Tras nombrar a Betssy Chávez Chino como presidenta del Consejo de Ministros, el mandatario Pedro Castillo juramentó hoy a su nuevo equipo ministerial. En los próximos días, el nuevo Gabinete se presentará ante el Parlamento para buscar la confianza.
En total hubo cinco cambios en el gabinete ministerial, incluida la cartera de Desarrollo e Inclusión Social, que fue ocupado desde el inicio de la gestión por la vicepresidenta Dina Boluarte. Hoy en su reemplazo juró Cinthya Lindo Espinoza.
Presidencia de Consejo de Ministros: Betssy Chávez Chino
Ministerio de Relaciones Exteriores: César Landa Arroyo
Ministerio de Defensa: Daniel Barragán Coloma
Ministerio de Economía y Finanzas: Kurt Burneo
Ministerio del Interior: Willy Huertas Oliva
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Félix Chero Medina
Ministerio de Educación: Rosendo Serna Román
Ministerio de Salud: Kelly Portalatino Ávalos
Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego: Juan Rodo Altamirano Quispe
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: Alejandro Salas Zegarra
Ministerio de Producción: Eduardo Mora
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: Roberto Sánchez
Ministerio de Energía y Minas: Oliverio Muñoz Cabrera
Ministerio de Transporte y Comunicaciones: Richard Washington Tineo Quispe
Ministerio de Vivienda, Construcción y Comunicaciones: César Paniagua Chacón
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: Heidy Juárez Calle
Ministerio del Ambiente: Wilbert Rozas
Ministerio de Cultura: Silvana Robles
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social: Cinthya Lindo Espinoza
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![Fundada excepción de improcedencia de acción de Lourdes Flores por el delito de lavado de activos [Exp. 237-2019-22-5001-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Lourdes-Flores-Nano-LP-218x150.png)
![Someter a una funcionaria a un proceso penal por una controversia técnico-funcional genera una intensa afectación a sus derechos fundamentales y un desproporcionado costo operativo para el sistema de justicia (absuelven a procuradora acusada por omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, al determinarse que la información solicitada por el agraviado no fue objeto de obstrucción, sino de una insatisfacción temporal reversible por la vía administrativa) [Exp. 05333-2023, Lima Norte, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Campaña municipal de sensibilización sobre el uso de la bicicleta no acredita, por sí sola, el cumplimiento del Reglamento de la Ley que Promueve el Uso de la Bicicleta como Medio de Transporte Sostenible, cuando dicha actividad no está prevista en instrumentos de planificación ni formalizada mediante resoluciones administrativas [Exp. 07856-2024-0, ff. jj. 5.8-5.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Informe-tecnico-106-2021-SERVIR-uso-bicicleta-LP-218x150.png)
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