Aprueban el Reglamento RE-008-OFCI/001 “Formación Ciudadana e Identidad”, primera versión
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000025-2026/JNAC/RENIEC
Lima, 20 de febrero del 2026
VISTOS:
Los Memorandos N° 000324-2025/OFCI/RENIEC (06JUN2025), N° 000599-2025/OFCI/RENIEC (13NOV2025) y N° 000032-2026/OFCI/RENIEC (14ENE2026) de la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad y los Informes Nº000013-2025/LJB/OFCI/UFIAP/RENIEC (02JUN2025) y N° 000047-2025/JSV/OFCI/UFIAP/RENIEC (12NOV2025) de la Unidad de Formación, Investigación Académica y Publicaciones de la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad; los Memorandos N° 001508-2025/OPPM/RENIEC (31DIC2025) y N° 000108-2026/OPPM/RENIEC (29ENE2026) de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y los Informes N° 000294-2025/OPPM/UMO/RENIEC (31DIC2025) y N° 000019-2026/OPPM/UMO/RENIEC (29ENE2026) de la Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y los Informes Nº 000002-2026/OAJ/RENIEC (06ENE2026) y N° 000115-2026/OAJ/RENIEC (02FEB2026) de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, encargado entre otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece como finalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos;
Que de igual forma, el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, precisa como objetivos prioritarios el de garantizar políticas públicas que respondan a las necesidades y expectativas de las personas en el territorio, el de mejorar la gestión interna en las entidades públicas, el de fortalecer la mejora continua en el Estado y el de garantizar un gobierno abierto que genere legitimidad en las intervenciones públicas;
Que la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene como propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno con el objetivo principal de propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública y la Resolución de Contraloría N° 0146-2019-CG, que aprueba la Directiva N° 006-2019-CG-INTEG sobre “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado”, como precepto regulador del procedimiento para implementar el Sistema de Control Interno en las entidades del Estado, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos;
Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas;
Que el literal e) del sub numeral 7.1.1 del numeral 7.1 de la Directiva DI 001-OPPM/001, denominada “Documentos Normativos del RENIEC”, aprobada con Resolución Secretarial N° 000084-2024/SGEN/RENIEC (08JUL2024), establece que el órgano formulador elabora las Propuestas de Documento Normativo (PDN) necesarias para el normal desarrollo de sus actividades, a partir de normas vigentes, a iniciativa del órgano o unidad orgánica que tenga competencia en la materia a regular, en coordinación con las unidades orgánicas involucradas;
Que en ese contexto y mediante el documento de vistos, la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad, en virtud a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), propone la aprobación del documento normativo denominado Reglamento “Formación Ciudadana e Identidad”, cuyo objetivo es establecer normas que regulen internamente las funciones de la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad – OFCI, a fin de contribuir al correcto desarrollo de las actividades académicas y formativas dirigidas a los/las servidores/as del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, a los/las Registradores/as de Oficinas de Registro de Estado Civil que por delegación funcionan en las Municipalidades, Centros Poblados, y Comunidades Nativas, Oficinas Consulares y a la ciudadanía en general, sobre los temas de competencia de la entidad; así como desarrollar investigaciones, publicaciones y gestionar el “Centro de Documentación”;
Que en mérito a ello, la Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su condición de órgano técnico especializado de la institución, ha emitido opinión favorable respecto a la aprobación del Documento Normativo propuesto por lo que procedió a la codificación del mismo como Reglamento RE-008-OFCI/001 “Formación Ciudadana e Identidad”, primera versión;
Que en ese contexto, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-008-OFCI/001 “Formación Ciudadana e Identidad”, primera versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural; asimismo, precisa que, de forma previa, corresponde dejar sin efecto el Reglamento RE-207-ER/001 “Escuela Registral” primera versión, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000037-2017-JNAC/RENIEC (08MAR2017);
Estando a la propuesta de la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad y a lo opinado por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica, conforme con el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024-JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Reglamento RE-207-ER/001, denominado “Escuela Registral” primera versión, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000037-2017-JNAC/RENIEC (08MAR2017).
Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento RE-008-OFCI/001 “Formación Ciudadana e Identidad”, primera versión, propuesto por la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad, que en anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad el cumplimiento de lo dispuesto y a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión del contenido de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución Jefatural se publica en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec) y su anexo en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec).
Regístrese, publiquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil




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