Mediante los proyectos de ley 10564/2024-CR, 11281/2024-CR, 11295/2024-CR, 11302/2024-CR, 12141/2024-CR y 12258/2025-CR, plantean modificar la Ley 26859, Ley
Orgánica de Elecciones, con el fin de ampliar los plazos de afiliación a partidos y movimientos políticos para quienes deseen postular en los comicios regionales y municipales del 2026.
El texto sustitutorio incorpora una disposición transitoria que permitirá participar a los ciudadanos que se afilien a una organización política entre el 8 de octubre de 2024 y la fecha de entrada en vigencia de la norma, siempre que mantengan una sola afiliación válida. De esta manera, se exceptúa a dichos ciudadanos del plazo ordinario previsto en la Ley de Organizaciones Políticas.
Asimismo, se establece una medida excepcional: hasta el 30 de noviembre de 2025 podrán afiliarse aquellos ciudadanos que, al 16 de junio de 2025, no hubiesen tenido ninguna militancia política. Ello con el propósito de garantizar su habilitación para participar como candidatos en las elecciones del 2026.
PREDICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 10564/2024-CR, 11281/2024-CR, 11295/2024-CR, 11302/2024-CR, 12141/2024-CR y 12258/2025-CR, LEY QUE MODIFICA LA LEY 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES, A FIN AMPLIAR EL PERIODO DE AFILIACIÓN PARA PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2026
LEY QUE MODIFICA LA LEY 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES, A FIN AMPLIAR EL PERIODO DE AFILIACIÓN PARA PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2026
Artículo único. Incorporación de la Vigesimoprimera Disposición Transitoria de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones
Se incorpora la Vigesimoprimera Disposición Transitoria de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en los siguientes términos:
Vigesimoprimera Disposición Transitoria
Los ciudadanos que se hayan afiliado a una organización política entre el 8 de octubre de 2024 y la fecha de entrada en vigor de la presente ley, siempre que cuenten con una sola afiliación registrada, quedan habilitados a postular como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales de 2026, exceptuándoseles del plazo previsto en el artículo 24-A de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
De manera excepcional, se autoriza, hasta el 30 de noviembre de 2025, la afiliación de aquellos ciudadanos que, al 16 de junio de 2025, no hubiesen tenido afiliación política, con el objeto de participar como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales de 2026.
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