Este lunes en conferencia de prensa, el gobierno lanzó la línea gratuita 1819 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a fin de atender las denuncias de acoso sexual en los centros de labores de todo el país.
El presidente Martín Vizcarra participó de la inauguración del servicio junto al titular del MTPE, Christian Sánchez Reyes, cuyo sector otorgará orientación legal y psicológica a las personas denunciantes.
El servicio 1819, Línea de Denuncias de Hostigamiento Sexual en el Ámbito Laboral, atenderá de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
“Permite a todos los trabajadores y trabajadoras tener un canal que acerca al ciudadano al Estado para una denuncia que permita atender la violencia en su primer estado: el acoso”, señaló el mandatario.
Presidente @MartinVizcarraC: Se continuará asignando mayor presupuesto para generar más iniciativas como la línea 1819, que permitan brindar asesoría en el tiempo adecuado y así combatir los casos de violencia contra la mujer. #TrabajaSinAcoso pic.twitter.com/zit44hLyPK
— Presidencia Perú (@presidenciaperu) 15 de octubre de 2018
Por su parte, en declaraciones a la Agencia Andina, el titular del MTPE agregó que se mantendrá estricta confidencialidad de los nombres de las personas y, que si lo requieren, recibirán ayuda psicológica de manera presencial en la oficina Trabaja Sin Acoso.
Asimismo, desde febrero de 2018 el MTPE pone a disposición de la ciudadanía la plataforma Trabaja sin acoso que recoge la Guía práctica para la prevención y sanción del hostigamiento sexual, el Test de identificación y ¿Qué hacer?, entre otros documentos.
Legislación contra el acoso
Cabe recordar que el 12 de setiembre se publicó el Decreto Legislativo 1410, que modificó el Código Penal e incorporó los delitos de acoso, acoso sexual, difusión de imágenes con contenido sexual y chantaje sexual.
Desde el 2015, el hostigamiento sexual se encuentra reconocido de manera
específica en la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su reglamento.
La norma señala que el hostigamiento sexual típico es la conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual o sexista no deseada, realizada por una o más personas que se aprovechan de una posición de jerarquía o cualquier otra situación ventajosa, mientras que el hostigamiento sexual ambiental consiste en que dicha conducta es realizada con prescindencia de grado o jerarquía que crea un clima de intimidación.

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