Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 30 les dejamos aquí estas 10 preguntas sobre derechos reales del del temario Profa ¿Se animan a resolver las preguntas?
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DERECHOS REALES
A continuación, compartimos con ustedes algunas preguntas sobre la investigación preparatoria para postulantes a asistentes administrativos o en función fiscal.
1. La anticresis es una garantía real mediante la cual el acreedor percibe los frutos de un inmueble para cobrar su crédito. Este contrato exige determinadas formalidades para su validez. ¿Cuál es una de ellas? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P16)
a. Debe hacerse por escritura simple.
b. No requiere registro alguno.
c. Requiere escritura pública bajo sanción de nulidad.
d. Se perfecciona solo con la entrega del bien.
2. En el mutuo, una de las partes entrega dinero o bienes fungibles a otra, quien se obliga a devolver otro tanto del mismo género y calidad. Este contrato tiene una naturaleza jurídica definida. ¿Cuál es su principal característica? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P16)
a. Se perfecciona con la promesa de entrega.
b. Solo puede ser gratuito por su naturaleza.
c. Es un contrato real y puede ser oneroso.
d. Exige escritura pública para su validez.
3. En el derecho real de hipoteca, el acreedor tiene un derecho preferente sobre el inmueble gravado para cobrar su crédito. ¿Cuál es el orden de prelación para el pago en una ejecución hipotecaria? Marque la respuesta correcta. (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P16)
a. Acreedores no hipotecarios.
b. Acreedores con garantías personales.
c. Acreedores hipotecarios según orden de inscripción.
d. El deudor primero.
4. El usufructo confiere a su titular el derecho a usar y disfrutar de un bien ajeno sin alterar su sustancia. Este derecho puede constituirse a favor de personas naturales o jurídicas. ¿Cuál es una característica del usufructo constituido en favor de una persona jurídica? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P17)
a. Se extingue al año de constituido si no se usa.
b. Puede tener duración vitalicia.
c. No puede exceder de treinta años.
d. Exige autorización judicial para su constitución.
5. Los derechos personales son el derecho de crédito – como en el caso del derecho de exigir la celebración del contrato definitivo en el compromiso de contratar- y el derecho potestativo – como el derecho de opción. El derecho real por excelencia es el derecho de propiedad. Los derechos personales y reales forman parte del derecho subjetivo. Marque la opción correcta: (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P17)
a. Sólo se distinguen en el ámbito de la publicidad.
b. Sólo se distinguen en el ámbito de la oponibilidad.
c. Sólo se distinguen en el ámbito de la satisfacción.
d. Se distinguen en la oponibilidad y la publicidad.
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6. En la anticresis, el acreedor obtiene un derecho real sobre un bien inmueble para cobrar intereses o capital con sus frutos. Sin embargo, la ley le impone ciertas obligaciones mientras ejerce ese derecho. ¿Cuál de las siguientes es una de ellas? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P17)
a. Subarrendar el bien para obtener mayores beneficios.
b. Modificar la estructura del inmueble para su aprovechamiento.
c. Asumir los gastos necesarios para la conservación del bien.
d. Vender el bien si el deudor no paga en el plazo convenido.
7. La anticresis es un contrato por el cual el deudor entrega al acreedor un bien inmueble, permitiéndole percibir sus frutos para cobrarse una deuda. ¿Qué requisito esencial debe cumplirse? (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)
a. Inscripción en Registros Públicos.
b. Que se otorgue por escritura pública.
c. Que sea sobre un bien mueble.
d. Que se pacte interés mensual.
8. En relación a la hipoteca como garantía real que permite la afectación de un bien en garantía del cumplimiento de cualquier obligación propia o de un tercero, marque usted la alternativa correcta: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)
a. El constituyente puede constituir otras hipotecas sobre el bien, nada de ello perjudica al acreedor hipotecario de primer rango, porque tiene el derecho de preferencia para el cobro de su crédito.
b. El propietario no puede constituir derechos de uso, usufructo sobre el bien hipotecado.
c. Las edificaciones que se levantan sobre el bien hipotecado son bienes futuros.
d. No se puede hipotecar un predio cuando se tiene aprobado un proyecto de edificación sobre el mismo.
9. En relación a la hipoteca como garantía real que permite la afectación de un bien en garantía del cumplimiento de cualquier obligación propia o de un tercero, marque usted la alternativa correcta: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)
a. La hipoteca confiere a su titular los derechos de persecución, preferencia y venta judicial del bien hipotecado.
b. La hipoteca no se extiende a las construcciones que se hacen sobre el terreno después de hipotecado.
c. La hipoteca recae sobre bienes muebles e inmuebles.
d. Las edificaciones que se levantan sobre el bien hipotecado son bienes futuros, no comprendidos dentro del gravamen hipotecario.
10. En relación a la hipoteca como garantía real que permite la afectación de un bien en garantía del cumplimiento de cualquier obligación propia o de un tercero, marque usted la alternativa correcta: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)
a. La hipoteca legal constituye un gravamen establecido por las partes para el cumplimiento de determinadas condiciones.
b. Nuestro ordenamiento jurídico no regula la hipoteca legal.
c. Para que se constituya una hipoteca legal siempre debe constar expresamente la voluntad de las partes en un contrato, tal cual se da en la hipoteca convencional.
d. La hipoteca legal puede ser constituida por el saldo del precio de venta de un inmueble, el cual se encuentra pendiente de pago.
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![Las normas de «ius cogens» pueden prevalecer sobre el principio de legalidad: el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alude claramente a la posibilidad de procesar y condenar penalmente por la comisión de un acto, a pesar de no encontrarse previamente prohibido y penado por el Derecho escrito, siempre que tal acto resulte delictivo «según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional» [Exp. 00024-2010-PI/TC, ff. jj. 53-55] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Dos dimensiones del principio de legalidad penal: como principio constitucional, informa y limita los márgenes de actuación de los que dispone el legislador al momento de determinar las conductas prohibidas y sus respectivas sanciones; y, como derecho subjetivo constitucional, garantiza a toda persona que la conducta prohibida esté prevista en una norma previa, estricta y escrita, y también que la sanción esté contemplada previamente en una norma jurídica [Exp. 01469-2011-PHC/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
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