Publicar que funcionario estuvo incurso en irregularidades en su gestión sustentado en una sanción administrativa hace aplicable la «exceptio veritatis» [RN 3561-2011, Ucayali]

Fundamentos destacados. TERCERO:

QUINTO: Que, en base a las consideraciones precedentes, se tiene que ante la inexistencia de la acción dolosa del querellado, pues este no tuvo la voluntad especifica de lesionar el honor de la querellante; sino que actúo en interés de una causa pública, al tener la querellante la calidad de funcionaria pública, cuyos actos deben ser controlados, y habiéndose demostrado la veracidad de las imputaciones es procedente la «exceptio veritatis«.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA PENAL PERMANENTE
R.N. N.° 3561-2011, Ucayali

Lima, treinta y uno de enero de dos mil trece.-

VISTOS; interviniendo como ponente la señora Jueza Suprema Tello Gilardi; el recurso de nulidad interpuesto por la querellante Magda Angélica Rengifo Tang contra la sentencia de fojas trescientos ochenta y dos al trescientos ochenta y siete, del treinta de setiembre de dos mil once, que revocó la sentencia, a fojas doscientos cincuenta y tres, de fecha diez de mayo de dos mil once, en el extremo que falla: reservando el fallo condenatorio a Roy Maynas Villacrez, como autor del delito Contra el Honor- Difamación, en agravio de Magda Angélica Rengifo Tang, por el periodo de prueba de un año, sujeto a reglas de conducta y fijó en la suma de un mil nuevos soles, por concepto de reparación civil, que deberá abonar el sentenciado a favor de la agraviada, y reformándola: Absolvieron a Roy Maynas Villacrez, como autor del delito Contra el Honor- Difamación, en agravio de Magda Angélica Rengifo Tang; de conformidad con el dictamen del señor Fiscal Supremo en lo Penal y CONSIDERANDO:

[Continúa…]

Descargue la resolución aquí

Comentarios: