Lea la denuncia constitucional que presentó la fiscal de la nación contra Dina Boluarte y otros

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Fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó denuncia constitucional ante el Congreso de la República contra Dina Boluarte, en su condición de presidenta de la República; Alberto Otárola, César Cervantes Cárdenas, Víctor Rojas Herrera y Vicente Romero Fernández, como ministros de Estado.

Los delitos que se les imputan son homicidio calificado, en agravio de Víctor Santisteban Yacsavilca, y otros; así como lesiones graves en agravio de Renato Murillo Reyes, y otros.

En tanto, el Eficavip ha formalizado investigación preparatoria a otros presuntos autores -no aforados- de los referidos hechos ilícitos.


Sumilla: Formulo DENUNCIA CONSTITUCIONAL contra: i) DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA [en su condición de presidenta de la República], como presunta AUTORA de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de CHRISTOPHER MICHAEL RAMOS AIME, JOSÉ LUIS AGUILAR YUCRA, ROSALINO FLOREZ VALVERDE, SONIA AGUILAR QUISPE y VÍCTOR RAÚL SANTISTEBAN YACSAVILCA; y, del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – LESIONES GRAVES, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 121, inciso 1 del primer párrafo e inciso 3 del segundo párrafo, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de RENATO SEBASTIÁN MURILLO REYES; ii) LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA [en su condición de ministro de Defensa], como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de CHRISTOPHER MICHAEL RAMOS AIME y JOSÉ LUIS AGUILAR YUCRA; iii) CÉSAR AUGUSTO CERVANTES CÁRDENAS, en su condición de Ministro del Interior, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – LESIONES GRAVES, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 121, inciso 1 del primer párrafo e inciso 3 del segundo párrafo, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de RENATO SEBASTIÁN MURILLO REYES; iv) VÍCTOR EDUARDO ROJAS HERRERA, en su condición de Ministro del Interior, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108 inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de ROSALINO FLOREZ VALVERDE; y, v) VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ, en su condición de Ministro del Interior, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de SONIA AGUILAR QUISPE y VÍCTOR RAÚL SANTISTEBAN YACSAVILCA.


CARPETA FISCAL N.° 331-2023

SEÑOR PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS, Fiscal de la Nación, con domicilio procesal en la Av. Abancay s/n, cuadra 5, piso 8, oficina 801-A, Cercado de Lima, oficina del Área de Enriquecimiento ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación, sede institucional del Ministerio Público; ante usted, con el debido respeto, me presento y digo:

I. PETITORIO:

De conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado, artículo 1 de la Ley N.o 27399, numeral 1 del artículo 450 del Código Procesal Penal y el artículo 89 del Reglamento del Congreso de la República, formulo DENUNCIA CONSTITUCIONAL contra:

1.1. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA, en su condición de presidenta de la República, como presunta AUTORA de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de CHRISTOPHER MICHAEL RAMOS AIME, JOSÉ LUIS AGUILAR YUCRA, ROSALINO FLOREZ VALVERDE, SONIA AGUILAR QUISPE y VÍCTOR RAÚL SANTISTEBAN YACSAVILCA; y, del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – LESIONES GRAVES, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 121, inciso 1 del primer párrafo e inciso 3 del segundo párrafo, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de RENATO SEBASTIÁN MURILLO REYES.

1.2. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA, en su condición de ministro de Defensa, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de CHRISTOPHER MICHAEL RAMOS AIME y JOSÉ LUIS AGUILAR YUCRA.

1.3. CÉSAR AUGUSTO CERVANTES CÁRDENAS, en su condición de ministro del Interior, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – LESIONES GRAVES, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 121, inciso 1 del primer párrafo e inciso 3 del segundo párrafo, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de RENATO SEBASTIÁN MURILLO REYES.

1.4. VÍCTOR EDUARDO ROJAS HERRERA, en su condición de ministro del Interior, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de ROSALINO FLOREZ VALVERDE.

1.5. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ, en su condición de ministro del Interior, como presunto AUTOR de la COMISIÓN POR OMISIÓN del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108, inciso 4, del Código Penal, en el contexto de GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, en agravio de SONIA AGUILAR QUISPE y VÍCTOR RAÚL SANTISTEBAN YACSAVILCA.

[Continúa…]

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