El exministro del Interior y actual congresista de Fuerza Popular (FP), Fernando Rospigliosi, presentó una denuncia ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) contra el juez Richard Concepción Carhuancho por no aplicar la Ley 32107 aprobada por el Congreso de la República.
El legislador precisó que también ha solicitado la destitución del magistrado, a quien calificó como un «juez prevaricador». En declaraciones a la prensa, este martes 26 de agosto, sostuvo lo siguiente:
He presentado esta denuncia contra el juez Concepción Carhuancho demandando a la Junta Nacional de Justicia que cumpla con destituir a este juez. Allí también se señala antecedentes, de otros casos distintos con otras leyes, que este juez también está inaplicando sistemáticamente. Se burla del sistema republicano de la división de Poderes. No aplica las leyes aprobadas por el Congreso y promulgadas por el Poder Ejecutivo. Espero que la Junta destituya a este juez prevaricador.
Rospigliosi declaró que visitó el penal Virgen de las Mercedes, en donde se encuentran recluidos varios militares procesados o sentenciados. Señaló que algunos de ellos permanecen detenidos incluso después de haber cumplido sus condenas, debido a decisiones judiciales que impiden su excarcelación.
Como ejemplo, mencionó el caso de un policía que tuvo dos condenas, de 15 y 17 años, las cuales debieron ser refundidas conforme a la legislación aplicable, pero que a pesar de haber cumplido 21 años continúa privado de libertad.
Respecto a este caso, mencionó el policía integró la antigua Guardia Republicana y participó en un operativo en Ayacucho en 1984, en el que murieron varias personas. Informó que este proceso continúa vigente, ya que el procesado alegó la aplicación de la Ley 32107 para sostener que no puede ser juzgado por hechos ocurridos hace 41 años.
Asimismo, sostuvo que en el Perú no se comterieron delitos de lesa humanidad. El congresista precisó:
Hay que decir una cosa: en el Perú no se cometieron delitos de lesa humanidad nunca. Lesa humanidad son delitos gravísimos, como los cometieron los nazis en la Segunda Guerra Mundial. Implica que haya habido una orden desde arriba, desde el gobierno, para asesinar sistemáticamente a miles de personas. Eso no hubo en el Perú.
El pasado 23 de agosto, la JNJ abrió investigación preliminar contra Concepción Carhuancho en su actuación como juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, tras la resolución que ordenó la prisión preventiva contra Mateo Castañeda.
De acuerdo con información de Perú21, Castañeda Segovia atribuyó al magistrado un uso irregular del control difuso con el fin de no aplicar las leyes 32108 y 32138. En la revocatoria de su prisión preventiva se advirtió que Concepción Carhuancho «habría ejercido el control difuso bajo fundamentos esencialmente de carácter político».
Sumilla: Interpongo denuncia y solicito iniciar procedimiento de destitución contra Richard Augusto Concepción Carhuancho, juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, por inaplicación de ley vigente.
SEÑOR GINO AUGUSTO TOMAS RÍOS PATIO, PRESIDENTE DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Yo, FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO, identificado con Documento Nacional de Identidad (DNI) XXXXX, con domicilio procesal en XXXXXXXXX, y con correo electrónico: XXXXXXXXX, ante usted, con el debido respeto, me presento y digo:
I. PETITORIO
Disponga lo necesario para declarar la sustitución en el cargo de Richard Augusto Concepción Carhuancho, Juez del Primer juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada por inaplicación del artículo 4 de la Ley № 32107, “Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana”.
Ello en virtud de lo dispuesto por el numeral 3 del artículo 154 de la Constitución Política del Perú que dispone que la Junta Nacional de Justicia tiene la función de aplicar la sanción de destitución a los jueces de la Corte Suprema y Fiscales Supremos; y, a los jueces y fiscales de todas las instancias.
[Continúa…]
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