Artículo 269.- Peligro de fuga*
Para calificar el peligro de fuga, el juez tendrá en cuenta:
1. El arraigo en el país del imputado, determinado por el domicilio, residencia habitual, asiento de la familia y de sus negocios o trabajo y las facilidades para abandonar definitivamente el país o permanecer oculto;
2. La gravedad de la pena que se espera como resultado del procedimiento;
3. La magnitud del daño causado y la ausencia de una actitud voluntaria del imputado para repararlo;
4. El comportamiento del imputado durante el procedimiento o en otro procedimiento anterior, en la medida que indique su voluntad de someterse a la persecución penal; y
5. La pertenencia del imputado a una organización criminal o su reintegración a las mismas.
*Artículo modificado por la Ley 30076, publicada el 19 de agosto de 2013 (link: bit.ly/44KHMrq).
Concordancias
NCPP: art. 293.1; CC: arts. 33-41.
Jurisprudencia del artículo 269 del Código Procesal Penal
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Corte Suprema
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- NUEVO: Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica, f. j. 1.26]. Link: lpd.pe/yA37L
- NUEVO: No se considera una variación del arraigo domiciliario si, desde el inicio del proceso, el investigado manifestó ante la autoridad judicial que residía y trabajaba en el extranjero, aun cuando en su declaración preliminar consignó un domicilio nacional [RN 1072-2024, Lima]. Link: lpd.pe/0ARDj
- NUEVO: Pluralidad de domicilios no determina que se carezca de arraigo domiciliario (caso Sada Goray) [Casación 420-2024, Nacional]. Link: lpd.pe/krWg4
- NUEVO: La pertenencia del imputado a una organización criminal como indicio de peligro de fuga implica que la misma no esté desarticulada (caso Sada Goray) [Casación 420-2024, Nacional]. Link: lpd.pe/pRE7X
- NUEVO: Meros viajes al extranjero no acreditan la existencia de un peligro de fuga [Casación 420-2024, Nacional]. Link: lpd.pe/pKE5y
- NUEVO: Ius tacendi: Faltar a las diligencias no acredita que se quiso huir de la acción de la justicia [Casación 996-2024, Tacna]. Link: lpd.pe/0zJvK
- NUEVO: Que investigado tenga varios domicilios —consignados ante la justicia— no debilita su arraigo (caso Los Hospitalarios) [Casación 524-2023, Ayacucho]. Link: lpd.pe/kgQBq
- Arraigo no es débil por el solo hecho de que el investigado sea empresario extranjero [Casación 1789-2022, Puno]. Link: bit.ly/3MhxZB0
- Existe peligro de fuga del «no habido» que participa en audiencias virtuales [Casación 605-2022, Nacional]. Link: bit.ly/3POhMHb
- NUEVO: Elección de ciudadano a cargo público representativo refuerza el arraigo laboral (caso Luna Gálvez) [Casación 2934-2022, Nacional]. Link: lpd.pe/k6ejv
- El «arraigo» es un criterio que limita el riesgo de fuga [Casación 50-2020, Tacna]. Link: bit.ly/3bGdsHW
- No se puede exigir un trabajo dependiente, formal y permanente o una línea de vida laboral para acreditar el arraigo laboral [Casación 1445-2018, Nacional]. Link: bit.ly/3yhn9UF
- Criterios razonables para determinar el peligro de fuga [Casación 1445-2018, Nacional]. Link: bit.ly/3yI2Rp3
- Inasistir a citaciones policiales o fiscales no configura un peligro de obstaculización, pero sí un peligro de fuga [Casación 1673-2017, Nacional]. Link: bit.ly/3NNmCQR
- Dimensiones del arraigo: La posesión, el arraigo familiar y el arraigo laboral [Casación 631-2015, Arequipa]. Link: bit.ly/3yugAj8
- Asumir el peligro de fuga del imputado solo porque es extranjero es discriminatorio [Casación 631-2015, Arequipa]. Link: bit.ly/3yugAj8
- NUEVO: El arraigo domiciliario queda descartado si el imputado comenzó a radicar en el extranjero y matriculó a sus hijos en una escuela de dicho país [RN 629-2024, Lima]. Link: lpd.pe/sUnYgm
- La pericia psicológica puede acreditar la falta de arraigo social y el peligro de fuga [RN 1786-2019, Lima]. Link: bit.ly/3y3QYbf
- La exigencia del arraigo es más estricta cuanto más grave es el delito [RN 1882-2018, Lima]. Link: bit.ly/3ycTwnM
- NUEVO: Investigado que tiene el cargo de fiscal provincial titular no pierde arraigo laboral aun cuando sea suspendido disciplinariamente [Apelación 331-2024, Tumbes]. Link: lpd.pe/pzJmr
- NUEVO: Brindar diversos domicilios debilita el arraigo domiciliario (caso Andrés Hurtado) [Apelación 326-2024, Suprema]. Link: lpd.pe/2GE8L
- NUEVO: La condición de fugado o no habido abona la tesis de peligro de fuga ante un eventual cese de la prisión preventiva [Apelación 92-2024, Corte Suprema]. Link: lpd.pe/2vjGB
- NUEVO: El arraigo no requiere que el investigado radique en un mismo lugar, sino que dé información verificable de su paradero [Apelación 38-2024, Ayacucho]. Link: lpd.pe/pK93j
- NUEVO: No existe el arraigo de calidad: Excelente, bueno, regular, malo o pésimo [Apelación 38-2024, Ayacucho]. Link: lpd.pe/pnnOV
- NUEVO: Alegar que el imputado mantiene el domicilio que ha precisado en la investigación no es ninguna garantía de arraigo domiciliario [Apelación 273-2023, Ucayali]. Link: lpd.pe/0AXG9
- NUEVO: La sola declaración de la madre del investigado sobre su dependencia económica con este no es un arraigo familiar de «calidad» ni un supuesto de «discriminación a la soltería» [Apelación 37-2023, Corte Suprema]. Link: lpd.pe/2GeP4
- NUEVO: Ante la condición de «no habido» del imputado, los arraigos no tienen virtualidad de enervar el peligro de fuga [Apelación 236-2022, Del Santa]. Link: lpd.pe/pKLZQ
- Existe un «peligro latente de fuga» si investigado busco acceder a un asilo político (caso Pedro Castillo y Aníbal Torres) [Expediente 00039-2022-2]. Link: bit.ly/3HRFUUl
- No se acredita el arraigo laboral si el trabajo no es «regular en un determinado lugar» [Expediente 34-2020-1]. Link: bit.ly/3udw4W2
- Arraigo familiar: Familiares deben tener dependencia económica respecto del investigado [Expediente 00027-2019-14]. Link: bit.ly/3cnHxwx
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Corte Superior
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- NUEVO: Arraigo familiar: El hecho de encontrar a un padre con su hijo y su cónyuge en un domicilio conocido durante la madrugada es indicativo de una relación familiar clara y existente que disminuye la probabilidad de fuga (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-46, f. j. 6.10.5]. Link: lpd.pe/E63JR
- NUEVO: No existe arraigo familiar solo por tener familia, pues todos forman parte de un grupo familiar, lo que se requiere es una dependencia, necesidad condicionalidad que lo haga difícil de rehuir a la justicia por la vinculación con el núcleo familiar (caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua) [Exp. 00033-2020-46, f. j 3.3]. Link: lpd.pe/NpmY5
- NUEVO: Pedir acreditar el arraigo domiciliario con los gastos de infraestructura o mantenimiento del inmueble es una sobreexigencia no compatible con la realidad de una economía informal [Exp. 3410-2025-31]. Link: lpd.pe/2dANL
- NUEVO: Arraigo laboral: Si el imputado egresó recientemente del penal, no se le puede exigir contar con un trabajo formal [Exp. 01713-2024-1]. Link: lpd.pe/k98yN
- NUEVO: Carencia de familiares constituye falta de arraigamiento, pero no es suficiente para fijar una prisión preventiva [Exp. 01713-2024-1]. Link: lpd.pe/2DxmZ
- NUEVO: Imprecisión entre la dirección indicada por el imputado y la que figura en su ficha Reniec no permite negar la existencia de arraigo domiciliario [Exp. 01713-2024-1]. Link: lpd.pe/kwWQL
- NUEVO: Los fundados y graves elementos de convicción constituyen el «presupuesto del presupuesto del peligro procesal» [Exp. 1740-2024-48]. Link: lpd.pe/kVb9o
- NUEVO: Que el imputado tenga varias propiedades no implica que tenga «domicilio múltiple» (caso Castillo Alva) [Exp. 00253-2022-7]. Link: lpd.pe/0bGnA
- Arraigo familiar de calidad está supeditado a la «dependencia» económica entre el imputado y su familia [Exp. 06160-2021-1]. Link: bit.ly/3nsXbMO
- Peligro de fuga: No basta acreditar que investigado tiene contactos internacionales, sino que tales contactos le permiten ocultarse (caso Martín Vizcarra) [Exp. 00033-2020-5]. Link: bit.ly/3nEW8pi
- NUEVO: Estar arraigado en país extranjero no es suficiente para descartar peligro de fuga: El arraigo debe acreditarse en el ámbito territorial donde se procesa al imputado (caso Jorge Barata) [Exp. 003-2017-159]. Link: lpd.pe/pEmMd
- Que el investigado haya falsificado un certificado médico para reprogramar su declaración indica un riesgo de fuga [Exp. 00010-2017-5]. Link: bit.ly/3y6s0rP
- Arraigo patrimonial: Inexistencia de bienes a nombre del imputado es incompatible con quien ejerció por 20 años altos cargos públicos (caso Félix Moreno) [Exp. 75-2017-23]. Link: bit.ly/3nVQClA
- La intensidad vinculante de los elementos de convicción se traduce en un concreto peligro de fuga (caso Gregorio Santos) [Exp. 00091-2014-13]. Link: bit.ly/3IeeSp5
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Juzgados
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- NUEVO: Incumplimiento de reglas de conducta incrementa el riesgo de fuga [Exp. 00028-2023-1]. Link: lpd.pe/27mzZ
- El peligro de fuga persiste en el estado de emergencia si no hay arraigo [Exp. 596-2020-84]. Link: bit.ly/3OB8Np9
- NUEVO: Contar con abundante movimiento migratorio no es suficiente para sostener que investigada abandonará el país caso Lourdes Flores) [Exp. 00237-2019-7]. Link: lpd.pe/0qNJQ
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Tribunal Constitucional
- NUEVO: TC reitera que la gravedad de la pena y/o la pertenencia del imputado a una organización criminal no bastan, por sí solas, para sustentar el peligro de fuga (aplicación del precedente Yoshiyama) [Exp. 02392-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/k4EdY
- NUEVO: Peligro de fuga: No tener familia o vivir en una comunidad campesina no significa carecer de arraigo familiar o domicilio (voto singular) [Exp. 02287-2023-PHC/TC]. Link: lpd.pe/2vWAY
- NUEVO: Solvencia económica y movimiento migratorio no pueden sustentar un peligro de fuga [Exp. 02179-2023-PHC/TC]. Link: lpd.pe/264Yo
- NUEVO: El peligro procesal debe evaluarse a razón de circunstancias anteriores al mandato de prisión preventiva [Exp. 02918-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/bSqWdn
- NUEVO: Clandestinidad de un imputado a consecuencia de una prisión preventiva posteriormente anulada no genera un peligro procesal ante un nuevo requerimiento [Exp. 02918-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/pb4j1
- NUEVO: La omisión de pronunciamiento sobre un arraigo postulado genera la nulidad de la prisión preventiva [Exp. 04240-2022-PHC/TC]. Link: lpd.pe/0LOQL
- No se configura un arraigo laboral de calidad si abogado con estudios de maestría no labora pudiendo hacerlo, y si lo hiciera, lo podría hacer en cualquier lugar [Exp. 00864-2021-PHC/TC]. Link: bit.ly/3QoxwOv
- Vivir en casa de los padres no implica arraigo domiciliario «de calidad» [Exp. 00864-2021-PHC/TC]. Link: bit.ly/3w4Iz7b
- El «comportamiento procesal» es uno de los elementos más importantes para determinar un riesgo de fuga [Exp. 02926-2019-PHC/TC]. Link: bit.ly/3G6mICf
- El contrato de trabajo sujeto a necesidades de mercado no acredita arraigo laboral [Exp. 06099-2014-PHC/TC]. Link: bit.ly/3OQBkqz
- Tener visa americana no es suficiente para fundamentar el peligro de fuga [Exp. 3214-2014-PHC/TC]. Link: bit.ly/3OxVTs7
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
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- La sola posibilidad de pasar la frontera no implica un peligro de fuga [Stögmüller vs. Austria]. Link: bit.ly/3AoZ7tH
- El peligro de fuga disminuye a medida que transcurren el tiempo de detención [Neumeister vs. Austria]. Link: bit.ly/3gDQjIt
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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![Tres criterios para el cálculo de la remuneración base de la CTS del personal militar y policial: i) la remuneración consolidada percibida al cese —divisible hasta en tres tramos según los años de servicio—; ii) la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) vigente en dicha oportunidad —como parámetro o límite para determinar los montos en cada tramo—; y iii) los años de servicios reconocidos [Pleno Jurisdiccional Distrital Contencioso Administrativo Laboral del Callao, 2024, tema 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)