alguno. El costo de envío a cualquier parte del país es 40 soles.
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9. Inversión
Profesionales, bachilleres y egresados y público en general:
- Pago completo con descuento hasta el 2 JUN: 2000 soles
- Pago en 3 partes: 2400 soles (solo hasta el 2 JUN)
- Primera cuota: 1000 soles hasta el 2 de junio
- Segunda cuota: 800 soles hasta el 7 de julio
- Tercera cuota: 600 soles hasta el 10 de agosto
Tarifa corporativa (de 3 a más personas):
- Pago completo con descuento hasta el 2 JUN: 1900 soles
- Pago en 3 partes: 2300 soles (solo hasta el 2 JUN)
- Primera cuota: 1000 soles hasta el 2 de junio
- Segunda cuota: 800 soles hasta el 7 de julio
- Tercera cuota: 500 soles hasta el 10 de agosto
Alumnos LP:
- Pago completo con descuento hasta el 2 JUN: 1800 soles
- Pago en 3 partes: 2200 soles (solo hasta el 2 JUN)
- Primera cuota: 1000 soles hasta el 2 de junio
- Segunda cuota: 700 soles hasta el 7 de julio
- Tercera cuota: 500 soles hasta el 10 de agosto
* Los alumnos que registren matrícula en últimos tres años en cualquier curso o diplomado de LP, NO incluye seminarios, congresos ni cursos de 100 soles o gratuitos.
10. Medios de pago
DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA
Titular: Escuela de Derecho LP
- Ahorros BCP: 193-70642051-0-05
CCI 002-193-170642051005-10 - Ahorros BBVA: 0011-0184-0200722061
CCI 011-184-000200722061-95 - Corriente Interbank: 047-300404804-2
CCI 003-047-003004048042-85 - Tarjeta de crédito
Titular: Elizabeth Rebeca Mayta Iquise
- Ahorros Banco de la Nación: 04-123-070432
- Ahorros Scotiabank: 700-8956513
CCI 00931020700895651340 - Plin: +51 958 733 225
IMPORTANTE: El alumno deberá registrar su matrícula a través del siguiente formulario dando clic AQUÍ.
Este programa académico se encuentra sujeto a nuestro reglamento académico, revíselo AQUÍ.
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Diplomado Nueva Ley General de Contrataciones Públicas, arbitraje y JPRD
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También puede realizar su matrícula a través de nuestra aula virtual. Dé clic a “Comprar el diplomado” y se añadirá a su carrito de compras.
Para más información puede enviar un mensaje al 916524845. También puede escribir al correo [email protected]
![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Violación sexual: Que la agraviada no presente en la actualidad afectación psicológica no significa que el evento traumático no sucedió, en tanto tal afectación puede disiparse con el transcurso del tiempo [RN 320-2025, Áncash, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-218x150.jpg)


![Corresponde reconocer horas extras a trabajadores cuyas funciones estén directamente vinculadas con la atención de pacientes, puesto que la naturaleza asistencial de sus labores —realizadas bajo supervisión del personal de salud y sin lapsos de inactividad en servicios de emergencia— los comprende dentro del personal habilitado para realizar trabajo en sobretiempo, conforme a la Directiva N.° 007-GG-IPSS-95 [Casación 9268-2010, Lima, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Nuevas reglas para la inaplicación del precedente vinculante Huatuco Huatuco [Casación Laboral 11090-2023, La Libertad, f. j. 22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-laboral_Nuevas-reglas-para-inaplicar-el-precedente-Huatuco-Huatuco_-codex-laboral_LP-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominio? Bien explicado [ACTUALIZADO 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/08/prescripcion-adquisitiva-de-dominio-LPDerecho-218x150.png)

![[VIVO] Clase modelo sobre alcances generales de la JPRD. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-GRATUITA-PAOLA-NAVIA-MIRANDA-LPDERECHO1-218x150.jpg)

![Para el trabajador que no accedió por concurso la reposición es temporal hasta que postule a un concurso público para acceder a una plaza presupuestada y vacante, siempre que la pretensión de su demanda esté referida a la nulidad de despido prevista en el art. 29 del DS 003-97-TR [Casación 11090-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/autoridad-ley-abogado-mazo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La Primera Sala Constitucional de Lima ampara demanda de Fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el Estado de Cosas Inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Indecopi recuerda que el psicólogo escolar debe estar habilitado por el Colegio de Psicólogo para que sus informes tengan valor probatorio; no basta el título ni la colegiatura para ofrecer servicio idóneo [Res. Final 157-2026/Indecopi-JUN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi sanciona a colegio que se negó a matricular a menor por mal comportamiento, situación no contemplada en su reglamento interno [Res. Final 157-2026/Indecopi-JUN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/nino-nina-escolar-discriminacion-rastas-cabello-largo-colegio-LPDerecho-218x150.png)
![Indecopi sanciona a Tiendas Mass por rechazar moneda de S/5 y no dar atención preferente a adulto mayor [Res. Final 1540-2026/CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/MASS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Corresponde reconocer horas extras a trabajadores cuyas funciones estén directamente vinculadas con la atención de pacientes, puesto que la naturaleza asistencial de sus labores —realizadas bajo supervisión del personal de salud y sin lapsos de inactividad en servicios de emergencia— los comprende dentro del personal habilitado para realizar trabajo en sobretiempo, conforme a la Directiva N.° 007-GG-IPSS-95 [Casación 9268-2010, Lima, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-324x160.png)
![Corresponde establecer la invalidez del acuerdo convencional si no se aporta la resolución de alcaldía como prueba documental, siempre que esté en controversia la validez del convenio colectivo, y además no fluya del proceso elementos indicadores de la emisión de la referida resolución [Pleno Jurisdiccional Distrital Laboral de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, 2022, tema 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)

![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Violación sexual: Que la agraviada no presente en la actualidad afectación psicológica no significa que el evento traumático no sucedió, en tanto tal afectación puede disiparse con el transcurso del tiempo [RN 320-2025, Áncash, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-100x70.jpg)

![Garantizan vigencia del seguro de vida ley tras cese del vínculo laboral [Decreto Supremo 003-2025-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-trabajo-promocion-empleo-mtpe-LPDerecho-324x160.jpg)