Plantean modificar la actuación policial en delitos de usurpación

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Los congresistas integrantes del grupo parlamentario de Perú Libre, a iniciativa de la congresista Janet Milagros Rivas Chacara, presentaron el Proyecto de ley 1010/2021-CR, a fin de modificar el artículo 331 del Nuevo Código Procesal Penal, para adecuar la actuación policial en los delitos de usurpación.

De acuerdo con la exposición de motivos, el proyecto de ley busca que el propietario de un inmueble sea identificado y notificado sobre el proceso donde se encuentra inmerso su propiedad a efecto de que pueda hacer valer sus derechos.


Ley que modifica el artículo 331 del Nuevo Código Procesal Penal, para la actuación policial en los delitos de usurpación

Artículo 1.- Objeto de la ley

Adicionar el inciso 4 al artículo 331 del nuevo Código Procesal Penal, con los términos siguientes:

Artículo 331.- Actuación Policial

1. Tan pronto la Policía tenga noticia de la comisión de un delito, lo pondrá en conocimiento del Ministerio Público por la vía más rápida y también por escrito, indicando los elementos esenciales del hecho y demás elementos inicialmente recogidos, así como la actividad cumplida, sin perjuicio de dar cuenta de toda la documentación que pudiera existir.

2. Aun después de comunicada la noticia del delito, la Policía continuará las investigaciones que haya iniciado y después de la intervención del Fiscal practicará las demás investigaciones que les sean delegadas con arreglo al artículo 68.

3. Las citaciones que en el curso de las investigaciones realice la policía a las personas pueden efectuarse hasta por tres veces.

4. En los delitos de usurpación, la policía deberá solicitar al Registro Público información del propietario del inmueble donde se cometieron los hechos, la misma que deberá remitir en el plazo de 48 horas, y una vez recibido el informe, notificará al ciudadano que aparezca como propietario.

Artículo 2.- Vigencia

La presente Ley tiene vigencia partir del día siguiente de su publicación y se aplicará a todos los procesos de usurpación en materia penal que se realicen con posterioridad a esa fecha.

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