Fundamento destacado: Se concluye, entonces, que en todos aquellos casos en los que un profesor, docente, investigador o empleado de planta de una institución educativa, en cumplimiento de sus obligaciones labores o contractuales con la misma, se limite a orientar al estudiante en su tesis o proyecto de grado, aportando o planteando ideas o sugerencias sobre el tema que se desarrolla, los derechos de autoría pertenecerán en toda su extensión al estudiante.
Pero cuando el profesor, docente, investigador o empleado de planta de la universidad, en cumplimiento de sus obligaciones labores o contractuales, entra a participar directamente en la concreción, materialización, ejecución y elaboración del trabajo, excediendo su labor ordinaria de simple director, surgen las condiciones para que se reconozca “coparticipación” entre el estudiante y el director de tesis sobre los derechos morales y patrimoniales que la obra origine, tal como se ha considerado por la doctrina.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ
Aprobado Acta No. 174.
Bogotá, D.C., veintiocho de mayo de dos mil diez.
VISTOS
Examina la Corte, en sede de casación, la sentencia de segundo grado de fecha 10 de junio de 2008, por cuyo medio una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó íntegramente el fallo proferido por el Juzgado 50 Penal del Circuito de la misma ciudad el 5 de febrero de 2008, mediante el cual condenó a la académica LUZ MARY GIRALDO DE JARAMILLO a la pena principal de 24 meses de prisión, multa de 5 s.m.l.m.v. y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por lapso igual a la pena privativa de la libertad, como autora del delito de violación de los derechos morales de autor.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE
Rosa María Londoño Escobar, quien realizó estudios de literatura en la Pontificia Universidad Javeriana para obtener el título de diplomada en literatura, elaboró bajo la dirección del profesor Jaime García Mafla, la monografía titulada ‘El Mundo Poético de Giovanni Quessep’ en abril de 1996, la que sustentó satisfactoriamente el 3 de junio del mismo año. Posteriormente, en enero de 1997, llegó a sus manos la revista “La Casa Grande” número 2 –noviembre 1996 enero 1997-, editada en México y Colombia, donde encontró publicado el artículo “Giovanni Quessep: el encanto de la poesía”, firmado por LUZ MARY GIRALDO, profesora del Departamento de Ciencias Sociales y Educación de la misma Universidad, texto en el cual encontró reproducidos apartes y párrafos de su tesis de grado, sin comillas ni precedidos de signo alguno que indicara a los lectores que las ideas se tomaban textualmente de autor diverso a quien firmaba el artículo.
[Continúa…]
![En audiencia, el fiscal no puede aclarar, modificar o integrar un tema sustancial de la acusación (fiscal solicitó pena de 10 años por delito de robo agravado, cuando en la acusación escrita había solicitado 4 años, argumentando que se trató de un error tipográfico) [Expediente 2009-011-04, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)

![El juez no puede pedir al fiscal que varíe el tipo penal en control de la acusación, pues carece de competencia constitucional sobre la titularidad de la acción penal (el juez dispuso la adecuación del tipo penal acusado y, parcialmente, de los hechos, en un caso por el delito de tráfico ilícito de insumos químicos de productos fiscalizados, advirtiendo que la conducta acusada se subsumiría dentro de los alcances del delito de comercio clandestino) [Casación 1450-2017, Huánuco, f. j. 5] AUDIENCIAS-PENALES-(4)-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/AUDIENCIAS-PENALES-4-LP-218x150.jpg)

![El poseedor también puede ser el agraviado en el delito de daños, al amparo del art. 912 del CC que señala que se presume propietario a quien posee el bien mientras no se pruebe lo contrario [Casación 228-2024, Apurímac, f.j. 3.3-3.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-civil-inmueble-casa-vivienda-mazo-predio-familia-llave-posecion-juez-LPDerecho-218x150.jpg)
![La variación del título de intervención del imputado no constituye causal de nulidad no genera indefensión si es que no se altera el marco fáctico (juez varió la imputación de instigador a cómplice primario al advertir que el imputado no solo incitó la decisión criminal —robo agravado—, sino que también participó de forma fundamental al proporcionar datos relevantes para la consumación del ilícito) [Casación 555-2022, Ucayali, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
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![¿Corresponde otorgar licencia con goce de haber a profesionales que asumen cargos en su colegio profesional? [Informe Técnico 00540-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-3-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Suprema delimita el alcance de la presunción de veracidad de las actas de infracción que emiten los inspectores de trabajo [Casación 24056-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/inspectores-sunafil-LPDerecho-218x150.png)


![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![En audiencia, el fiscal no puede aclarar, modificar o integrar un tema sustancial de la acusación (fiscal solicitó pena de 10 años por delito de robo agravado, cuando en la acusación escrita había solicitado 4 años, argumentando que se trató de un error tipográfico) [Expediente 2009-011-04, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-324x160.jpg)





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