La Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó un predictamen favorable recaído en el Proyecto de Ley 13486/2025-CR, iniciativa que propone modificar la Ley 27775, que regula el procedimiento de ejecución de sentencias emitidas por tribunales supranacionales, y el Código Procesal Constitucional. De acuerdo con el documento, la finalidad es armonizar el marco normativo aplicable al cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
El predictamen sostiene que actualmente coexisten disposiciones que responden a distintos modelos de ejecución de sentencias supranacionales. Según la comisión, esta situación ha generado interpretaciones diferentes respecto de la entidad obligada a cumplir las reparaciones ordenadas por la Corte IDH y sobre el procedimiento que debe seguirse para ejecutar dichas decisiones.
Procuraduría determinará qué entidad debe asumir las reparaciones
Uno de los principales cambios planteados consiste en la modificación del artículo 2 de la Ley 27775. La propuesta establece expresamente que el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado será el órgano competente para determinar, mediante acuerdo resolutivo vinculante e irrecurrible, qué entidad pública debe asumir las obligaciones derivadas de una sentencia emitida por la Corte IDH.
Asimismo, se dispone que la entidad identificada como responsable deberá asumir el pago de las reparaciones e intereses que correspondan con cargo a su propio presupuesto institucional. El predictamen señala que esta regulación busca adecuar la ley al procedimiento que actualmente se encuentra previsto en normas posteriores vinculadas al sistema de defensa jurídica del Estado y al presupuesto público.
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Sentencias de la Corte IDH no requerirán revisión previa
La iniciativa también modifica el artículo 123 del Código Procesal Constitucional. El nuevo texto precisa que las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos no requieren reconocimiento, revisión ni examen para producir efectos en el ordenamiento interno. Además, señala que dichas decisiones prevalecen frente a resoluciones emitidas en la jurisdicción nacional.
De acuerdo con el predictamen, la modificación tiene por objeto adecuar la legislación nacional a la naturaleza vinculante de las decisiones emitidas por el tribunal interamericano y evitar que su ejecución quede sujeta a trámites adicionales.
Proponen derogar disposiciones de la Ley 27775 y de la LOPJ
El texto aprobado también plantea derogar los artículos 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 27775, así como el artículo 151 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Según la comisión, estas disposiciones responden a un esquema anterior de ejecución de sentencias internacionales y resultan incompatibles con el procedimiento administrativo actualmente vigente.
El predictamen añade que la propuesta no crea nuevas obligaciones económicas para el Estado ni incrementa partidas presupuestales, sino que regula el procedimiento para el cumplimiento de obligaciones derivadas de sentencias supranacionales ya existentes.
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