El Tribunal Constitucional (TC) ordenó, en una resolución fechada 23 de mayo, la ampliación hasta el 2030 del plazo otorgado al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para reducir el hacinamiento de los centros penitenciarios.
El 20 de junio de 2020, el TC declaró fundada una demanda respecto de «la forma y condiciones en que cumplía la pena» un recluso en el Establecimiento Penitenciario de Tacna (Pocollay). En esta resolución se declaró, además, la inconstitucionalidad del hacinamiento penitenciario:
Se declaró un estado de cosas inconstitucional respecto del permanente y crítico hacinamiento de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional, así como por las severas deficiencias en cuanto a su capacidad de albergue, seguridad, calidad de su infraestructura e instalaciones sanitarias, de salud física y mental, entre otros servicios.

Asimismo, ordenó que, de no superarse «este estado de cosas», deberían cerrarse los seis penales más sobrepoblados. El fallo estableció un límite de 5 años para su cumplimiento:
Declarar que si, en el plazo de cinco años, que vencerá en el año 2025, no se han adoptado las medidas suficientes para superar dicho estado de cosas inconstitucional, estos deberán ser cerrados por la respectiva autoridad administrativa, lo que podría implicar el cierre temporal del establecimiento penitenciario para el ingreso de nuevos internos, el cierre temporal del establecimiento penitenciario con traslado de los internos a otros establecimientos penitenciarios sin hacinamiento, entre otras medidas, según se trate del nivel de hacinamiento, y hasta que se garanticen las condiciones indispensables de reclusión.
Sin embargo, el último 24 de abril, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), a través de un oficio, señaló que la crisis sanitaria del Covid-19 y los daños ocasionados por el ciclón Yaku generaron una «contracción en el crecimiento económico» del país. Estos hechos, argumentó el ente, afectaron su «asignación presupuesta» y «su capacidad para dar efectivo cumplimiento» a la referida sentencia.
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Sumado a ello, el procurador del MINJUSDH solicitó, este 9 de mayo, «la ampliación del plazo concedido para garantizar el deshacinamiento penitenciario, y que este pueda estar acorde con el Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional Penitenciaria al 2030».
Ante ello, el TC ordenó que el INPE y el MINJUSDH informen, en enero de cada año, de «los avances concretos y el cumplimiento de los objetivos establecidos» en el antes mencionado plan. «Sobre la base de esos avances, el Tribunal adoptará las medidas que considere pertinentes para la ejecución efectiva de la sentencia», precisó.


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