La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA-PJ), presidida por la jueza suprema Mariem De La Rosa Bedriñana, dicta una medida cautelar de suspensión preventiva por seis meses en contra del magistrado Luis Alberto Torrejón Rengifo, juez superior integrante de la Sala Penal de Apelaciones – en Adición Sala Penal Liquidadora de Bagua, de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, por expresiones peyorativas en contra de dos juezas integrantes del mismo colegiado, durante una audiencia pública.
La medida dictada es para garantizar que no se vuelvan a repetir los mismos hechos, ni otros de similar significación al interior del Poder Judicial, los cuales han causado repercusión negativa en la sociedad, ya que con sus expresiones que serían peyorativas no haría otra cosa que fomentar e incrementar la violencia contra la mujer.
Por las presuntas inconductas funcionales antes mencionadas, el juez Torrejón Rengifo, afronta procedimiento disciplinario en la OCMA, habiéndosele otorgado el plazo de cinco (5) días para que emita su informe de descargo respecto de los hechos materia del procedimiento.
La investigación está a cargo de la Unidad de Prevención Especial de este órgano contralor, que viene recabando diversos elementos como, el record de medidas disciplinarias, copia del audio y video de la audiencia judicial que motivó el presente procedimiento, y otros para su correcta evaluación y análisis de los hechos.
Lima, 06 de abril de 2022
Fuente: OCMA
?⚖️⚖?? #OCMA dicta suspensión preventiva por 6 meses en contra de Luis Alberto Torrejón Rengifo, juez superior integrante de la Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Bagua (Corte Superior de Justicia de Amazonas).
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[Nota original 31.3.2022]
OCMA abre investigación a juez superior Luis Torrejón por maltrato a juezas
Luego de que LP Pasión por el derecho destacara un vídeo en el cual se aprecia que un juez superior maltrata psicológicamente a sus colegas juezas en plena audiencia, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA-PJ), presidida por la jueza suprema Mariem de La Rosa Bedriñana, tomó cartas en el asunto.
Así, a través de la Nota de Prensa 0015-2020, la OCMA informó el inició acciones contraloras en contra del magistrado Luis Alberto Torrejón Rengifo, juez superior de la Sala Penal de Apelaciones y Penal Liquidadora de Bagua de la Corte Superior de Justicia de Amazonas.
En la Nota se indica que la jefa de la OCMA señaló que «al tomar conocimiento, mediante una nota periodística, de las presuntas inconductas funcionales que habría asumido el magistrado Luis Alberto Torrejón Rengifo, durante una audiencia pública, cuyos términos están contenidos en el audio y vídeo de conocimiento público, dispuso que la ‘Unidad de Prevención Especial de la OCMA’, se haga cargo de la sustanciación de la investigación».
Una vez efectuado el pronunciamiento de la magistrada sustanciadora a cargo de la investigación, dice la Nota, se hará de conocimiento público de manera inmediata.
Como se recuerda, el magistrado Torrejón Rengifo es autor del libro Otra mirada al Baguazo. Los retos de la justicia intercultural, donde repasa los acontecimientos, el papel de los actores, las responsabilidades políticas y jurídicas de los actos de protesta bautizados con el sambenito de Baguazo.
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![La prescripción adquisitiva de dominio de un copropietario respecto de un bien común es nula por atentar la norma imperativa regulada en el art. 985 CC, por lo que, de manera «extensiva», puede ser cuestionado judicialmente a través de un proceso de nulidad de acto jurídico por la causal regulada en el inc. 8, art. 219 CC [Casación 5056-2019, Arequipa, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![No existe incongruencia extra petita en el fallo, si el juez ordena que se cancele la inscripción registral en la que aparece como propietario del inmueble el demandado, ya que esta situación está estrechamente vinculada a la declaración de propietario por prescripción adquisitiva al actor, siendo una lógica consecuencia de esta a la luz del art. 952 CC [Casación 2345-2018, Lima Este, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-218x150.jpg)
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