A través de la Resolución Administrativa 000177-2021-P-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano, establecen la conformación de la sala penal permanente y sala penal transitoria de la Corte Suprema, debido a que la suspensión por 30 días, impuesta al juez César San Martín Castro, vence hoy 17 de marzo de 2021.
Disponen la conformación de la Sala Penal Permanente y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000177-2021-P-PJ
Lima, 16 de marzo del 2021
CONSIDERANDO:
Primero: Que, mediante Resolución N.° 011-2021-PLENO-JNJ del 5 febrero de 2021, la Junta Nacional de Justicia, impuso al señor César Eugenio San Martín Castro, juez supremo titular, la sanción de 30 días de suspensión; haciéndose efectiva a partir del 16 febrero de 2021.
Segundo: Que, es atribución de la Presidencia del Poder Judicial, designar a los señores jueces supremos que integrarán las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad con lo señalado en el numeral 5 del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Tercero: Que, mediante Resolución Administrativa N.° 000133-2021-P-PJ, la Presidencia del Poder Judicial, dispuso una nueva conformación en la Sala Penal Permanente y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 16 de febrero de 2021; designándose a los señores jueces supremos titulares Víctor Roberto Prado Saldarriaga y José Luis Lecaros Cornejo, como presidentes de los citados órganos jurisdiccionales, respectivamente.
Cuarto: Que, la fecha de sanción de suspensión por 30 días, impuesta al señor César Eugenio San Martín Castro, juez supremo titular, vence el 17 de marzo de los corrientes; en ese sentido, la Presidencia de este Poder del Estado, debe adoptar las medidas para garantizar la dinámica y efectividad de la Sala Penal Permanente y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, resultando necesario efectuar una nueva conformación en dichos órganos jurisdiccionales.
En consecuencia, estando a lo expuesto precedentemente, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que, a partir del 18 de marzo de 2021, la Sala Penal Permanente y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, estarán conformadas de la siguiente manera:
SALA PENAL PERMANENTE:
1. Sr. César Eugenio San Martín Castro (Presidente)
2. Sr. Iván Alberto Sequeiros Vargas
3. Sr. Erazmo Armando Coaguila Chávez
4. Sra. Sonia Bienvenida Torre Muñoz
5. Sra. Norma Beatriz Carbajal Chávez
SALA PENAL TRANSITORIA
1. Sr. José Luis Lecaros Cornejo (Presidente)
2. Sr. Víctor Roberto Prado Saldarriaga
3. Sra. Susana Ynes Castañeda Otsu
4. Sra. Iris Estela Pacheco Huancas
5. Sr. Iván Salomón Guerrero López
Artículo Segundo.- Notificar la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a los Presidentes de la Sala Penal Permanente y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Tumbes, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia e interesados.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta

![La suspensión de la prescripción tiene el mismo plazo de duración de la investigación preparatoria formalizada [Exp. 04685-2022-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Falsedad genérica: La falsedad no se limita a la inexistencia de una disposición de conclusión de investigación preparatoria, sino en la realización de un cambio de situación procesal en el SGF, sin sustento documental ni acto fiscal válido, como es la notificación [Apelación 168-2024, Sullana, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente sobre el derecho de uso minero gratuito sobre predios eriazos propiedad del Estado [Resolución 0120-2026-Sunarp/PT] Mineros ilegales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/mineria-ilegal-4-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En caso de duplicidad de partidas y dos cadenas de propiedad totalmente distintas, no gana automáticamente quien inscribió primero: Suprema hizo prevalecer un título colonial de 1746 protocolizado ante notario en 1923, frente a un título adquirido en una subasta pública del año 2015 [Casación 10599-2024, Lima Sur]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![No procede la calificación de títulos conexos al amparo del art. 40-A del Reglamento General de los Registros Públicos, cuando el título presentado en segundo lugar no constituye acto previo del título presentado en primer lugar [Resolución 1132-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/notario-civil-casa-matrimonio-documento-acta-sello-testamento-heredero-union-divorcio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El nombramiento de curador a futuro (art. 568-A CC) es distinto a la designación de apoyo a futuro (art. 659-F CC); por ende, el nombramiento no es incompatible con la designación previamente inscrita [Resolución 2436-2026-Sunarp-TR] Tribunal registral - registral - Sunarp](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Tribunal-registral-registral-Sunarp-LPDerecho-218x150.png)

![Primera Sala Constitucional declara fundado el habeas corpus de ciudadana que fue reprimida arbitrariamente por su condición de transgénero en un acto de protesta [Exp. 03147-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Incorporan a la PNP, Reniec y Serfor a comisión contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes [Decreto Supremo 006-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/trata-de-personas-2-218x150.png)
![Aprueban plan de deshacinamiento penitenciario 2026-2028 [RM 0203-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/reo-encarcelado-esposado-detenido-penitenciario-carcel-LPDerecho-218x150.png)
![Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-LEY-27444-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) [actualizado 2026] Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27337-LP-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/BANNER-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley 27815) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)













![De conformidad con el art. 59.1 del Reglamento, el miembro suplente del comité de selección asume la posición del titular ausente en lo sucesivo del procedimiento de selección en la etapa en que se encuentre [Opinión D000046-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Modifican Reglamento del reconocimiento de grados y títulos otorgados en el extranjero [Resolución 0021-2026-Sunedu-CD]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/sunedu-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Despido por diagnóstico de cáncer será nulo: modifican reglamentos de los regímenes laborales público y privado [Decreto Supremo 008-2026-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/mujer-cancer-despido-LPDerecho-218x150.png)


![Sentenciados por omisión de alimentos que paguen el 70 % de la deuda podrán acceder a conmutación de pena [DS 010-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/detencion-no-pago-de-alimentos-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/BANNER-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-324x160.jpg)





![No se puede exigir al trabajador acreditar hechos con documentos que están en poder del empleador, como planillas o registros laborales, pues ello implica una indebida inversión de la carga de la prueba [Casación 23884-2023, Del Santa, ff. jj. 16, y 19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-PRONTO-CODEX-LABORAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Multan a Interbank con 93 UIT por trato diferenciado según edad en productos financieros [Res. Final 0877-2025/CC1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-interbank-fachada-LPDerecho-324x160.jpg)