El día de hoy se publicó en el diario El Peruano, el Decreto Legislativo 1390 que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC).
A continuación, resumiremos los puntos más relevantes de la mencionada norma con rango de ley.
1. Empresas deberán contar con el consentimiento del consumidor para enviar publicidad
El registro nacional de ¡Gracias… no insista! que fue creado para que los usuarios no reciban llamadas de las empresas y/o envíos de mensajes electrónicos masivos que ofrecen sus servicios; sin embargo, ya no será necesario que los consumidores se registren.
En ese sentido, hoy se publicó literal e) del numeral 58.1 del artículo 58 del CPDC que señala que está prohibido efectuar llamadas y enviar mensajes a números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para la utilización de esta práctica comercial. Asimismo, este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento.
Esta modificación traerá beneficios a las personas de la tercera edad y aquellas no familiarizadas con el uso de nuevas tecnologías, puesto que para ingresar al registro se debía llenar una ficha de inscripción por internet.
2. No será obligatorio la intervención de un abogado en procedimientos sancionadores
Se modifica el artículo 106 del CPC de modo que, en los siguientes procedimientos sancionados seguidos ante Indecopi, no será necesario que intervenga un abogado:
(i) Por incumplimiento de medidas correctivas.
(ii) Por incumplimiento de pago de costas y costos.
(iii) Por incumplimiento de mandato cautelar
En ese sentido, no será considerado un requisito de admisibilidad que la denuncia lleve firma de abogado.
3. La subsanación de la conducta infractora no aplicará en casos de salud o seguridad
El artículo 108 del CPC señalaba que si con anterioridad a la notificación de la imputación de cargos, el proveedor corrige la conducta presuntamente infractora, se declarará la improcedencia de la denuncia.
Ahora se señalan excepciones referida a los casos que se haya puesto en riesgo la vida, salud o seguridad de las personas o se trate de supuestos de discriminación, por lo que a pesar de que el proveedor corrija, no se pondrá fin al procedimiento administrativo.
4. Nueva competencia para los Organismos de Procedimientos Sumarísimos
Se modifica el artículo 125 del CPC, de modo que los OPS serán competentes para ver casos relacionados no solo con la entrega efectiva del producto sino también con la demora en su envío.
5. Las prohibiciones de las asociaciones de consumidores
Se establece que las prohibiciones de las asociaciones de consumidores serán sancionadas en un procedimiento administrativo sancionador, por lo que se sujetarán a los principios y normas aplicables al respecto.
![La técnica del doble conforme no constituye una causa legal de inadmisibilidad del recurso de casación penal [Acuerdo Plenario 6-2026-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)



![Una empresa industrial es aquella que desarrolla actividades de manufactura, esto es, que transforma materias primas en productos elaborados o semielaborados; por tanto, le corresponde efectuar el cálculo y distribución de utilidades a favor de sus trabajadores aplicando el porcentaje del 10 % [Casación 5573-2024, Moquegua, f. j. 8.5-8.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Contrato por servicio específico no se desnaturaliza por traslado razonable del trabajador a otro centro de labores [Cas. Lab. 20981-2023, Lima, ff. jj. 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Revisión de sentencia: Cuando se trate de cadena perpetua, el TC debe convocar a audiencia pública para escuchar los alegatos de las partes (voto singular de Gutiérrez Ticse) [Exp. 03806-2025-PHC/TC] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![El límite del art. 18 de la Ley 30003 solo aplica a los que aún no tenían reconocida su pensión cuando la norma entró en vigencia; si la pensión ya fue fijada judicialmente con calidad de cosa juzgada antes de esa ley, ese monto es intangible [Casación 23970-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/pension-pensionista-bono-previsional-LPDerecho-218x150.png)
![No se le puede exigir al notario cumplir funciones indagatorias, propias de un proceso judicial, para la verificación de documentos (TC anula Casación 528-2022, La Libertad) [Expediente 00956-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/Banner-post-juris-penal_deberes-de-verificacion-del-notario_LP-218x150.jpg)
![Seis casos donde el TC advirtió violación al principio de legalidad penal (voto del magistrado Hernández Chávez) [Exp. 04677-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-LEY-27444-LPDERECHO-218x150.jpg)
![De conformidad con el art. 59.1 del Reglamento, el miembro suplente del comité de selección asume la posición del titular ausente en lo sucesivo del procedimiento de selección en la etapa en que se encuentre [Opinión D000046-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Multan con 450 UIT a empresa de transporte por accidente que causó la muerte de seis pasajeros [Resolución 1238-2026/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) [actualizado 2026] Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27337-LP-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley 27815) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-contrataciones_Ley-del-Codigo-de-Etica-de-la-Funcion-Publica-Ley-27815_LP-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LEY-32069-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-LEY-27444-LPDERECHO-324x160.jpg)





![Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-LEY-27444-LPDERECHO-100x70.jpg)
