El Pleno del Congreso de la República aprobó la moción de interpelación a la ministra de Educación, Flor Pablo Medina, debido a presuntos errores en los libros del curso de «Desarrollo, ciudadanía y cívica» en relación con su contenido sexual.
La ministra deberá presentarse ante el hemiciclo el próximo 9 de mayo, y responder las 29 preguntas que conforman el pliego interpelatorio.
Fuerza Popular, la bancada que presentó la moción, considera que Flor Pablo Medina, cuando era secretaria técnica encargada del Consejo Nacional de Educación, «pudo incidir oportunamente» para adoptar los cambios necesarios.
PREGUNTAS PLIEGO INTERPELATORIO
1. Con respecto llamado enfoque de género o enfoque de igualdad de género incluido por el MINEDU en el Currículo de Educación Básica Regular:
¿ Todos tenemos identidad de género o sólo algunas personas? ¿En qué consiste la “identidad de género” a que se refiere el currículo? Los conceptos identidad de género y enfoque de género del MINEDU ¿Son los mismos definidos en MINAGRI, MIMP, MININTER, MINERGYMINAS, MINSA, etc.? ¿Es una única herramienta considerada por la ONU en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)? ¿Es el “enfoque de género” un derecho humano como declara la ONG Amnistía Internacional o es sólo una herramienta de trabajo?
2. ¿Qué dirección y funcionarios del Ministerio de Educación son los encargados de elaborar, supervisar y aprobar el Currículo Nacional de Educación Básica? Y ¿Cuáles son los lineamientos o normas técnicas empleadas para dicha elaboración?
3. ¿Qué órganos del Ministerio de Educación son los encargados de elaborar los indicadores de medición de calidad, criterios pedagógicos y de garantizar su cumplimiento en los textos escolares?
4. ¿Qué órganos del Ministerio de Educación son los encargados de elaborar los textos escolares? ¿Cuáles son los indicadores de medición de calidad, criterios pedagógicos y de garantizar el cumplimiento de normas correspondientes? ¿Considera que los textos escolares distribuidos a la comunidad educativa cumplen con las políticas educativas instauradas por el Ministerio de Educación?
5. Para la elaboración de los textos escolares ¿Se llevó a cabo un procedimiento de selección? De ser afirmativa la respuesta, ¿Cuál fue el procedimiento de selección
para la elaboración de los textos escolares? En consecuencia, si se tuvo un procedimiento de selección para la elaboración del contenido de los textos, ¿cuál fue la empresa o quiénes fueron los especialistas contratados?
Según los términos de referencia de la contratación, ¿qué órgano fue el encargado de dar conformidad al servicio de elaboración de los textos escolares? ¿intervinieron otros órganos o funcionarios? ldentifíquelos.
6. ¿Se han iniciado medidas disciplinarias contra funcionarios o servidores por el contenido de los textos escolares? Si la respuesta es afirmativa, ¿cuál es el grado de responsabilidad identificado en ellos? ¿En qué estado se encuentran los procesos iniciados? ¿qué medidas cautelares o definitivas se han adoptado respecto de ellos? Identifique a las personas comprendidas en dichas medidas y su grado de responsabilidad.
7. Si las competencias y funciones en el sector educación ya han sido descentralizadas y transferidas a los Gobiernos Regionales, ¿Por qué el Ministerio sigue elaborando los textos escolares con contenidos estándares sin tener en cuenta la diversificación curricular en cada región? ¿Cuántos textos se han elaborado y distribuido por cada nivel de estudio para el presente año escolar?
8. En estos últimos años se ha advertido 3 tipos de errores: tipográficos, ortográficos y de contenido en los textos escolares. A las personas o editoriales encargadas tanto de la elaboración como de la revisión de los textos escolares, ¿ Qué penalidades o sanciones se les ha aplicado? ¿Qué otras acciones se han adoptado contra ellos? ¿Existe alguna
política de confidencialidad respecto a.I acceso y divulgación de quiénes formulan los textos escolares, en particular los que desarrollan los temas referidos a la ideología u enfoque de género?
9. La Constitución Política del Estado en su artículo 13º señala que: “los padres tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de participar en el proceso educativo”. En este contexto, ¿Con cuántos padres de familia se ha consultado el denominado “enfoque de género” y por cuánto tiempo? Precise con qué colectivos o instituciones de padres se realizaron estas consultas.
10. ¿El CNE (Consejo Nacional de Educación) o alguna dependencia del MINEDU, propició, impulsó y/o logró la participación de los padres de familia para el PEN 21 (Proyecto Educativo Nacional 2021 )? ¿Se ha garantizado la participación de los padres en la elaboración del PEN 36 (Proyecto Educativo Nacional 2021)?
11. Si la demanda de Padres en Acción que solicitaba la exclusión del enfoque de género del currículo escolar fue declarada “fundada en parte” en primera instancia el 13 de julio de 2017, por lo que el MINEDU estaba prohibido de publicar y distribuir cualquier material sobre ideología o enfoque de género ¿Por qué existiendo un mandato judicial de la Primera
Sala que prohibía al Ministerio de Educación promover esta ideología o enfoque, la incluyó desacatando la disposición judicial desde el 2018? ¿En qué fecha fueron elaborados y aprobados los materiales educativos?.
12. ¿Se ha identificado a los responsables directos de la inclusión de los links en los textos escolares? ¿Qué medidas se han tomado para iniciar el proceso de inhabilitación de los funcionarios involucrados para trabajar en el sector público sobre todo en el Ministerio de Educación?
13. En el seguimiento al Proyecto Educativo Nacional 2007-2021 se advirtió durante el desarrollo de las mesas de consulta sobre textos escolares que los aspectos referidos a género y violencia/terrorismo fueron manejados de manera inadecuada tanto en la organización así como entrega de los materiales, metodología y personal sin manejo suficiente
1. ¿ Tenía conocimiento de esta información? ¿Qué acciones realizó? ¿Por qué no fue una de las primeras acciones de su gestión?
14. Cada año se plantea cumplir con metas sobre los objetivos en la educación, ¿Podría precisar si estas metas se logran cumplir en relación al aprendizaje y si los textos escolares son herramientas útiles para poder alcanzar dichos objetivos?
15. Respecto a la denuncia interpuesta en su contra. ¿Cuándo se tomó la decisión de suscribir la Adenda del Contrato 002-2014-MINEDU/SGOGA-UABAS-APS? ¿ Tuvo conocimiento de ello o se suscribió a sus espaldas? ¿Cuál es la línea de responsabilidad en la toma de decisiones? ¿un funcionario bajo su mando puede tomar ese tipo de decisiones sin consultarle?
16. La Comisión de Educación y diversos congresistas, de manera independiente, solicitaron información mediante diversos oficios al Ministerio de Educación respecto del proceso de elaboración y reedición de los materiales educativos , que hasta el momento no han obtenido respuesta. ¿Existe alguna política de confidencialidad respecto al acceso
y divulgación de quiénes formulan los textos escolares en particular los de ideología o enfoque de género?
(…)
Descargue el pliego interpelatorio aquí

![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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