Pese a que negó haber tratado temas económicos con Odebrecht, se hizo público un audio en el que Lourdes Flores Nano conversa con el ahora aspirante a colaborador eficaz, Horacio Cánepa, donde no se niega la presunta recepción del dinero de Odebrecht, y por el contrario muestra preocupación en analizar las consecuencias.
Sobre Jorge Barata
Parte del audio de 12 minutos ha sido publicado por Panorama y en este, la excandidata presidencial y lideresa del PPC, se muestra interesada por saber qué declarará Jorge Barata:
Sí, pues, ahora Barata yo creo ya, ya Barata tampoco puede variar tanto su versión, ¿no? Porque…

Tras esto, el aspirante de colaborador eficaz le recuerda que Jorge Barata no puede variar su versión con lo que él considera que es ilícito, pero sí podría variar su versión sobre los aportes, que no considera como dinero ilícito.
Lea también: Peritaje determinó que no hubo interceptación telefónica de Alan García
«Sí, pues, vamos a ver. Todo dependerá pues (de) qué cosa le pregunten, qué cosa quiera decir, o sea no…», responde Lourdes Flores Nano. De inmediato Cánepa le dice a Lourdes que si se verifica la información deben estar alerta:
«Claro, no digamos este… digamos tú tienes, tú has cruzado información en el sentido de que efectivamente ese señor [ininteligible]«, responde la lideresa del PPC.


Sobre Raymundo Serra
Según el programa periodístico Panorama, Lourdes Flores Nano buscaba insistentemente a Raymundo Serra en los últimos meses del 2017, e incluso esta quería que el aspirante a colaborador eficaz hablara directamente con Serra, y quien le dice que deben tener las «cosas claras» con respecto a los aportes económicos que no serían considerados como delito: «Ya, yo honestamente no, no tengo esa información tampoco no, no, o sea si vamos a ver el orden ni me acuerdo ni puedo reconstruir tampoco, ¿no?», y tras ello agrega: «Sí pues, ni siquiera, no siquiera cifras te digo ah, no, no, no tengo claro eso para nada«, se le escucha decir a Lourdes Flores Nano.
Cabe recordar que Raymundo Serra integró el Consejo Directivo (2008-2016) de la Asociación Odebrecht Perú para el Desarrollo y la Conservación, ONG que recibió donaciones por US$ 13.6 millones, cuyos beneficiarios se desconoce, y estuvo dirigida por Jorge Barata.


Lea también: #LoÚltimo | Sala confirma anulación de indulto humanitario de Alberto Fujimori
Lourdes Flores responde
A través de tu cuenta de Twitter, Lourdes Flores se pronunció tras tomar conocimiento de los audios difundidos por el programa periodístico Panorama: «investiguen todo lo que quieran, pero no olviden que opiniones anticipadas pueden terminar dañando honras. La imputación ligera de delitos a personas honorables debe parar. Lucha contra la corrupción requiere también de prensa seria y responsable».
Esta noche, @PanoramaPTV sacaría una “bomba” que no sería otra cosa que el audio de una conversación entre Horacio Cánepa y yo, grabada sin mi consentimiento. Ante su contenido me reafirmo en lo dicho: no hay ninguna inconducta. (1/3)
— Lourdes Flores Nano (@LourdesFloresN) 14 de febrero de 2019
En otro de sus tuits aseguró que la conversación difundida no prueba los delitos que se le imputan.
Es tanta la sed de venganza y desesperación por no pagar por los delitos que le imputan, que el procesado Cánepa trata de sembrar afirmaciones en una conversación que no prueba, en lo absoluto, los hechos que se me imputan en su declaración filtrada a la prensa. (2/3)
— Lourdes Flores Nano (@LourdesFloresN) 14 de febrero de 2019
En una entrevista televisiva, la política aseguró que «Si hubiera recibido dinero en un maletín tampoco sería delito»


![URGENTE: Ahora una Sala Suprema inaplica la Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad), vía control de convencionalidad y constitucionalidad [RN 948-2023, CSNJPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Falsedad documental: minuta ingresada a la notaría con número de kárdex sigue siendo un documento privado si no culmina el trámite de elevación a escritura pública; el kárdex solo le otorga fecha cierta y no naturaleza pública al documento [Queja Excepcional 229-2025, Lima, FF. JJ. 11, 12, 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tres causas de exoneración de responsabilidad extracontractual por daños laborales: (i) caso fortuito o fuerza mayor, derivados de desastres naturales; (ii) hecho determinante de un tercero, ajeno a la relación entre el autor y la víctima; y (iii) imprudencia de quien padece el daño, configurada como culpa de la víctima [Casación 13324-2022, Lima, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Indecopi resuelve a favor de supermercado y concluye sesgadamente que toda manifestación de afecto en una pareja homosexual implica un aspecto erótico: Resoluciones administrativas basadas en prejuicios sociales sobre actos afectivos de parejas homosexuales constituyen discriminación por orientación sexual y vulneran el deber de imparcialidad de las autoridades [Olivera Fuentes vs. Perú, ff. jj. 120-124]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Pago del arrendatario luego de la comunicación del vencimiento del contrato y requerimiento de la devolución del bien no puede ser considerado continuación del contrato de arrendamiento [Casación 300-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-civil-posesion-bienes-ocupacion-separacion-divorcio-venta-alquiler-inquilino-impuesto-pago-LPDerecho-218x150.png)

![Doctrina jurisprudencial: El límite normativo de conservación de los registros de asistencia por el plazo de cinco años, no constituye un supuesto de caducidad probatoria en el fuero judicial, ni exime al empleador de su ineludible deber de colaboración; si el trabajador aporta prueba indiciaria sobre la prestación histórica de labores en sobretiempo, la negativa del empleador a exhibir los controles de asistencia amparándose en el transcurso del plazo legal de conservación documental, constituye una inconducta procesal que activa inexorablemente la presunción judicial a favor del laborante [Casación 36773-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)


![Para la desafectación de impedimentos en servicios, la experiencia debe ser ejecutada en los dos años previos a la convocatoria; no obstante, se exige que las prestaciones sean ininterrumpidas y provengan de la misma Entidad [Opinión D000048-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Retroactividad benigna: La regla según la cual los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad del regidor pueden contratar con el municipio hasta doce meses posteriores a la culminación del cargo, es inaplicable a hechos anteriores a su vigencia, porque la norma que completó el tipo infractor sufrió modificaciones en el sentido de que dicho plazo se redujo a seis meses y se agregó dos circunstancias excepcionales para poder contratar [Resolución 4864-2026-TCP-S3, ff. jj. 8 y 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)
![Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-Organica-del-Sistema-Nacional-de-Control-y-de-la-Contraloria-Genera_LP-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)











![[VÍDEO] Así defendió Juan Monroy al juez Concepción Carhuancho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_Juan-Monroy_carhuancho_LP-218x150.jpg)


![[VÍDEO] Domingo Pérez alega ante la JNJ para conseguir su ratificación como fiscal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_jnj_domingo-perez_LP-218x150.jpg)


![Para la desafectación de impedimentos en servicios, la experiencia debe ser ejecutada en los dos años previos a la convocatoria; no obstante, se exige que las prestaciones sean ininterrumpidas y provengan de la misma Entidad [Opinión D000048-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![[VÍDEO] Así defendió Juan Monroy al juez Concepción Carhuancho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_Juan-Monroy_carhuancho_LP-100x70.jpg)
![Tres causas de exoneración de responsabilidad extracontractual por daños laborales: (i) caso fortuito o fuerza mayor, derivados de desastres naturales; (ii) hecho determinante de un tercero, ajeno a la relación entre el autor y la víctima; y (iii) imprudencia de quien padece el daño, configurada como culpa de la víctima [Casación 13324-2022, Lima, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![Indecopi resuelve a favor de supermercado y concluye sesgadamente que toda manifestación de afecto en una pareja homosexual implica un aspecto erótico: Resoluciones administrativas basadas en prejuicios sociales sobre actos afectivos de parejas homosexuales constituyen discriminación por orientación sexual y vulneran el deber de imparcialidad de las autoridades [Olivera Fuentes vs. Perú, ff. jj. 120-124]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)

![Para la desafectación de impedimentos en servicios, la experiencia debe ser ejecutada en los dos años previos a la convocatoria; no obstante, se exige que las prestaciones sean ininterrumpidas y provengan de la misma Entidad [Opinión D000048-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
