Leysser León: «El funcionamiento de apps como Uber o Airbnb es de intermediación, no tienen vínculo contractual en cuanto al servicio concreto que se utiliza»

El abogado Leysser León analizó, durante una transmisión de este 15 de mayo del canal Pausa Legal, el caso del alquiler de un alojamiento a través de la plataforma Airbnb donde el anuncio advertía la presencia de un fantasma. Los huéspedes solicitaron el reembolso del pago porque el espectro les impidió descansar durante su estadía. El debate jurídico, precisó, exige determinar si en un contrato de arrendamiento basta con que la prestación coincida con los términos pactados o si es indispensable asegurar la finalidad de la contratación.

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Buena fe y la finalidad del contrato

León explicó que el artículo 1362 del Código Civil determina que los contratos se negocian, celebran y ejecutan de buena fe. Resulta contradictorio que los arrendatarios reclamen la devolución de la renta tras aceptar el alojamiento con pleno conocimiento de la presencia del espectro. El jurista precisó que podría configurarse un vicio en el negocio jurídico si los inquilinos ignoraban la capacidad de perturbación de la entidad. «El error puede ser entendido como sinónimo de ignorancia de que este fantasma tenía la característica de fastidiar, perturbar, impedir el sueño», manifestó.

El especialista indicó que el artículo 1680 del Código Civil impone al arrendador la obligación de mantener al arrendatario en el uso del bien y conservarlo para el fin del arrendamiento. La normativa convierte al propietario en un garante del uso pacífico del inmueble. El descanso constituye una manifestación básica de la vida cotidiana del ser humano y su afectación directa vulnera el propósito del acuerdo. «Si no puedo descansar, se puede considerar que estoy usando plenamente el inmueble?», cuestionó el abogado.

Responsabilidad civil de las plataformas digitales

Sobre la participación de empresas como Airbnb, Booking o Uber, el docente señaló que estas operan bajo modelos de contratación con reglamentaciones propias. Los usuarios se insertan en un sistema tecnológico que prioriza la inmediatez, pero asumen un marco de desprotección legal ante defectos en el servicio habitacional. Sobre este escenario, el profesor afirmó: «El funcionamiento de esas apps es simplemente de intermediación, no tienen vínculo contractual en cuanto al servicio concreto que se utiliza».

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El entrevistado reportó la existencia de iniciativas normativas internacionales para regular estos servicios de alojamiento debido a los reclamos documentados, como es el caso de ordenamientos como el español y el italiano, en los que se evalúa la imposición de parámetros de responsabilidad para estas aplicaciones. En la jurisprudencia italiana se aplica la figura del daño por vacaciones arruinadas, detalló. La institución ordena el resarcimiento de perjuicios cuando el turista pierde su tiempo de esparcimiento por las deficiencias del predio alquilado.

El abogado recordó que la resolución de contratos por eventos paranormales registra expedientes históricos en los sistemas jurídicos europeos. A finales del siglo XIX y principios del siglo XX, tribunales de Italia e Inglaterra tramitaron litigios sobre arrendamientos y compraventas paralizadas por la presencia de espectros. En ciudades como Nápoles, indicó, los operadores de justicia requirieron la participación de médiums para testificar sobre la actividad paranormal y definir la vigencia legal de los contratos comerciales.

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