La presidenta de la república, Dina Boluarte, afirmó este jueves 6 de febrero que los derechos humanos (DD. HH.) no pueden convertirse «en un privilegio de los criminales«. Estas declaraciones las ofreció durante la inauguración de la maestría en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia (MINJUSDH):
No podemos permitir que el discurso de los derechos humanos sea utilizado como un arma ideológica para socavar la autoridad del Estado y deslegitimar el principio del orden. No podemos permitir que los derechos humanos sean privilegio de los criminales mientras nuestra Policía y las Fuerzas Armadas quedan abandonadas a su suerte.
Muchas oenegés financiadas con dineros que provenían del mundo internacional, priorizaban los derechos de aquellos criminales. En muchos países hemos visto como este concepto ha sido tergiversado para justificar agendas que erosionan la seguridad, desestabilizan las democracias y debilitan la soberanía de las naciones. Aquí nuestra visión es clara: los derechos humanos deben proteger la libertad individual, el derecho a la propiedad y la seguridad jurídica sin que sean excusa para el caos o la impunidad.

Inscríbete aquí Más información
En este contexto, destacó la colaboración entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Centro de Altos Estudios Nacionales, que han trabajado conjuntamente para el desarrollo de la maestría.
Según la jefa de Estado, esta iniciativa busca consolidarse como un espacio de formación para quienes defienden la patria, la ley y la libertad, libre de influencias ideológicas violentistas. Al respecto, sostuvo lo siguiente:
Que sea una trinchera de formación para quienes defiende la patria, la ley y la libertad, sin ideologías violentistas. […] Queremos egresados que entiendan que la democracia no es un regalo ni una simple estructura electoral, sino una conquista que debe ser protegida con conocimiento, visión y determinación.

![La suspensión de la prescripción tiene el mismo plazo de duración de la investigación preparatoria formalizada [Exp. 04685-2022-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Falsedad genérica: La falsedad no se limita a la inexistencia de una disposición de conclusión de investigación preparatoria, sino en la realización de un cambio de situación procesal en el SGF, sin sustento documental ni acto fiscal válido, como es la notificación [Apelación 168-2024, Sullana, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente sobre el derecho de uso minero gratuito sobre predios eriazos propiedad del Estado [Resolución 0120-2026-Sunarp/PT] Mineros ilegales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/mineria-ilegal-4-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En caso de duplicidad de partidas y dos cadenas de propiedad totalmente distintas, no gana automáticamente quien inscribió primero: Suprema hizo prevalecer un título colonial de 1746 protocolizado ante notario en 1923, frente a un título adquirido en una subasta pública del año 2015 [Casación 10599-2024, Lima Sur]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![No procede la calificación de títulos conexos al amparo del art. 40-A del Reglamento General de los Registros Públicos, cuando el título presentado en segundo lugar no constituye acto previo del título presentado en primer lugar [Resolución 1132-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/notario-civil-casa-matrimonio-documento-acta-sello-testamento-heredero-union-divorcio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El nombramiento de curador a futuro (art. 568-A CC) es distinto a la designación de apoyo a futuro (art. 659-F CC); por ende, el nombramiento no es incompatible con la designación previamente inscrita [Resolución 2436-2026-Sunarp-TR] Tribunal registral - registral - Sunarp](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Tribunal-registral-registral-Sunarp-LPDerecho-218x150.png)


![Primera Sala Constitucional declara fundado el habeas corpus de ciudadana que fue reprimida arbitrariamente por su condición de transgénero en un acto de protesta [Exp. 03147-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Incorporan a la PNP, Reniec y Serfor a comisión contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes [Decreto Supremo 006-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/trata-de-personas-2-218x150.png)
![Aprueban plan de deshacinamiento penitenciario 2026-2028 [RM 0203-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/reo-encarcelado-esposado-detenido-penitenciario-carcel-LPDerecho-218x150.png)
![Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-LEY-27444-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) [actualizado 2026] Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27337-LP-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/BANNER-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley 27815) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)













![De conformidad con el art. 59.1 del Reglamento, el miembro suplente del comité de selección asume la posición del titular ausente en lo sucesivo del procedimiento de selección en la etapa en que se encuentre [Opinión D000046-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Sentenciados por omisión de alimentos que paguen el 70 % de la deuda podrán acceder a conmutación de pena [DS 010-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/detencion-no-pago-de-alimentos-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/BANNER-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





