Apuntes sobre profesionalización de la contratación pública

Autor: Max Montoya Choccechanca

Sumario: 1. Noción; 2. Positivización; 3. Otras experiencias; 4. Retos del nuevo enfoque; 5. Actualmente; 6. Comentario final.


1. Noción

“[P]rofesionales especializados en contrataciones que puedan desarrollarse dentro de la entidad, contribuyendo a la predictibilidad de las actuaciones en la compra pública y a la eficiencia, eficacia y economía en el uso de los recursos públicos”. Esta es la idea que introdujeron las comisiones redactoras[1] de la actual Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (LGCP) en el Dictamen Conjunto recaído en los proyectos de ley 5472/2022-PE, 5362/2022-CR, 6475/2023-CR y 7388/2023-CR, el 07 de mayo de 2024. Hoy ubicamos la profesionalización como quinto enfoque a observar todo nuestro sistema de contratación pública.

Podemos entender esta dimensión como el conjunto de condiciones técnicas, formativas e institucionales que habilitan al servidor del Estado para ejercer la función de contrataciones con solvencia, criterio y responsabilidad. Mirtha Rázuri (2025) explica que consiste en un

nuevo modelo de certificación de competencias para compradores públicos, en virtud del cual se establece un sistema formal que evalúa y reconoce, mediante procesos objetivos, que los profesionales de contrataciones públicas cuentan con los conocimientos, habilidades, experiencia profesional y conducta éticas necesarias (p. 191).

 Claro, el conjunto de capacidades requeridas debe maximizar la finalidad del principio de valor por dinero, sin perder de vista la calidad, logrando la satisfacción de la necesidad correctamente identificada.

La Red Interamericana de Compras Gubernamentales (RICG) precisa que esta noción involucra el reconocimiento de la contratación como una función especializada del Estado, con contenido técnico propio y responsabilidades claras que contribuyan a la calidad del gasto (RICG, 2025).

Sucede que las exigencias del escenario global no son suficientes para un esquema tradicional de gestión administrativo, operando durante décadas bajo la simple idea del cumplimiento formal de procedimientos, con escasa atención a los resultados obtenidos y los riesgos involucrados en cada proceso. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha documentado la transición necesaria desde ese modelo hacia una función estratégica multidisciplinaria capaz de gestionar riesgos y crisis globales (OCDE, 2025). La pandemia de COVID-19, conflictos bélicos, disrupciones en cadenas de suministro y la creciente complejidad de los mercados han acelerado esta exigencia. Todo tipo de crisis nos recuerda que la administración tambalea en sus resultados y el impacto en la ciudadanía es notorio ante la incapacidad de sus operadores.

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Los costos de la deficiencia técnica en las contrataciones son medibles. La falta de competencia técnica es una de las principales causas del malgasto de fondos públicos, y estudios de la OCDE indican que un incremento en las capacidades de los gestores puede reducir sobrecostos en un 29% y retrasos en un 23% (OECD, 2023, p. 10). Hay un impacto directo que tiene la calidad del recurso humano sobre la ejecución presupuestal y la entrega oportuna de bienes y servicios a la ciudadanía.

La contratación pública eficiente sirve, además, como instrumento de política pública. Un comprador público con formación adecuada y con una normativa entendible puede incorporar criterios de innovación, sostenibilidad ambiental y desarrollo social en las decisiones de adquisición, ampliando el alcance y el impacto del gasto estatal. La doctrina especializada reconoce que el fin primordial de la profesionalización es garantizar la integridad, maximizar el valor por dinero y asegurar que la compra pública sea un instrumento para alcanzar objetivos de políticas públicas como la innovación y la sostenibilidad (Rodríguez-Arana Muñoz, 2025, pp. 73, 79). Como veremos, la LGCP recoge este modelo.

2. Positivización

El artículo 6, literal e), de la LGCP incorpora como enfoque la profesionalización como eje de la política nacional de las contrataciones, encargando al Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), en coordinación con la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas (DGA-MEF), la creación de espacios de capacitación, entrenamiento y certificación para los servidores públicos que intervienen en los procesos de compra. La norma establece la profesionalización como una prioridad para la mejora continua, asignando a ambas entidades la responsabilidad de generar dichos espacios. Con esta disposición, el legislador vincula expresamente la calidad del gasto público a la competencia técnica de quienes lo administran.

Fuente: elaboración propia

El Reglamento de la LGCP operativiza este mandato mediante un sistema de certificación escalonado en tres niveles. Los compradores públicos deben contar como mínimo título profesional técnico o bachiller y superar una evaluación presencial ante el OECE en niveles básico, intermedio y avanzado (art. 16.1). La progresión entre niveles permite que los requisitos de acreditación guarden proporción con las responsabilidades asignadas a cada servidor dentro del proceso de contratación.

Además, una exigencia especialmente relevante recae sobre el responsable de la Dependencia Encargada de las Contrataciones (DEC) descrito en el artículo 16.4. del Reglamento. Este funcionario debe contar con certificación de nivel avanzado, asegurando liderazgo técnico en la conducción de los procesos. La decisión de anclar el liderazgo técnico de la DEC a la certificación de más alto nivel es positiva y la comprensión del enfoque es manifiesto, esto es, la calidad de los procesos depende, en gran medida, de la competencia de quien los dirige.

En cuanto a los efectos esperados, el sistema apunta a fortalecer la calidad de los requerimientos técnicos (etapa crítica y frecuente fuente de impugnaciones) y a reducir los riesgos operativos mediante el acompañamiento y asistencia técnica permanente del OECE a las entidades (Regalado, 2024). La combinación de certificación obligatoria con asistencia técnica continua configura un modelo de soporte integral que, en la práctica, busca elevar el estándar de gestión en todo el ciclo de la contratación.

3. Otras experiencias

El bloque europeo ofrece modelos consolidados de profesionalización que permiten evaluar la viabilidad y las condiciones de éxito de sistemas similares al diseñado por la Ley 32069. La Comisión Europea desarrolló el marco “ProcurCompEU” con 30 competencias clave y herramientas de autoevaluación para estandarizar el perfil del comprador público en la Unión Europea (Comisión Europea, 2020, p. 8). Este instrumento define un lenguaje común de competencias que facilita la planificación formativa, la movilidad de los profesionales y la evaluación comparativa de los sistemas nacionales. Véase el siguiente esquema elaborado por ProcurCompEU[2]:

La experiencia croata aplicando el Programa De Formación Genérico De Procurcomp dio como resultado la certificación obligatoria vinculada a la gestión de fondos de la Unión Europea. Para acceder a dicho fondos se requiere que cada comité de contratación incluya al menos un profesional certificado, quien debe completar 50 horas de formación y superar un examen (OECD, 2025, p. 16). La vinculación entre la acreditación profesional y el acceso a fuentes de financiamiento genera incentivos reales para que las entidades inviertan en la formación de sus equipos.

Eslovenia también constituye una experiencia relevante de profesionalización orientada a las funciones reales del comprador público. La Dirección de Contratación Pública (DCP) adaptó la matriz ProcurCompEU a su ámbito nacional, tomando en cuenta “el marco de competencias de empleados públicos existente” y “las especificidades de la contratación pública en Eslovenia” (Unión Europea, 2020).

A partir de esa adecuación, se elaboró un programa compuesto por “cuatro módulos de formación” dirigidos a los perfiles más frecuentes tales como el comprador público para contratos de menor valor, comprador público para contratos de mayor valor, especialista en categorías y gestor de contratos. Como indica la hoja resumen de la aplicación de la política[3], esta estructura permitió una “formación basada en las necesidades”, pues los participantes pueden asistir únicamente a las partes del programa vinculadas con sus “deficiencias reales en materia de competencias” (Unión Europea, 2020). Dentro de las enseñanzas extraídas por Eslovenia se advierte:

i) “La DCP adaptó el conjunto de herramientas de ProcurCompEU al contexto nacional, así como a las necesidades de los órganos de contratación eslovenos. Ello contribuirá a garantizar la pertinencia de las herramientas desarrolladas e impulsará su futura aplicación por parte de los órganos de contratación y las instituciones gubernamentales.

ii) La DCP elaboró el programa de formación desde una perspectiva teórica (temas de formación, resultados del aprendizaje) y práctica (impartición de la formación, recursos financieros). De este modo, la DCP aseguró un vínculo coherente entre la teoría y la práctica, que contribuirá a la aplicación fluida y previsible de las formaciones.

iii) El enfoque de la DCP para la aplicación del programa de formación es gradual, es decir, en un primer momento la formación será voluntaria y, posteriormente, se convertirá en potencialmente obligatoria y podría dar lugar a una certificación. Este enfoque permitirá ajustar y perfeccionar el contenido del programa de formación o el proceso de aplicación para asegurarse de que responda a las expectativas y necesidades de las partes interesadas” (Unión Europea, 2020, Aplicación de ProcurcompEU en Eslovenia).

Finalmente, en España, el énfasis se ha puesto en la especialización de alto nivel. Los cursos de alta especialización para funcionarios expertos se concentran principalmente en competencias estratégicas como el cálculo del costo del ciclo de vida y la compra de innovación (OECD, 2023),

Cabe señalar que muchas de estas figuras han sido asimiladas por nuestro sistema jurídico, pero resulta necesario entender, planificar y aplicar las novedades de profesionalización de forma gradual y sostenida.

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4. Retos del nuevo enfoque

La efectividad de los métodos de contratación diseñados por la Ley 32069 que forman parte del Sistema Nacional de Abastecimiento dependerá de la capacidad del Estado para resolver una serie de tensiones institucionales y operativas cuya magnitud no debe subestimarse.

Consideramos que el principal reto es la coordinación entre los órganos rectores de contratación y la autoridad del servicio civil, Servir, para integrar la profesionalización en una carrera administrativa estable que evite la alta rotación. Esta fluctuación de personal especializado constituye uno de los principales factores que erosionan la capacidad institucional acumulada, pues cada salida representa la pérdida de conocimiento técnico difícilmente reemplazable en el corto plazo.

Un segundo riesgo radica en la posibilidad de que el sistema de certificación derive en un ejercicio formal sin incidencia real en la práctica. Existe el riesgo de que la certificación sea percibida por los funcionarios y servidores como una carga o un trámite sin beneficios reales si no se vincula a incentivos financieros y rutas de progresión clara (RICG, 2025). La experiencia comparada muestra que los sistemas de acreditación que no generan mejoras tangibles en las condiciones laborales tienden a ser percibidos como cargas adicionales, con el consiguiente riesgo de cumplimiento formal pero vacío de contenido.

La sostenibilidad del talento plantea un problema adicional. Sin un sistema de carrera que reconozca la especialización, la inversión en formación se pierde cuando el personal capacitado migra a otras funciones por falta de incentivos (Rodríguez-Arana Muñoz, 2025, p. 75). La formación de un comprador público competente requiere tiempo y recursos; si el sistema no ofrece condiciones para retenerlo, el costo de esa inversión recae sobre el Estado sin que este capture los beneficios esperados.

Además, este problema se integra a uno mayor, que es la amalgama que representa nuestro derecho laboral público que merma el acceso a la función pública y restringe estabilidad de los funcionarios y servidores en los diversos regímenes a la fecha.

5. Actualmente

¿Qué se está haciendo con este nuevo enfoque?

Si tomamos como hito la entrada en vigor de la Ley 32069 y su Reglamento (22 de abril de 2025), se ha avanzado en varios puntos, aunque todavía insuficientes para afirmar que el nuevo enfoque de profesionalización se encuentra consolidado.

El OECE viene promoviendo espacios de capacitación, certificación y asistencia técnica[4]. Al primer semestre de 2025, informó que se capacitaron más de 96,500 personas en materias vinculadas a la nueva Ley de Contrataciones Públicas y que se emitieron más de 20,000 certificaciones mediante el SICAN, de las cuales más de 10,000 correspondían a servidores de las Dependencias Encargadas de las Contrataciones.

Para el presente año se anunció asistencia técnica constante a 1,600 entidades contratantes, con un incremento de 23 % respecto de las 1,297 entidades asistidas en 2025; además, el OECE programó 290 eventos técnicos especializados para fortalecer capacidades de cerca de 115,000 funcionarios y servidores públicos[5].

A ello se suma la implementación progresiva del Registro de Compradores Públicos, dispuesta mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 092-2025-OECE/PRE de fecha 22 de diciembre de 2025[6]. Se busca identificar la certificación vigente, nivel alcanzado (básico, intermedio o avanzado), trayectoria en procesos de contratación, participación como evaluador o integrante de la DEC y fase en la que intervino. La implementación de este sistema está fijado en un plazo de 180 días calendario, bajo responsabilidad de la Dirección Técnico Normativa del OECE.

6. Comentario final

Resulta pertinente mencionar que, según datos de la OECD (2025), en 2023 la contratación pública representó el 12.7 % del PBI en promedio en los países OCDE y el 14.8 % en los países OCDE-UE. El Perú está reformando una función estatal cuyo peso económico es muy significativo en los sistemas públicos modernos[7] y, ese elevado porcentaje se resume a la gestión de un puñado de profesionales encargados de cerrar las brechas más agudas del país.  Es tan necesario una capacitación que permita resolver problemas, que dote de herramientas al comprador público para la correcta elaboración de bases, buenos lentes para perfilar con la necesidad de la población y capacidad de gestionar y minimizar conflictos en la ejecución de proyectos.

No cabe duda, se ha avanzado en la construcción del andamiaje institucional de la profesionalización, pero el resultado esperado aún no se alcanza plenamente. Persisten problemas de capacidad operativa, soporte tecnológico, cobertura homogénea y evaluación efectiva de competencias. Aún seguimos en el dilema de la acreditación meramente formal, cuando deberíamos lograr una función técnica estable, medible y vinculada al desempeño real de quienes gestionan contrataciones públicas.

La profesionalización de la contratación pública abre una posibilidad valiosa para mejorar el modo en que el Estado cumple sus fines. Cuando los compradores públicos cuentan con formación, criterio técnico y sentido ético, cada decisión de compra puede convertirse en una oportunidad para usar mejor los recursos y atender con mayor seriedad las necesidades ciudadanas.

Dejemos el pesimismo. Este nuevo enfoque resulta alentador porque reconoce que detrás de cada procedimiento hay personas, capacidades y responsabilidades concretas. Apostar por su formación permanente es apostar por un Estado más preparado, más confiable y cercano al bienestar de la sociedad.

Referencias

Comisión Europea. (2020). ProcurCompEU: European Competency Framework for Public Procurement Professionals. Publications Office of the European Union.

OECD. (2023). Public Procurement Workforce: Professionalization Strategies in OECD Countries. OECD Publishing.

OECD. (2025). Strategic Public Procurement: Building Resilient and Sustainable Systems. OECD Publishing.

Rázuri, M. (2025). Artículo 6. Enfoques de la Ley. En I. E. Alvino Cruz y Y. Meza Torres (Coord.), Comentarios a la Ley 32069 y Su reglamento de Contrataciones Públicas. Jurista Editores.

Regalado, H. (2024). Los retos de la procura pública y la nueva Ley General de Contrataciones. Moneda N.° 200. Gestión Pública.

Red Interamericana de Compras Gubernamentales – RICG. (2025). Informe sobre el estado de las compras públicas en América Latina y el Caribe. BID.

Rodríguez-Arana Muñoz, J. (2025). La profesionalización en la contratación pública: fundamentos y retos. En J. C. Morón Urbina (Coord.), La contratación pública: Comentarios al nuevo marco normativo peruano. Palestra Editores.


Sobre el autor: Max Montoya Choccechanca es abogado, árbitro y adjudicador.

[1] Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión Del Estado; Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera – Periodo Anual de Sesiones 2023 – 2024.

[2] Enlace de acceso: https://commission.europa.eu/funding-tenders/tools-public-buyers/professionalisation-public-buyers/procurcompeu-european-competency-framework-public-procurement-professionals_es

[3] Enlace de acceso: https://www.gov.si/en/state-authorities/ministries/ministry-of-public-administration/about-the-ministry/publicprocurement-directorate/

[4] Véase la nota de prensa publicada por el OECE: https://goo.su/zWHzAaj

[5] Véase la nota de prensa publicada por el OECE: https://goo.su/6EBSYk

[6] Enlace de acceso: https://goo.su/1yLEr7z

[7] Morón Urbina y Zita Aguilera (2019) indican que “[p]arte importante de la industria de bienes y servicios tiene como principal cliente al Estado, debido a la envergadura, cuantía y carácter continuado de sus necesidades (…) se convierte en el más importante cliente en mercados como productor farmacéuticos, seguros, maquinaria, construcción, supervisores de obra, entre otros” (p.18).

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