Crean el servicio nacional para consultar antecedentes procesales (SCNAP) [Resolución Administrativa 000112-2026-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 22 de abril de 2026.

Mediante la Resolución Administrativa 000112-2026-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la creación del Servicio de Consulta Nacional de Antecedentes Procesales (SCNAP), una herramienta institucional que permitirá a los jueces acceder a información consolidada sobre procesos judiciales a nivel nacional.

El nuevo servicio responde a la necesidad de contar con datos oportunos y confiables sobre personas investigadas o procesadas en distintos distritos judiciales, especialmente en decisiones clave como prisión preventiva o medidas de coerción.

El SCNAP aprovechará la información ya disponible en los Sistemas Integrados Judiciales (SIJ) y será administrado por la Subgerencia de Servicios Judiciales y Atención al Usuario, sin generar costos adicionales en su implementación inicial.


Aprueban creación del Servicio de Consulta Nacional de Antecedentes Procesales (SCNAP)

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000112-2026-CE-PJ

Lima, 20 de abril del 2026

VISTO:

El Oficio N° 000494-2026-SSJAU-GSJ-GG-PJ, e Informe N° 000230-2025-SSJAU-GSJ-GG-PJ, cursados por el Subgerente de Servicios Judiciales y Atención al Usuario.

CONSIDERANDO:

Primero. La Subgerencia de Servicios Judiciales y Atención al Usuario, pone en conocimiento la existencia de requerimientos recurrentes formulados por órganos jurisdiccionales que atienden procesos que incluyen materias de competencia penal, mediante los cuales se solicita información institucional respecto a la existencia de otros procesos judiciales en los que se encuentren involucradas personas investigadas, procesadas o imputadas en distintos distritos judiciales del país.

Segundo. Los requerimientos antes referidos, se presentan principalmente en el marco de actuaciones jurisdiccionales de especial relevancia procesal, tales como la evaluación de requerimientos de prisión preventiva, la adopción o variación de medidas de coerción personal, la acumulación de procesos, la determinación de medidas de protección y otras decisiones que exigen una adecuada valoración del contexto procesal de la persona sometida a investigación o proceso penal.

Tercero. Al respecto, se ha verificado que la Subgerencia de Servicios Judiciales y Atención al Usuario cuenta con acceso integral a los Sistemas Integrados Judiciales (SIJ) a nivel nacional, particularmente al Módulo de Consulta General de Expedientes, lo que permite realizar búsquedas consolidadas de procesos judiciales a partir de los datos de identificación de las personas involucradas, constituyendo una capacidad técnica y funcional ya instalada dentro del Poder Judicial.

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Cuarto. Ante ello, es pertinente señalar que actualmente no existe un servicio institucional formalizado que canalice dicha información de manera estandarizada, uniforme y oportuna hacia los órganos jurisdiccionales que atienden procesos que incluyen temas penales, lo que evidencia una brecha de servicio que resulta necesario atender en el marco de los principios de eficiencia, celeridad, modernización y adecuada administración de justicia.

Quinto. La propuesta de creación del Servicio de Consulta Nacional de Antecedentes Procesales (SCNAP), tiene por finalidad optimizar el uso de la información institucional existente, brindar soporte informativo confiable a los jueces en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y fortalecer el control judicial y la coherencia del sistema de justicia, sin generar costos adicionales en su etapa inicial ni requerir modificaciones estructurales inmediatas.

Sexto. La implementación del referido servicio se encuentra alineada con los principios del Sistema Nacional de Modernización de la Gestión del Estado, orientados a la mejora de la calidad del servicio público, la simplificación de procedimientos y el aprovechamiento eficiente de los recursos tecnológicos existentes.

Séptimo. De conformidad a lo regulado en el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; corresponde dictar las medidas administrativas pertinentes a fin de garantizar un adecuado servicio de administración de justicia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 423-2026 de la décima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de abril de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la creación del Servicio de Consulta Nacional de Antecedentes Procesales (SCNAP), como servicio institucional del Poder Judicial, orientado a brindar a los jueces que atienden procesos que incluyen materias de competencia penal información procesal oportuno, confiable y consolidada registrada en los Sistemas Integrados Judiciales (SIJ) a nivel nacional.

Artículo Segundo.- Disponer que el Servicio de Consulta Nacional de Antecedentes Procesales (SCNAP) sea administrado por la Subgerencia de Servicios Judiciales y Atención al Usuario de la Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, conforme a los lineamientos operativos y de uso establecidos en el informe técnico que sustenta la presente resolución.

Artículo Tercero.- Precisar que la información proporcionada a través del SCNAP tiene carácter estrictamente administrativo e institucional, la cual no podrá ser utilizada para fines de control judicial y dirección del proceso observando el modelo procesal penal acusatorio.

Artículo Cuarto.- Disponer que la implementación del servicio se realice, en una primera etapa, con alcance nacional para los órganos jurisdiccionales que atienden procesos que incluyen temas de competencia penal, sin perjuicio de evaluar su ampliación progresiva a otras especialidades jurisdiccionales, conforme a criterios de necesidad, demanda e impacto institucional.

Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información del Poder Judicial que, en coordinación con la Subgerencia de Servicios Judiciales y Atención al Usuario, evalúe la viabilidad de desarrollar un módulo especializado dentro del Sistema Integrado Judicial (SIJ) que permita optimizar y fortalecer el acceso directo a la información procesal objeto del servicio.

Artículo Sexto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Gerencia General, Gerencia de Servicios Judiciales, Subgerencia de Servicios Judiciales y Atención al Usuario, Gerencia de Tecnologías de Información Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y a las Cortes Superiores de Justicia del país, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI
Presidenta Consejo Ejecutivo

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