Martín Vizcarra: TC rechaza hábeas Corpus para anular juicio por el que lo condenaron a 14 años de cárcel

El Tribunal Constitucional declaró improcedente, mediante una resolución de este 31 de mayo, el hábeas corpus presentado por el expresidente Martín Vizcarra. La medida solicitaba la nulidad del juicio por el cual fue condenado a 14 años de cárcel.


Pleno. Sentencia 115/2026

EXP. N. ° 03671-2025-HC/TC
LIMA
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO, representado por JULISSA RICOPA PACAYA – ABOGADA

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 31 días del mes de marzo de 2026, el Tribunal Constitucional, en sesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los señores magistrados Pacheco Zerga, presidenta; Domínguez Haro, vicepresidente; Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, Monteagudo Valdez, Ochoa Cardich y Hernández Chávez, pronuncia la siguiente sentencia, con el fundamento de voto del magistrado Hernández Chávez, que se agrega.

ASUNTO

Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Martín Alberto Vizcarra Cornejo contra la resolución1 de fecha 3 de junio de 2025, expedida por la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de hábeas corpus de autos.

ANTECEDENTES

Con fecha 24 de enero de 2025, doña Julissa Ricopa Pacaya, a favor de don Martín Alberto Vizcarra Cornejo, interpone demanda de hábeas corpus contra el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional y el procurador público del Poder Judicial. Denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso, a la libertad personal y de los principios non bis in idem y de seguridad jurídica.

Solicita que se declare la nulidad del auto de enjuiciamiento 3, Resolución 39, de fecha 30 de abril de 2024, [dirigido] contra el favorecido; y, del auto de citación a juicio oral, Resolución [1], de fecha 4 de julio de 2024, [en el extremo] que lo cita a [la audiencia de instalación de] juicio oral, en el proceso seguido en su contra por el delito de cohecho pasivo propio5; y que, en consecuencia, se declare la nulidad de todo lo seguidamente actuado.

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Periodista. Bachiller en Comunicación Social por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Con experiencia en temas internacionales, deportes y redacción publicitaria. Antes en Diario La República. Hoy en el área de Redacción periodística de LP Derecho.