La Junta Nacional de Justicia hace de conocimiento la convocatoria a concurso público
de méritos de acceso abierto, para cubrir plazas vacantes de jueces superiores de control y jueces especializados de control de la ANC del Poder Judicial, mediante la convocatoria 008-2025-SN-JNJ, a fin que los/las profesionales interesados(as) presenten su postulación a las plazas referidas.
CONVOCATORIA 008-2025-SN/JNJ
CONCURSO PÚBLICO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE JUECES SUPERIORES DE CONTROL Y JUECES ESPECIALIZADOS DE CONTROL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL ACCESO ABIERTO
Número de vacantes: 74 plazas
- Juez superior de control: 52 plazas
- Juez especializado de control: 22 plazas
Cronograma:
- Pago por derecho de tramitación : 19 de abril al 8 de mayo de 2025
- Plazo de inscripción : del 20 de abril hasta las 12 del mediodía del 9 de mayo de 2025
Descargue las bases y el cronograma aquí
Comentarios:
![Voto en discordia: Posteos y comentarios en redes sociales no constituyen actos de investigación ni elementos de convicción; por tanto, no pueden incorporarse como documentos en un informe policial ni ser considerados fundados y graves (publicaciones anónimas, troles y murmuraciones difundidas en redes sociales solo constituyen fuentes de información informal) [Exp. 00339-2026, Tumbes, f. j. 7.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala Penal absuelve a imputados por video de sembrado de arma de fuego por policías [Exp. 4573-2025-40]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Aun en actividades exceptuadas de la jornada máxima por su carácter intermitente, las horas extraordinarias deben remunerarse con un recargo mínimo del 25 % respecto al salario ordinario conforme, al Convenio N.º 1 sobre las horas de trabajo (industria) [Casación 9268-2012, Lima, ff. jj. 13-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

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![La invalidez del CAS solo se declara si se cumplen los supuestos establecidos en el II Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral, no siendo relevante el tiempo que se prolongan dichos contratos (incluso más de doce años), pues el marco constitucional no prevé límite o prohibición a la naturaleza transitoria de dicha modalidad [Casación 2532-2023, Huánuco, ff. jj. 18, 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
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