Fundamento destacado: DÉCIMO QUINTO. En consecuencia, es evidente que la existencia de una plaza presupuestada y vacante a efectos de ejecutar el beneficio de la reincorporación no es exigible, pues las normas presupuestarias que condicionaron el ingreso de los trabajadores a las entidades del Estado a la existencia de plaza presupuestada y vacante, fueron con posterioridad delimitadas en atención a la Ley N.° 28299 y la Ley N.° 29059, el Decreto Supremo N.° 011-2018-TR y la exoneración de las normas de austeridad regulada en la citada Ley N.° 30484, esta última que reactivo la Comisión de la Ley N.° 27803 y que permitió la emisión de la Resolución Ministerial N.º 142-2017-TR que aprueba la quinta lista (lista en la que figura el demandante).
DÉCIMO SEXTO. Debe quedar claro que la idea detrás de la promulgación de la Ley N.° 27803, que reconoce la figura de la reincor poración como beneficio reparador ante los ceses irregulares de la década de los 90’, está vinculada con la restitución del daño, esto es, con la reposición de los hechos al momento anterior de la comisión del evento dañoso. En ese sentido, si se limita dicha reparación a cuestiones atribuibles a la propia administración (como la inercia en la gestión para la creación de una plaza vacante y presupuestada), todo el esfuerzo por reparar el hecho dañoso deviene en insignificante y el objetivo de la Ley N.° 27803 termina vaciándose de contenido, de ahí que la reincorporación del trabajador al aparato estatal se ejecuta sin más requisito que el solo reconocimiento por parte de la Comisión dentro de la lista de extrabajadores cesados irregularmente. Es decir, para gozar del beneficio de la reincorporación y/o reubicación laboral es únicamente indispensable encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, conforme al desglose normativo efectuado precedentemente.
Sumilla: La idea detrás de la promulgación de la Ley N.° 27803, que reconoce la figura de la reincorporación, está vinculada con la restitución del daño, esto es, con la reposición de los hechos al momento anterior de la comisión del evento dañoso. Esto supone la reincorporación del trabajador al aparato estatal, a donde ingresa sin más requisito que el solo reconocimiento dentro de la lista de extrabajadores cesados irregularmente.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
CASACIÓN N.° 28276-2023, LIMA
REINCORPORACIÓN – LEY N.° 27803
PROCESO ORDINARIO – LEY N.° 29497
Lima, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco
LA CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA:
I. VISTA:
La causa número veintiocho mil doscientos setenta y seis, guion dos mil veintitrés, en audiencia pública llevada a cabo en la fecha; luego de verificada la votación con arreglo a ley, se emite la siguiente sentencia:
II. MATERIA DEL RECURSO DE CASACIÓN
Es de conocimiento de esta Sala Suprema, el recurso de casación de fecha cinco de mayo de dos mil veintitrés, interpuesto por la parte demandante, xxx xxx xxx, contra la sentencia de vista de fecha dieciocho de abril de dos mil veintitrés, que revoca la sentencia de primera instancia, de fecha veintiséis de agosto de dos mil veintidós, que declara fundada la demanda y; reformándola, la declara infundada la demanda en todos sus extremos.
III. CAUSAL DE PROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACIÓN
[Continúa…]
![No se puede otorgar relevancia determinante a los antecedentes penales del acusado y concluir a partir de ello una supuesta “propensión al delito” y reiteración de modus operandi [RN 924-2025, Piura, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)


![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Para ejecutar el beneficio de la reincorporación y/o reubicación laboral (como restitución del daño por los ceses irregulares de la década de los 90’) no es exigible la existencia de una plaza presupuestada y vacante, pues las normas presupuestarias que condicionaron el ingreso de los trabajadores a las entidades del Estado a la existencia de plaza presupuestada y vacante fueron delimitadas posteriormente [Casación 28276-2023, Lima, ff. jj. 15 y 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La concesión posterior de un beneficio en el cómputo de la pena no justifica el exceso del plazo máximo de la prisión preventiva ni otorga legalidad a la medida, pues ello desconoce su naturaleza cautelar y la transforma indebidamente en una pena, en contravención del principio de reserva legal y de la presunción de inocencia [Romero Feris vs. Argentina, ff. jj. 82-83]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Pago del arrendatario luego de la comunicación del vencimiento del contrato y requerimiento de la devolución del bien no puede ser considerado continuación del contrato de arrendamiento [Casación 300-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-civil-posesion-bienes-ocupacion-separacion-divorcio-venta-alquiler-inquilino-impuesto-pago-LPDerecho-218x150.png)
![Doctrina jurisprudencial: El límite normativo de conservación de los registros de asistencia por el plazo de cinco años, no constituye un supuesto de caducidad probatoria en el fuero judicial, ni exime al empleador de su ineludible deber de colaboración; si el trabajador aporta prueba indiciaria sobre la prestación histórica de labores en sobretiempo, la negativa del empleador a exhibir los controles de asistencia amparándose en el transcurso del plazo legal de conservación documental, constituye una inconducta procesal que activa inexorablemente la presunción judicial a favor del laborante [Casación 36773-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Para la desafectación de impedimentos en servicios, la experiencia debe ser ejecutada en los dos años previos a la convocatoria; no obstante, se exige que las prestaciones sean ininterrumpidas y provengan de la misma Entidad [Opinión D000048-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Retroactividad benigna: La regla según la cual los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad del regidor pueden contratar con el municipio hasta doce meses posteriores a la culminación del cargo, es inaplicable a hechos anteriores a su vigencia, porque la norma que completó el tipo infractor sufrió modificaciones en el sentido de que dicho plazo se redujo a seis meses y se agregó dos circunstancias excepcionales para poder contratar [Resolución 4864-2026-TCP-S3, ff. jj. 8 y 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/REGLAMENTO-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-Organica-del-Sistema-Nacional-de-Control-y-de-la-Contraloria-Genera_LP-218x150.jpg)












![Cuando las normas extranjeras no puedan ser aplicadas de oficio por las instancias registrales, corresponde al administrado acreditar mediante prueba documental su existencia y sentido [Res. 2002-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/sunarp-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![No se puede otorgar relevancia determinante a los antecedentes penales del acusado y concluir a partir de ello una supuesta “propensión al delito” y reiteración de modus operandi [RN 924-2025, Piura, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-100x70.jpg)
![La concesión posterior de un beneficio en el cómputo de la pena no justifica el exceso del plazo máximo de la prisión preventiva ni otorga legalidad a la medida, pues ello desconoce su naturaleza cautelar y la transforma indebidamente en una pena, en contravención del principio de reserva legal y de la presunción de inocencia [Romero Feris vs. Argentina, ff. jj. 82-83]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)
![Cuando las normas extranjeras no puedan ser aplicadas de oficio por las instancias registrales, corresponde al administrado acreditar mediante prueba documental su existencia y sentido [Res. 2002-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/sunarp-fachada-LPDerecho-100x70.png)
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![¿Es válido el despido de trabajador por usar la computadora de la empresa para uso personal? [STSJ M 4886-2023]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/trabajador-trabajo-remoto-virtual-teletrabajo-estudios-computadora-5-LPDerecho-324x160.jpg)