Inflación de sospechas: el nuevo desorden del proceso penal peruano

Sumario: 1. Planteamiento del problema; 2. Los grados de sospecha según la SPC 1-2017; 3. Estado actual sobre los grados de sospecha a través de la jurisprudencia; 4. Apreciaciones finales.


1. Planteamiento del problema

La teoría sobre los estándares de prueba ha ingresado de forma rauda a nuestro sistema procesal penal. Tal es así que la Corte Suprema ha acogido rápidamente dicha corriente y la ha plasmado en la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017, fundamento 24 (en adelante, SPC), donde ha precisado que existen grados de sospecha para cada etapa del proceso penal: desde las diligencias preliminares hasta la emisión de una sentencia.

Entendemos que la finalidad de fijar grados de sospecha para cada etapa del proceso penal era establecer un norte claro; es decir, esclarecer los requisitos que deben concurrir para transitar de una etapa a otra, siempre acompañados de elementos de convicción.

Hasta ahí, todo resulta coherente. Sin embargo, a estas alturas, y transcurrido un tiempo prudencial, la situación ha tomado un rumbo distinto. Se ha configurado una bifurcación en los grados de sospecha plasmados en la SPC, la cual, a su vez, se ha ramificado en cada incidencia que se presenta en el proceso, especialmente en las medidas cautelares.

Todo ello ha llevado a que los grados de sospecha establecidos inicialmente hayan adquirido diversas tonalidades, generando una proliferación de categorías que, al parecer, se alejan progresivamente de la unidad. Se configura así una especie de “Torre de Babel”, donde se pretende construir un estándar a partir de múltiples grados de sospecha que, pese a su desarrollo, están generando una confusión creciente, volviendo el sistema incluso ininteligible ante la variedad de tipos de sospecha existentes.

2. Los grados de sospecha según la SPC 01-2017

La Corte Suprema, con la finalidad de establecer escalas probatorias para cada etapa del proceso penal, emitió la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017, en la que, a grandes rasgos, se fijaron grados de sospecha para cada etapa procesal, con el propósito de dotar de mayor claridad al sistema:

ETAPA PROCESAL

GRADO DE SOSPECHA
Diligencias preliminares Sospecha inicial simple
Formalización de investigación preparatoria Sospecha reveladora
Requerimiento de acusación Sospecha suficiente
Prisión preventiva Sospecha fuerte
Sentencia No precisa un grado de sospecha

Conforme a este esquema, se podía advertir —al menos en teoría— en qué etapa del proceso se encontraba un caso según el grado de sospecha alcanzado. Así, esta construcción pretendía sentar un horizonte claro sobre las etapas del proceso penal.

3. Estado actual sobre los grados de sospecha a través de la jurisprudencia

Pese a los parámetros establecidos por la Corte Suprema en la SPC 1-2017, con el transcurso del tiempo y la asimilación de este enfoque por parte de los operadores jurídicos, se ha generado una proliferación de rótulos que ha terminado por inundar el sistema procesal.

En ese sentido, el presente ensayo pone de relieve que el estado actual de los grados de sospecha, lejos de aportar orden en la resolución de casos concretos, ha derivado en un escenario confuso. Se han construido tipos de sospecha para casi cada incidencia procesal y, en muchos casos, sin uniformidad.

A continuación, se presenta un cuadro que sintetiza los distintos grados de sospecha desarrollados por la jurisprudencia:

ETAPA O INCIDENTES TIPOS DE SOSPECHA JURISPRUDENCIA
1 Diligencias preliminares Sospecha inicial simple Sentencia plenaria casatoria 1-2017
2 Detención judicial en flagrancia Estándar mínimo de cierta probabilidad Recurso de Apelación 248-2022 / Suprema
3 Detención judicial en no flagrancia Sospecha meridianamente reveladora Recurso de Apelación 172-2022 Apurímac
Razones plausibles Recurso de Apelación 157-2022 / Suprema
4 Impedimento de salida del país Sospecha razonable Recurso de Apelación 147-2024
Sospecha razonable Recurso de Apelación 64-2021
Sospecha reveladora Apelación 42-2021 Junín
5 Formalización de investigación preparatoria Sospecha reveladora Sentencia plenaria casatoria 1-2017
6 Comparecencia con restricciones Sospecha razonable Recurso de Apelación 64-2021
Sospecha reveladora Recurso de Apelación 53-2025 Suprema; Recurso de Apelación 274-2023 Suprema y Casación 2253-2021 Ventanilla
Sospecha reveladora/sospecha suficiente Apelación 42-2021 Junín
7 La suspensión preventiva de derechos Sospecha suficiente Apelación 112-2021 Ucayali
8 Sobreseimiento Probabilidad prevaleciente o preponderante Acuerdo Plenario 7-2023
9 Acusación Probabilidad prevaleciente o preponderante Acuerdo Plenario 7-2023
Sospecha suficiente Sentencia plenaría casatoria 1-2017
10 Prisión preventiva Sospecha fuerte Sentencia plenaría casatoria 1-2017
Sospecha grave y fundada Casación 20-2020 Tacna
Sospecha vehemente Casación 247-2022 Ucayali y Casación 506-2018 Lima

4. Apreciaciones finales

Tal como se ha podido apreciar en el cuadro precedente, existe una multiplicidad de tipos de sospecha para cada etapa del proceso penal, así como para diversas incidencias dentro de la investigación, especialmente en el ámbito de las medidas cautelares.

Si bien es cierto que toda medida que implique la restricción de derechos del investigado debe sustentarse en suficientes elementos de convicción —tal como lo establece el Código Procesal Penal de 2004—, también lo es que dicho cuerpo normativo no ha fijado estándares con precisión cuantitativa o “matemática”. Ante esta indeterminación, la Corte Suprema ha optado por rotular distintos tipos de sospecha para cada supuesto.

No obstante, esta práctica ha terminado por desbordar la finalidad inicial de los estándares probatorios. La proliferación de categorías ha diluido los criterios que deberían servir como umbrales claros para el tránsito entre etapas procesales o para la imposición de medidas cautelares. En consecuencia, lejos de aportar claridad, esta diversificación está generando mayor confusión en el sistema.

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