La Primera Sala Constitucional de Lima declaró fundado el hábeas corpus a favor del expresidente Ollanta Humala Tasso, ordenando al órgano jurisdiccional no repetir hechos similares conforme al Código Procesal Constitucional. No obstante, la decisión no modifica su reclusión en el Penal de Barbadillo, ya que la detención vigente se sustenta en una sentencia íntegra leída y notificada.
«La Sala Penal Especial de la Corte Suprema, a raíz de un hábeas corpus declarado fundado en favor del expresidente Ollanta Humala, revocó la resolución 03 del 16 de abril de 2025 que había declarado improcedente la demanda interpuesta por Pedro Miguel Farfán Parrales y otro, y reformándola declaró fundada la demanda, ordenando al órgano jurisdiccional demandado, en atención al artículo 1º del Código Procesal Constitucional, que no vuelva a incurrir en hechos similares a los de la presente demanda, en los seguidos por Ollanta Humala Tasso contra el Poder Judicial sobre proceso de hábeas corpus». se lee en la resolución.
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El abogado Wilfredo Pedraza había anunciado que presentaría un nuevo hábeas corpus a favor del expresidente. La decisión se dio tras el fallo del Tribunal Constitucional (TC) a favor de Keiko Fujimori por el presunto delito de lavado de activos, en el marco del caso Cócteles.
En declaraciones a RPP Noticias, el defensor legal del exmandatario sostuvo que el pronunciamiento del TC «impacta» en la situación jurídica de Humala, actualmente sentenciado a 15 años de prisión. Pedraza señaló:
Aunque son casos con matices diferentes, el fondo es el mismo: si un aporte de campaña es o no delito de lavado de activos, particularmente aquellos actos que habrían ocurrido hasta antes del 2016.
El TC dice que en el caso de Odebrecht era un tema que se conoció en el 2016, las modificaciones normativas que podrían aplicarse al fujimorismo ocurrieron antes de la campaña, en consecuencia, el pronunciamiento de fondo, que es el de respeto a la legalidad, sí me parece totalmente aplicable y por supuesto nosotros lo vamos a invocar. Estamos analizando ahora la forma, probablemente sea vía otro habeas corpus.
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El abogado precisó que su defensa ya había expuesto este argumento ante el colegiado que impuso la sentencia en primera instancia. «Nosotros ese argumento lo hemos expuesto ante el colegiado que impuso la sentencia en primera instancia, y que dicho sea de paso no se pronunció sobre el fondo porque el tema es: ¿un aporte para campaña, aplicado para campaña 2006, 2011, es lavado de activos?», indicó.
Pedraza añadió que el criterio del TC refuerza la posición jurídica de la defensa. La defensa del expresidente señaló:
En el mapa estuvo siempre como proyección, pero nuestra primera opción era que el propio Poder Judicial tomara en cuenta ese criterio tan obvio. Es incontestable que en nuestro país el delito de financiamiento ilegal se tipificó recién en el 2019, ergo, todo lo anterior no era delito.
Por su parte, el expresidente Ollanta Humala publicó un mensaje en su cuenta de X en el que expresó que la reciente decisión del Tribunal Constitucional respalda los argumentos que su defensa sostuvo durante casi dos décadas. «Hoy el TC ha confirmado lo que venimos defendiendo hace 19 años, que un presunto aporte de campaña no es delito. No lo hizo antes porque no hay una voluntad de hacer justicia con nosotros. Vivimos un acoso judicial desde el 2006», escribió el exmandatario.
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