El congresista Pedro Edwin Martínez Talavera presentó una denuncia constitucional contra Roberto Rolando Burneo Bermejo, en su condición de presidente del Jurado Nacional de Elecciones, por presuntas infracciones a la Constitución durante las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026. La acusación sostiene que las fallas en la instalación de mesas de sufragio afectaron directamente el derecho al voto de miles de ciudadanos.
Según el documento, el legislador solicita «disponer el inicio del procedimiento de acusación constitucional» y que, tras la investigación, se emita un informe final que recomiende la acusación ante el Congreso . Asimismo, plantea como sanciones «la destitución del cargo» y «la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por el plazo de diez (10) años».
Promesas previas y cuestionamientos posteriores
En la denuncia se señala que, días antes de la jornada electoral, el presidente del JNE habría garantizado públicamente que los comicios serían «unas elecciones correctas» y que «no habrá ningún fraude en la jornada electoral». Además, se menciona que se anunció el despliegue de 50 mil fiscalizadores en todo el país, lo que constituía un compromiso institucional frente a la ciudadanía.
Sin embargo, el documento sostiene que estas garantías no se cumplieron, lo que, según el denunciante, agrava la responsabilidad constitucional del funcionario. En esa línea, se cuestiona la falta de medidas preventivas frente a advertencias previas sobre posibles fallas logísticas.
Inscríbete aquí Más información
Impacto en el derecho al sufragio
La denuncia indica que, al cierre de la jornada electoral, diversas mesas de sufragio no fueron instaladas en Lima Metropolitana, afectando a aproximadamente 52000 ciudadanos. En el texto se afirma que estas personas «fueron privados del más sagrado de sus derechos: el derecho a elegir a sus gobernantes».
Asimismo, se detalla que los problemas se registraron en al menos 13 centros de votación en distritos como San Juan de Miraflores, Lurín y Pachacámac. Esta situación, según el documento, implicó una vulneración directa del derecho fundamental al voto.
Advertencias previas y omisiones señaladas
El congresista también menciona que la Contraloría General de la República advirtió previamente irregularidades en la empresa encargada del transporte del material electoral. En particular, se señala que dicha empresa «no acreditó que sus conductores cumplían con la experiencia mínima requerida».
Pese a estas advertencias, la denuncia sostiene que no se adoptaron medidas oportunas desde el JNE. En ese sentido, se afirma que el presidente del organismo «no adoptó medida alguna ante estas advertencias documentadas».
Reacciones posteriores a la jornada electoral
Tras los hechos, el documento recoge declaraciones del propio Burneo Bermejo, quien manifestó: «Pedimos las disculpas como sistema por las incomodidades que esta situación haya causado». Asimismo, indicó que «buscaremos las sanciones […] y que a los responsables les caiga todo el peso de la ley».
La acusación se basa en presuntas infracciones a los artículos 31, 142, 176 y 178 de la Constitución, vinculados al derecho al sufragio, la finalidad del sistema electoral y la función fiscalizadora del JNE. En el documento se señala que el organismo no actuó como «garante constitucional» del proceso electoral .
El congresista sostiene que los hechos descritos constituyen una infracción constitucional grave que amerita sanción política. En ese contexto, solicita que el Congreso evalúe la destitución e inhabilitación del funcionario conforme a lo previsto en el artículo 100 de la Constitución.
![En delitos especiales no solo debe verificarse la infracción de un deber especial (ilícito administrativo) por parte del funcionario público, sino que también se requiere, por el principio de lesividad, que, por lo menos, exista un «comienzo de ejecución de ejecución de un acto típico» [Exp. 01231-2024-PHC/TC, f. j. 37] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)




![Confirman multa de 15 UIT a colegio por caída de techo en aula que dejó a varios alumnos con lesiones [Res. 0563-2026/SPC-Indecopi] alumnos-colegios-(2)-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/alumnos-colegios-2-LP-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)



![El «auxiliar de educación inicial» de la cuna-guardería municipal (en la medida que brinde atenciones básicas a los niños tales como limpieza, entretenimiento y alimentación) es considerado «obrero municipal» y pertenece al régimen laboral de la actividad privada [Casación 14891-2023, Lima este, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)


![Cofopri: Directiva para la transferencia de propiedad a título gratuito [Resolución D000025-2026-COFOPRI-GG]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/cofopri-titulo-propiedad-predio-terreno-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley para prevenir los efectos nocivos para la salud por exposición prolongada a la radiación solar [Decreto Supremo 003-2026-SA]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/Exposicion-sol-radiacion-solar-LPDerecho-218x150.png)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VÍDEO] Manuel Gallardo: «Un hombre denunció violencia psicológica solo porque su esposa le confesó haber conseguido a un amante más joven»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-GENERICO-Manuel-Gallardo-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![En delitos especiales no solo debe verificarse la infracción de un deber especial (ilícito administrativo) por parte del funcionario público, sino que también se requiere, por el principio de lesividad, que, por lo menos, exista un «comienzo de ejecución de ejecución de un acto típico» [Exp. 01231-2024-PHC/TC, f. j. 37] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

