Denuncian que se compensará a LAP con el 53% por no cobrar TUUA de vuelos nacionales y el Estado renunciará a cobrar el 47% restante

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y Lima Airport Partners (LAP) suscribieron la adenda nueve al contrato de concesión del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. La disposición principal de este documento es la eliminación del cobro directo de la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) de transferencia para los pasajeros que realizan conexiones en vuelos nacionales.

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De acuerdo al comunicado del MTC, esta disposición impactará a cerca de un millón de usuarios anuales. El propósito estatal declarado consiste en evitar que los viajeros asuman pagos extra al hacer escalas dentro del territorio nacional, con la finalidad de mantener la accesibilidad del transporte aéreo doméstico.

Sin embargo, según información difundida por La Contra, el Estado peruano declina el cobro del 46.511% de la recaudación de la TUUA que le correspondía ingresar a las arcas públicas. Paralelamente, el acuerdo obliga a la entidad estatal a resarcir al concesionario con el 53.489% por los ingresos que este dejará de percibir.

El anexo 5 del instrumento contractual detalla el procedimiento para ejecutar dicha compensación. La devolución económica a favor de LAP se efectuará, de acuerdo al portal, mediante deducciones al monto que la empresa concesionaria debe pagar al Estado por los derechos de operación del terminal aeroportuario. Este esquema mantendrá su vigencia hasta el año 2041.

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En el ámbito administrativo, la firma de la adenda se concretó de forma posterior a una modificación de autoridades en la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada. Esta oficina tiene la competencia de emitir opiniones técnicas sobre las normativas de las Asociaciones Público-Privadas (APP) y, en la víspera del acuerdo, registró el nombramiento de María Reyes Roque como su nueva directora.

La adenda incorpora directrices adicionales respecto a las inversiones de terceros calificados en el área concedida. Este mecanismo autoriza al concesionario a suscribir contratos cuyos plazos excedan la vigencia de la concesión principal, orientados a facilitar la construcción de nueva infraestructura comercial, logística y hotelera.

Finalmente, el documento contempla la reversión de terrenos requeridos para la ejecución de las obras del Ramal 4 de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao. El texto incluye una cláusula anticorrupción y establece que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) fiscalizará el número exacto de pasajeros contabilizados y auditará los montos económicos que serán compensados a la empresa.

Parte de la adenda 9 del contrato entre el MTC y LAP. Fuente: La Contra
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