La presente iniciativa legal Nº 1705-2016-CR fue llevada ante el Congreso el día 25 de julio de 2017 mediante propuesta de María Elena Foronda Farro, congresista de la bancada del Frente Amplio para que, de aprobarse el proyecto de ley, las instituciones públicas que expendan alimentos de manera directa o vía concesionarios, dispongan de un menú vegano o libre de ingredientes de origen animal dentro de su oferta gastronómica.
De esta manera, lo que pretende el proyecto es reconocer y garantizar el derecho a una alimentación adecuada de todas aquellas personas que han optado por seguir un estilo de vida y alimentación libre del consumo de ingredientes de origen animal. En ese sentido, consideran que el Estado, en su calidad de garante de derechos fundamentales, tiene el deber de adoptar y ejecutar diferentes políticas públicas a fin de resguardar los derechos de estos grupos que también forman parte de nuestra sociedad y tienen los mismos derechos a encontrar alimentos que contemple su dieta alimentaria.
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Asimismo, en su exposición de motivos se señala la importancia de que todos, como consumidores, tengamos derecho al acceso igualitario de una libre elección alimenticia; y además, la iniciativa tiene como uno de sus fines evitar los problemas de integración social (discriminación) que presentan las personas veganas o vegetarianas cuando acuden a comprar sus alimentos, causado por la simple razón de haber elegido una vida más sana, ecológica y de respeto hacia la vida de los animales.
A continuación, redactamos la fórmula legal del presente proyecto normativo:
FORMULA LEGAL
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE LA INCORPORACIÓN DEL MENÚ UBRE DE INGREDIENTES DE ORIGEN ANIMAL, EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS
Artículo 1. Incorporación del menú libre ingredientes de origen animal
Las instituciones públicas en cuyos locales se expenden alimentos, sea en forma directa o a través de concesionarios, disponen se incorpore menú libre de ingredientes de origen animal y vegetariano para garantizar el derecho a una adecuada alimentación y salud de las personas.
Artículo 2. Convenios sobre alimentación libre de ingredientes de origen animal
Facúltese al Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio del Ambiente, Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales y Distritales, a realizar convenios con los Colegios Profesionales de Nutricionistas u otras instituciones especializadas, para recibir asesoramiento sobre alimentación libre de ingredientes de origen animal y vegetariana.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA.- Reglamento
Las disposiciones de la presente Ley serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo, dentro de los noventa (90) días de su promulgación, en el que se establecerá los requisitos y características a utilizar para ejecutar y fiscalizar el cumplimiento de la presente ley.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA. Derogación
Deróguese o modifícase las normas que se opongan a la presente Ley.
Descargue aquí el PDF del Proyecto de Ley Nº 1705-2016-CR: Incorporarían menú vegano y vegetariano en las instituciones públicas
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