Condenan a mujer que cercenó miembro viril a su pareja

El Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chota obtuvo una sentencia de 12 años de pena efectiva contra M.R.C., autora del delito de lesiones graves por violencia contra los integrantes del grupo familiar, en agravio de su pareja, a quien cercenó el miembro viril.

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El hecho ocurrió en la madrugada del 09 de febrero de 2024. Mientras el agraviado dormía, tras haber ingerido alcohol, M.R.C. revisó el teléfono celular de su pareja y encontró mensajes de otra persona. En un acto de alevosía, procedió a cortarle el buzo y luego amputó su órgano sexual utilizando un bisturí.

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La fiscal provincial Darinka Lossio Rodríguez demostró la responsabilidad de la acusada durante el juicio oral. Se presentó evidencia que probó que el acto fue cometido con alevosía, lo que aumentó la gravedad del delito.

Además de la pena privativa de libertad, el Juzgado Penal Colegiado de Cajamarca ordenó que la sentenciada pague más de medio millón de soles como reparación civil a favor de la víctima.

¿Qué es el delito de lesiones graves por violencia familiar?

El delito de lesiones graves por violencia familiar, tipificado en el artículo 121-B del Código Penal, protege la integridad física de las personas dentro del grupo familiar. Castiga actos de violencia que causan daño físico significativo a mujeres y otros miembros del núcleo familiar, como cónyuges, convivientes y parientes cercanos.

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El delito puede agravarse por diversas circunstancias, como cuando la víctima está embarazada, se usa un arma o instrumento peligroso, o si el agresor se aprovecha de una relación de dependencia. Además, el hecho de actuar bajo los efectos del alcohol o drogas también puede aumentar la pena.

La pena por este delito varía entre 6 y 12 años de prisión, pero puede ser más severa si concurren agravantes. Si la violencia resulta en la muerte de la víctima, la pena puede ser de hasta 20 años.

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