La presidenta Dina Boluarte tomó la juramentación del abogado Pedro Miguel Angulo Arana como presidente del Consejo de Ministros
Mira la juramentación aquí
Esta tarde, la presidenta Dina Boluarte designó a Pedro Miguel Ángulo Arana como primer ministro. ¿Pero quién es este abogado que hoy asume el rol que hasta hace unas semanas ocupaban Anibal Torres y Betssy Chávez?
Ángulo es abogado, Magister y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). En esa misma universidad también obtuvo el título de historiador y es bachiller en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV).
Ha sido abogado litigante y miembro del Jurado Electoral Especial Lima Centro. Ha ejercido además la magistratura en el Ministerio Público (MP), desempeñándose como Fiscal Superior Titular y Fiscal Adjunto Supremo Provisional.
Ha sido miembro integrante de la Comisión de Implementación del nuevo Código Procesal Penal en el Ministerio Público; e integrante de la Comisión de Derecho Procesal Penal y de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Lima (CAL). Es necesario resaltar que en el 2016 fue nombrado decano de dicha institución.
El hoy premier ha ejercido la docencia en la Academia de la Magistratura (AMAG), la facultad de Derecho de la UNFV, la Universidad Antonio Ruíz de Montoya, la Universidad ESAN y en su alma mater. Y como autor e investigar ha publicado diversos libros, referidos al nuevo proceso penal y más de una veintena de artículos de investigación jurídica, publicados en las más prestigiosas revistas especializadas.

Este no es su primer acercamiento directo a la política. Fue candidato presidencial del partido Contigo (ex Peruanos por el Kambio) tras la renuncia de Máximo San Román, candidato original de esa iniciativa.




![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corresponde la nivelación de la remuneración de trabajador CAS con homólogo propuesto si ambos desempeñan el mismo cargo y cumplen las mismas funciones (salario equitativo e igual por trabajo de igual valor), pues la diferencia remunerativa injustificada no puede respaldarse en la normativa del presupuesto estatal (sentencia revocada por la Sala Civil de Utcubamba) [Expediente 00210-2024-0-0107-JR-LA-01, ff. jj. 30-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Anulan absolución por apología al terrorismo: frase «El Dr. Guzmán es el más grande, intelectual, filósofo y científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época» se analizó sin ponderar el contexto político y social en que fue difundida [RN 800-2023, Nacional, f. j. 21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Abimael-Guzman-LP-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)



![¡Atención, sector público! Declaran día no laborable compensable [DS 075-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/feriado-no-laborable-fiesta-patrias-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)


















