La Organización de Pueblos Indígenas del Oriente (Orpio) ha solicitado ante la sala 2 del Tribunal Constitucional este 15 de mayo (expediente 01469-2023-PA/TC) la reubicación de cuatro concesionarias forestales que se han asentado, por orden del Gobierno Regional de Loreto, en el hábitat de grupos indígenas en aislamiento.
El apu Julio Cusurichi Palacios recalcó que los ciudadanos de esta parte del Perú han autodeterminado aislarse por el cuidado de sus vidas y de su territorio. Sin embargo, la dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre de la Autoridad Regional Ambiental del Gore no ha respetado esta decisión.
Lea más: Comisión Permanente rechaza designar a Pedro Cartolín como próximo contralor general
@lpderecho #Apu informa en el #TC en defensa de #indígenas en aislamiento #lpderecho #comunidadesindigenas
Indígenas en aislamiento en riesgo
Durante la sesión, el expositor citó las normas y antecedentes que amparan el estilo de vida de esta población: la Ley de pueblos indígenas en aislamiento, el reconocimiento de la reserva territorial Yavarí Tapiche y las directrices de las Naciones Unidas sobre el principio del no contacto, y expresó la urgencia de la defensa de sus derechos humanos:
Presidente, estos hermanos son altamente vulnerables a cualquier contacto con la sociedad. No son como una comunidad, que ya tienen una vacuna. Son altamente vulnerables y cualquier contacto con terceros podría conllevar a un genocidio o a desaparecer.
Por eso, a través de Orpio se presenta esta demanda porque el mismo Gobierno Regional de Loreto, en vez de cumplir la normativa, […] otorga en estos territorios, donde habitan estos pueblos indígenas en aislamiento, cuatro concesiones forestales. Esto claramente contraviene a la norma nacional e internacional.
Solicitamos la reubicación, la exclusión de estas concesiones forestales de esta reserva territorial para que nuestros hermanos sigan viviendo como siempre han vivido.
Concluyó su manifiesto con un recordatorio: «Ninguna actividad económica en el mundo debe vulnerar el derecho de la vida y el territorio».
Lea más: Servir se pronuncia sobre la derogación de la Ley del Servicio Civil
Antiguos reclamos
El 6 de diciembre de 2023, durante una conferencia de prensa, las organizaciones indígenas informaron las actividades ilícitas que ponían en peligro la vida y continuidad de los Piaci en el Perú. En ese entonces, el Apu Beltrán Sandy Tuitui hizo un llamado global:
Nosotros tenemos una plataforma que se ha creado en Orpio para defender los derechos de los hermanos no contactados. Es una maravilla tenerlos a ellos [Piaci] en este mundo que vivimos […]. Llamo a toda la sociedad de diferentes partes del mundo para proteger la vida de estos hermanos.
Lea más: Estado gastó 16 000 millones de soles en consultorías durante el 2023
Ley 28736
Su nombre completo es «Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial» y se instauró en 2006. En el artículo 4 están descritos los derechos que los amparan:
Artículo 4.- Derechos de los miembros de los pueblos en situación de aislamiento o contacto inicial
El Estado garantiza los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, asumiendo las siguientes obligaciones para con ellos:
a) Proteger su vida y su salud desarrollando prioritariamente acciones y políticas preventivas, dada su posible vulnerabilidad frente a las enfermedades transmisibles;
b) Respetar su decisión en torno a la forma y el proceso de su relación con el resto de la sociedad nacional y con el Estado;
c) Proteger su cultura y sus modos tradicionales de vida, reconociendo la particular relación espiritual de estos pueblos con su hábitat, como elemento constitutivo de su identidad;
d) Reconocer su derecho a poseer las tierras que ocupan, restringiendo el ingreso de foráneos a las mismas; la propiedad de las poblaciones sobre las tierras que poseen se garantiza cuando adopten el sedentarismo como modo de vida;
e) Garantizar el libre acceso y uso extensivo de sus tierras y los recursos naturales para sus actividades tradicionales de subsistencia; y,
f) Establecer reservas indígenas, las que se determinarán sobre la base de las áreas que ocupan y a las que hayan tenido acceso tradicional, hasta que decidan su titulación en forma voluntaria.

![La suspensión de la prescripción tiene el mismo plazo de duración de la investigación preparatoria formalizada [Exp. 04685-2022-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Falsedad genérica: La falsedad no se limita a la inexistencia de una disposición de conclusión de investigación preparatoria, sino en la realización de un cambio de situación procesal en el SGF, sin sustento documental ni acto fiscal válido, como es la notificación [Apelación 168-2024, Sullana, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente sobre el derecho de uso minero gratuito sobre predios eriazos propiedad del Estado [Resolución 0120-2026-Sunarp/PT] Mineros ilegales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/mineria-ilegal-4-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En caso de duplicidad de partidas y dos cadenas de propiedad totalmente distintas, no gana automáticamente quien inscribió primero: Suprema hizo prevalecer un título colonial de 1746 protocolizado ante notario en 1923, frente a un título adquirido en una subasta pública del año 2015 [Casación 10599-2024, Lima Sur]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![No procede la calificación de títulos conexos al amparo del art. 40-A del Reglamento General de los Registros Públicos, cuando el título presentado en segundo lugar no constituye acto previo del título presentado en primer lugar [Resolución 1132-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/notario-civil-casa-matrimonio-documento-acta-sello-testamento-heredero-union-divorcio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El nombramiento de curador a futuro (art. 568-A CC) es distinto a la designación de apoyo a futuro (art. 659-F CC); por ende, el nombramiento no es incompatible con la designación previamente inscrita [Resolución 2436-2026-Sunarp-TR] Tribunal registral - registral - Sunarp](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Tribunal-registral-registral-Sunarp-LPDerecho-218x150.png)


![Primera Sala Constitucional declara fundado el habeas corpus de ciudadana que fue reprimida arbitrariamente por su condición de transgénero en un acto de protesta [Exp. 03147-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Incorporan a la PNP, Reniec y Serfor a comisión contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes [Decreto Supremo 006-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/trata-de-personas-2-218x150.png)
![Aprueban plan de deshacinamiento penitenciario 2026-2028 [RM 0203-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/reo-encarcelado-esposado-detenido-penitenciario-carcel-LPDerecho-218x150.png)
![Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-LEY-27444-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) [actualizado 2026] Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27337-LP-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/BANNER-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley 27815) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)













![De conformidad con el art. 59.1 del Reglamento, el miembro suplente del comité de selección asume la posición del titular ausente en lo sucesivo del procedimiento de selección en la etapa en que se encuentre [Opinión D000046-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Sentenciados por omisión de alimentos que paguen el 70 % de la deuda podrán acceder a conmutación de pena [DS 010-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/detencion-no-pago-de-alimentos-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/BANNER-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-100x70.jpg)




