Mediante Resolución Viceministerial 084-2020-MINEDU, emitido el 31 de marzo de 2020, se ha dispuesto la suspensión del servicio educativo presencial del año 2020 hasta el 3 de mayo para universidades, CETPRO e institutos y escuelas de educación superior públicos y privados.
Las instituciones educativas están obligadas a reprogramar las horas lectivas e informar por escrito de tal reprogramación tanto a los usuarios del servicio como a las UGEL de su jurisdicción y en el caso de los CETPRO a las direcciones regionales de educación.
Las universidades (públicas y privadas) y las escuelas de postgrado pueden optar por reprogramar su calendario académico o implementar temporalmente la adaptación de no presencial de sus asignaturas, de acuerdo con las orientaciones dadas por Minedu y Sunedu.
Descargue en PDF la resolución
Fuente: Midedu




![Cuatro supuestos de desnaturalización de los contratos modales: a) El trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, b) cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, c) si el titular del puesto sustituido no se reincorpora, vencido el término legal, y el trabajador contratado continúa laborando, d) cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude [Casación 25800-2022, Huánuco, f. j. 6 (6.2)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Campaña municipal de sensibilización sobre el uso de la bicicleta no acredita, por sí sola, el cumplimiento del Reglamento de la Ley que Promueve el Uso de la Bicicleta como Medio de Transporte Sostenible, cuando dicha actividad no está prevista en instrumentos de planificación ni formalizada mediante resoluciones administrativas [Exp. 07856-2024-0, ff. jj. 5.8-5.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Informe-tecnico-106-2021-SERVIR-uso-bicicleta-LP-218x150.png)
![La invocación de una mera «actitud sospechosa», no asimilable a flagrancia ni a indicios suficientes, no justifica la detención y no puede convalidarse por fines preventivos o pruebas obtenidas mediante esa actuación, pues se vulneraría el principio de legalidad [Fernández Prieto y Tumbeiro vs. Argentina, ff. jj. 70-75]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) [actualizado 2026] Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27337-LP-218x150.png)

![Si la sociedad opta por la convocatoria notarial, los acuerdos adoptados en junta pueden inscribirse en Sunarp aunque no se cuente con el libro de actas; no hay que acreditar imposibilidad alguna, la convocatoria notarial lo acredita por sí sola [Res. 906 -2012-SUNARP-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Cuatro reglas sobre reposición y reconocimiento del vínculo laboral en el sector público que inaplican el precedente Huatuco Huatuco: (i) existe relación laboral a plazo indeterminado cuando se verifica fraude en la contratación de trabajador con vínculo laboral vigente; (ii) la reposición tiene carácter transitorio en casos de nulidad de despido; (iii) se excluye a obreros de gobiernos municipales, regionales y organismos de la Administración pública; y (iv) se excluye a funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza [Casación Laboral 11090-2023, La Libertad, f. j. 22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-1024x538-1-218x150.png)
![La imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad no vulnera el principio de legalidad —incluso si son anteriores a su tipificación—, pues constituye una norma de «ius cogens» que prevalece sobre disposiciones internas como la prescripción [RN 948-2023, CSNJ Penal Especializada, ff. jj. 26-27, 35, 37, 39]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/JUICIO-JUEZ-CONDENA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial (versión 002) [RA 000170-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley 27815) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento (DS 217-2019-EF) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Decreto-Legislativo-del-Sistema-Nacional-de-Abastecimiento-LPDerecho-218x150.png)




















![Cuatro supuestos de desnaturalización de los contratos modales: a) El trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, b) cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, c) si el titular del puesto sustituido no se reincorpora, vencido el término legal, y el trabajador contratado continúa laborando, d) cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude [Casación 25800-2022, Huánuco, f. j. 6 (6.2)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)


