Ratifican condena a exfiscal que aseguró tener influencia en Sala y recibió S/30 000 para lograr la absolución de procesado por robo

A. M. V. R., ex fiscal adjunto provincial de Trujillo, fue condenado por el delito de tráfico de influencias agravado tras solicitar dinero a cambio de favorecer a un procesado. El Poder Judicial le impuso cuatro años y cinco meses de pena privativa de libertad suspendida, inhabilitación para ejercer cargos públicos por el mismo plazo, el pago de diez mil soles por concepto de reparación civil y cuatrocientos diecisiete días multa.

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Los hechos

Entre octubre de 2018 y octubre de 2019, los padres de un condenado a diez años de cárcel por robo con agravantes contactaron al entonces fiscal. El objetivo de las comunicaciones era lograr la absolución de su hijo en la segunda instancia del proceso penal judicial.

Las reuniones se ejecutaron dentro de la sede institucional de la fiscalía. En este recinto, el funcionario afirmó poseer vínculos de influencia sobre los magistrados que conformaban la Primera Sala Penal de Apelaciones de La Libertad.

Bajo este argumento, el exfuncionario solicitó y recibió S/30 000 para interceder ante los jueces superiores y direccionar la decisión. Sin embargo, el 24 de octubre de 2019, el órgano jurisdiccional emitió una sentencia de vista que confirmó la condena de primera instancia impuesta al reo.

Frente a la resolución judicial adversa, los familiares abordaron al ex fiscal adjunto. Durante este encuentro posterior al fallo, los aportantes exigieron al procesado la restitución de la totalidad de los fondos económicos entregados.

El procedimiento

La investigación preparatoria comenzó cuando la jefatura de Control Interno del Ministerio Público recibió un archivo de audio de origen anónimo. Este elemento probatorio contenía una conversación a través de la aplicación WhatsApp que evidenciaba las negociaciones ilícitas del funcionario.

El 24 de mayo de 2024, el Primer Juzgado Colegiado Especial Superior Penal de La Libertad emitió una sentencia conformada. El procesado se sometió a la figura de la conclusión anticipada del juicio oral tras aceptar su responsabilidad penal y civil, reconocer los cargos formulados y acreditar la devolución del dinero.

La Primera Fiscalía Superior Penal de La Libertad apeló el extremo de la suspensión de la condena y requirió la imposición de una pena de cárcel efectiva. La representación fiscal argumentó que el exmagistrado «sabía la reprochabilidad de su conducta delictiva, por lo que conocía perfectamente que estaba cometiendo un ilícito penal grave».

El 24 de marzo de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundado el recurso y ratificó la pena suspendida. La instancia justificó la decisión señalando que el imputado carecía de antecedentes, la pena no superaba los cinco años y porque en el expediente «se trata de una persona que ha demostrado arrepentimiento y ha observado una conducta de sometimiento al proceso».


OFICIO N° 533-2026/ EXP. 47-2022-20-1601-SP-PE-01 – 1° SPA /PJ-CSJLL MGLP.
Señora presidente:
CECILIA MILAGROS LEON VELASQUEZ
Presidenta de la Corte Superior de Justicia de la Libertad
Jr. Pizarro N° 544 – Trujillo

PRESENTE.

ASUNTO: Informa sobre pena de inhabilitación impuesta ha sentenciado.

Tengo el agrado de dirigirme a Usted, a fin de INFORMARLE que en el EXP. 47-2022-20-1601-SP-PE-01, se condeno a proceso penal signado con XXXX, identificado con N° DNI: XXXX, en calidad de autor del Delito contra la Administración Pública, en la modalidad de TRÁFICO DE INFLUENCIAS AGRAVADO, previsto en el artículo 400° primer y segundo párrafo del Código Penal, en agravio de EL ESTADO; imponiéndole CUATRO AÑOS Y CINCO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA en su ejecución por el plazo de CUATRO AÑOS; se le impuso INHABILITACIÓN por el plazo de CUATRO AÑOS Y CINCO MESES en la modalidad de a) Incapacidad o Impedimento para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público.

Información que se remite para los fines pertinentes y para que proceda conforme a sus legales atribuciones. Se adjunta al presente, formato único «para la remisión de información sobre sanción impuesta al abogado a ser inscritas en el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional», copia certificada de la sentencia conformada (Res. 08, de fecha 24/05/2024), sentencia de apelación – Sala Penal Permanente (Res. De fecha 24/03/2025) y resolución donde declara ejecutoriada (Res. 10 de fecha 01/07/2025) y constancia de notificación de la resolución que declara ejecutoriada la sentencia

Aprovecho la oportunidad para expresar mis sentimientos de especial consideración y estima personal.

Atentamente

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