La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, realizó un comunicado, este lunes 16, en el que expresó su preocupación frente a los recientes acontecimientos vinculados a la restitución de Patricia Benavides. En su mensaje, advirtió de una amenaza al orden democrático y de un posible retiro de su seguridad personal.
«Hoy se pretende sacarme por la fuerza del cargo al que fui constitucionalmente elegida. Alertamos a la comunidad nacional e internacional que esto parecería ser el primer paso de un golpe al estado democrático del país», declaró Espinoza, en referencia a las acciones impulsadas tras la Resolución 231-2025-JNJ. Dicha medida anuló la destitución de Benavides y ordenó su reincorporación al cargo de fiscal de la Nación.
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Espinoza recordó que fue designada fiscal de la Nación por la Junta de Fiscales Supremos el 18 de octubre de 2024 y juramentó públicamente el 8 de noviembre del mismo año. En su mensaje, sostuvo que su elección fue constitucional y cuestionó que se pretenda desconocer ese nombramiento. «Hoy se pretende sacarme por la fuerza del cargo al que fui constitucionalmente elegida», afirmó.
@lpderecho Delia Espinoza denuncia “golpe a la democracia” #lpderecho #patriciabenavides
La intervención de la fiscal de la Nación ocurre en un contexto de tensión en el Ministerio Público. El viernes 13 de junio se filtró la resolución de la Junta Nacional de Justicia que anula la destitución de Benavides. A pesar de que esta resolución aún no fue formalmente notificada al Ministerio Público, la defensa de Benavides presentó una «notificación de parte» exigiendo su inmediata reposición y solicitando que Espinoza se abstenga de realizar actos de gestión institucional.
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En su pronunciamiento, Espinoza también advirtió que habría recibido información sobre el posible retiro de su seguridad personal, medida que calificó de irregular y por la cual responsabilizó al Ministerio del Interior. «Hago responsable a las autoridades competentes frente a cualquier atentado a mi seguridad personal, de los fiscales y trabajadores», indicó.
Horas antes del mensaje, Patricia Benavides acudió a la sede del Ministerio Público con personal de seguridad en un intento de ingresar a su antiguo despacho. La Unidad de Flagrancia del Ministerio Público registró esta acción como posible «usurpación de funciones». Según versiones difundidas por medios de comunicación, Benavides no habría registrado su ingreso ni solicitado cita previa con Espinoza.
Desde el Ministerio Público, el vocero Víctor Cubas precisó que la Junta Nacional de Justicia no tiene atribuciones para reponer a una fiscal como titular del Ministerio Público. «La única institución que puede elegir qué fiscal suprema va a desempeñar el cargo de fiscal de la Nación es la Junta de Fiscales Supremos», sostuvo.
Mientras tanto, la defensa de Benavides negó que haya intentado «tomar» instalaciones fiscales y ha asegurado que la seguridad que la resguarda fue restituida por decisión estatal en atención a la resolución de la JNJ.
Mira la transmisión del comunicado de Delia Espinoza aquí:
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![La prescripción adquisitiva de dominio de un copropietario respecto de un bien común es nula por atentar la norma imperativa regulada en el art. 985 CC, por lo que, de manera «extensiva», puede ser cuestionado judicialmente a través de un proceso de nulidad de acto jurídico por la causal regulada en el inc. 8, art. 219 CC [Casación 5056-2019, Arequipa, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![No existe incongruencia extra petita en el fallo, si el juez ordena que se cancele la inscripción registral en la que aparece como propietario del inmueble el demandado, ya que esta situación está estrechamente vinculada a la declaración de propietario por prescripción adquisitiva al actor, siendo una lógica consecuencia de esta a la luz del art. 952 CC [Casación 2345-2018, Lima Este, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-218x150.jpg)
![La fe pública registral regulada en el art. 2014 CC no se agota en la mera verificación de la información registral, sino que requiere un comportamiento diligente (buena fe objetiva) del adquirente para conocer las inexactitudes del registro [Casación 1805-2019, Callao, ff. jj. 12 y 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)


![Las resoluciones judiciales que revisan actuaciones administrativas deben motivar su decisión a partir del examen integral del expediente administrativo y de la normativa aplicable, pues de lo contrario se vulnera el debido proceso y el derecho de defensa [Casación 16176-2015, Tacna, f.j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Contrato de promesa de compraventa: no entregar los documentos prometidos dentro de un plazo razonable es incumplimiento, aunque el contrato no haya fijado una fecha exacta [Res. 0045-2026/Indecopi-SAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)
![En el marco de la anterior normativa de contrataciones, la exigencia de contar con autorización previa por parte de la Contraloría General de la República, solo aplica para prestaciones adicionales de obra mayores al 15 % (sistema de precios unitarios); no obstante, no se exige para la ejecución y pago de mayores metrados (mismo sistema), incluso si superaban dicho porcentaje del contrato original [D000045-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)





















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