El límite del art. 18 de la Ley 30003 solo aplica a los que aún no tenían reconocida su pensión cuando la norma entró en vigencia; si la pensión ya fue fijada judicialmente con calidad de cosa juzgada antes de esa ley, ese monto es intangible [Casación 23970-2023, Del Santa]

Jurisprudencia compartida por el abogado Gustavo Gonzales.

Sumilla: La restricción del derecho fundamental a la efectividad de las resoluciones judiciales, al aplicar el tope de pensión a los pensionistas que ya percibían una pensión de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador – CBSSP, determinada judicialmente con calidad de cosa juzgada, ha respetado los límites para su validez; en tanto la Oficina de Normalización Previsional – ONP no fue parte de aquel proceso judicial, que tampoco tenía identidad de pretensión con la de este proceso.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
PRIMERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
CASACIÓN N.° 23970-2023 DEL SANTA

PROCESO ORDINARIO
Nulidad de Resolución Administrativa
Restablecimiento De Pensión De Jubilación

Lima, uno de octubre de dos mil veinticinco.

LA PRIMERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA

VISTOS: la causa veintitrés mil novecientos setenta – dos mil veintitrés – Del Santa, en discordia, la señora Jueza Suprema Cabello Arce, con fecha diecinueve de agosto dos mil veinticinco; y la Señora Jueza Suprema Rodríguez Chávez, con fecha uno de octubre de dos mil veinticinco, se adhieren al voto de los señores Jueces Supremos Calderón Puertas y Dávila Broncano dejados y suscritos con fecha doce de diciembre de dos mil veinticuatro; conforme lo señala el artículo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:

 

MATERIA DEL RECURSO:

Se trata del recurso de casación1 interpuesto por , contra la sentencia de vista2 que confirmó la sentencia de grado3 que declaró infundada la demanda interpuesta; en el proceso contencioso administrativo seguido contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre restablecimiento de pensión de jubilación.

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