El día de hoy se publicó en el diario El Peruano, el Decreto Legislativo 1390 que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC).
A continuación, resumiremos los puntos más relevantes de la mencionada norma con rango de ley.
1. Empresas deberán contar con el consentimiento del consumidor para enviar publicidad
El registro nacional de ¡Gracias… no insista! que fue creado para que los usuarios no reciban llamadas de las empresas y/o envíos de mensajes electrónicos masivos que ofrecen sus servicios; sin embargo, ya no será necesario que los consumidores se registren.
En ese sentido, hoy se publicó literal e) del numeral 58.1 del artículo 58 del CPDC que señala que está prohibido efectuar llamadas y enviar mensajes a números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para la utilización de esta práctica comercial. Asimismo, este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento.
Esta modificación traerá beneficios a las personas de la tercera edad y aquellas no familiarizadas con el uso de nuevas tecnologías, puesto que para ingresar al registro se debía llenar una ficha de inscripción por internet.
2. No será obligatorio la intervención de un abogado en procedimientos sancionadores
Se modifica el artículo 106 del CPC de modo que, en los siguientes procedimientos sancionados seguidos ante Indecopi, no será necesario que intervenga un abogado:
(i) Por incumplimiento de medidas correctivas.
(ii) Por incumplimiento de pago de costas y costos.
(iii) Por incumplimiento de mandato cautelar
En ese sentido, no será considerado un requisito de admisibilidad que la denuncia lleve firma de abogado.
3. La subsanación de la conducta infractora no aplicará en casos de salud o seguridad
El artículo 108 del CPC señalaba que si con anterioridad a la notificación de la imputación de cargos, el proveedor corrige la conducta presuntamente infractora, se declarará la improcedencia de la denuncia.
Ahora se señalan excepciones referida a los casos que se haya puesto en riesgo la vida, salud o seguridad de las personas o se trate de supuestos de discriminación, por lo que a pesar de que el proveedor corrija, no se pondrá fin al procedimiento administrativo.
4. Nueva competencia para los Organismos de Procedimientos Sumarísimos
Se modifica el artículo 125 del CPC, de modo que los OPS serán competentes para ver casos relacionados no solo con la entrega efectiva del producto sino también con la demora en su envío.
5. Las prohibiciones de las asociaciones de consumidores
Se establece que las prohibiciones de las asociaciones de consumidores serán sancionadas en un procedimiento administrativo sancionador, por lo que se sujetarán a los principios y normas aplicables al respecto.

![Al analizar el error de tipo, no solo se debe tener en cuenta el desconocimiento de la edad de la víctima de violación, sino las posibilidades reales de corroboración (sujeto debió presumir la edad de la víctima, pues la conocía hace 9 años e impartía charlas en la iglesia) [RN 289-2025, Lima Norte, ff. jj. 9-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Juzgado ordena el archivo definitivo del caso Cócteles conforme a la sentencia 185/2025 del TC [Exp. 00299-2017-335-5001-JR-PE-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/Caso-Cocteles-juicio-oral-Keiko-Fujimori-otros-lp-derecho-218x150.jpg)
![Cuando en apelación se cuestiona el juicio de hecho (valoración de hechos y responsabilidad penal) es obligatorio interrogar a los acusados en segunda instancia, salvo que expresamente estos ejerzan su derecho a guardar silencio [Apelación 338-2024, Huancavelica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)
![Condenado por peculado sí puede postular porque fue condenado como cómplice primario y no como autor, debido a que no actuó como funcionario o servidor, sino como representante de una empresa [Resolución 0005-2026-JNE, f. j. 2.9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/jurado-nacional-elecciones-fachada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Poder Judicial declara inaplicable ley APCI para IDL [Expediente 08598-2025-0-1801-JR-DC-06]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/PJ-APCI-IDL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente sobre la extinción de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada [Res. 005-2026-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Curso gratuito «Control constitucional y derechos fundamentales» [Inicio: 10 ENE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-DE-CONTROL-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)
![El núcleo duro de la dignidad humana en el ámbito laboral exige a las partes actuar de buena fe, por lo que despedir a trabajador vía WhatsApp es un menosprecio a su condición personal, pues el trabajo es un medio esencial para el desarrollo personal [Exp. 00878-2022-PA/TC, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-6-218x150.jpg)


![Precedente SBN sobre la oposición contra el procedimiento especial de saneamiento físico legal [Res. 0025-2025/SBN-ORPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/09/SBN-LP-218x150.png)
![Disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por escolaridad 2026 [Decreto Supremo 002-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/08/bono-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)








![Destituyen a juez de paz por conceder medidas cautelares con la sola presentación de documentos en copia simple [Inv. Def. 1220-2019-Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Precedente SBN sobre la oposición contra el procedimiento especial de saneamiento físico legal [Res. 0025-2025/SBN-ORPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/09/SBN-LP-100x70.png)
![Curso gratuito «Control constitucional y derechos fundamentales» [Inicio: 10 ENE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-DE-CONTROL-CONSTITUCIONAL-100x70.jpg)


![Multan con 51 UIT a Mr. Músculo por publicidad engañosa al afirmar que «mata el 99.9% de los gérmenes» [Res. 004-2025/CCD-Indecopi]l](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Mr.-Musculo-Indecopi-multa-uit-mata-99.9-germenes-publicidad-enganosa-LPDerecho-324x160.jpg)