Artículo 468.- Normas de aplicación*
Los procesos podrán terminar anticipadamente, observando las siguientes reglas:
1. A iniciativa del Fiscal o del imputado, el Juez de la Investigación Preparatoria dispondrá, una vez expedida la Disposición Fiscal del artículo 336º y hasta antes de formularse el auto de enjuiciamiento, pero por una sola vez, la celebración de una audiencia de terminación anticipada, de carácter privada. Su celebración no impide la continuación del proceso. Se formará, al respecto, cuaderno aparte. Para la celebración de la audiencia de terminación anticipada, se suspenderá la audiencia de control de acusación con la finalidad de no desnaturalizarla. Para efectos de la notificación de la terminación anticipada en esta etapa, se pone en conocimiento de las partes por el medio idóneo que permita un trámite célere.
2. El Fiscal y el imputado podrán presentar una solicitud conjunta y un Acuerdo Provisional sobre la pena y la reparación civil y demás consecuencias accesorias. Están autorizados a sostener reuniones preparatorias informales. En todo caso, la continuidad del trámite requiere necesariamente la no oposición inicial del imputado o del Fiscal según el caso.
3. El requerimiento fiscal o la solicitud del imputado será puesta en conocimiento de todas las partes por el plazo de cinco días, quienes se pronunciarán acerca de la procedencia del proceso de terminación anticipada y, en su caso, formular sus pretensiones.
4. La audiencia de terminación anticipada se instalará con la asistencia obligatoria del Fiscal y del imputado y su abogado defensor. Es facultativa la concurrencia de los demás sujetos procesales. Acto seguido, el Fiscal presentará los cargos que como consecuencia de la Investigación Preparatoria surjan contra el imputado y éste tendrá la oportunidad de aceptarlos, en todo o en parte, o rechazarlos. El Juez deberá explicar al procesado los alcances y consecuencias del acuerdo, así como las limitaciones que representa la posibilidad de controvertir su responsabilidad. A continuación, el imputado se pronunciará al respecto, así como los demás sujetos procesales asistentes. El Juez instará a las partes, como consecuencia del debate, a que lleguen a un acuerdo, pudiendo suspender la audiencia por breve término, pero deberá continuar el mismo día. No está permitida la actuación de pruebas en la audiencia de terminación anticipada.
5. Si el Fiscal y el imputado llegan a un acuerdo acerca de las circunstancias del hecho punible, de la pena, reparación civil y consecuencias accesorias a imponer, incluso la no imposición de pena privativa de libertad efectiva conforme a la Ley penal, así lo declararán ante el Juez debiéndose consignar expresamente en el acta respectiva. El Juez dictará sentencia anticipada dentro de las cuarenta y ocho horas de realizada la audiencia.
6. Si el Juez considera que la calificación jurídica del hecho punible y la pena a imponer, de conformidad con lo acordado, son razonables y obran elementos de convicción suficientes, dispondrá en la sentencia la aplicación de la pena indicada, la reparación civil y las consecuencias accesorias que correspondan enunciando en su parte resolutiva que ha habido acuerdo. Rige lo dispuesto en el artículo 398º. Sin perjuicio de ello, el juez de la investigación preparatoria podrá desvincularse sobre la determinación de la pena a imponer si considera que no se ha cumplido con los parámetros expresados en el numeral 2 del artículo 57 del Código Penal, para cuyo efecto podrá probar el acuerdo parcial e imponer la pena que corresponda a su naturaleza, debiendo motivar sus razones.
7. La sentencia aprobatoria del acuerdo puede ser apelada por los demás sujetos procesales. Los demás sujetos procesales, según su ámbito de intervención procesal, pueden cuestionar la legalidad del acuerdo y, en su caso, el monto de la reparación civil. En este último caso, la Sala Penal Superior puede incrementar la reparación civil dentro de los límites de la pretensión del actor civil.
* Artículo modificado por la Ley 32348, publicada el 23 de mayo de 2025 (link: lpd.pe/px8Gv).
Concordancias
NCPP: arts. 336, 398, Primera D. F.
Jurisprudencia del artículo 468 del Código Procesal Penal
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Corte Suprema
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- Alcances y regulación del proceso de terminación anticipada (doctrina legal) [AP 5-2009/CJ-116]. Link: bit.ly/3C38Wyn
- NUEVO: Terminación anticipada se formula solo hasta antes de emitirse el requerimiento de acusación, no cabe su admisión en la etapa intermedia por existir prohibición legal [Casación 3160-2023, Lima Este]. Link: lpd.pe/uLpKmN
- En audiencia de prisión preventiva, no es posible celebrar una terminación anticipada [Casación 297-2020, Selva Central]. Link: bit.ly/3bXqjWH
- Agraviado puede participar indirectamente en la negociación civil de la terminación anticipada, aunque no se haya constituido en actor civil [Casación 1223-2018, Callao]. Link: bit.ly/3DDnGoz
- Ministerio Público no puede subrogar al actor civil en el acuerdo de reparación civil [Casación 1353-2018, Cusco]. Link: bit.ly/3w7Q6Cj
- El control del juez debe limitarse a evaluar que la pena acordada no sea ilegal por exceso o por defecto [Casación 936-2018, Ayacucho]. Link: bit.ly/3JREEk0
- No se puede celebrar una terminación anticipada si la cita fue para una audiencia de prisión preventiva [Casación 1503-2017, Tumbes]. Link: bit.ly/3bS2QpY
- Agraviado debe ser notificado a audiencia de terminación anticipada, aunque no se haya constituido en parte civil [Casación 780-2015, Tumbes]. Link: bit.ly/3bTPhWR
- Notificación a audiencia de terminación anticipada es obligatoria para todas las partes, aun cuando el agraviado no se haya constituido en actor civil (doctrina jurisprudencial) [Casación 655-2015, Tumbes]. Link: bit.ly/3phtawv
- Voto singular: razones por las que no existe la posibilidad de que fiscal o imputado recurran la sentencia de terminación anticipada (doctrina jurisprudencial) [Casación 340-2011, Amazonas]. Link: bit.ly/3QHuEf1
- Las sentencias conformadas no pueden ser impugnadas por el imputado o el fiscal (doctrina jurisprudencial) [Casación 340-2011, Amazonas]. Link: bit.ly/3DmLnRD
- Acuerdo de terminación anticipada no decae porque fiscal superior no esté conforme [Casación 20-2010, Cusco]. Link: bit.ly/3Rzywjn
- NUEVO: Solicitud de terminación anticipada no tramitada por la fiscalía constituye un factor para disminuir la pena [RN 976-2022, Lima Sur]. Link: bit.ly/43l9rxC
- Principio de que nadie puede ir contra sus propios actos: condenado no puede pedir revisión de sentencia si no existe un vicio en la voluntad [Revisión de sentencia 324-2020, Huánuco]. Link: bit.ly/3JWBTh6
- Inaplicación de la Ley 30838: no existe razones para no aprobar la terminación anticipada en el delito de favorecimiento de la prostitución [Consulta 7258-2021, Lima Este]. Link: bit.ly/3QoaiIj
- Prohibir terminación y conclusión anticipada en delitos sexuales no vulnera el derecho de igualdad [Consulta 30146-2018, Cusco]. Link: bit.ly/3q4TQks
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Corte Superior
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- No se puede formular terminación anticipada en la etapa intermedia [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Junín, 2020]. Link: bit.ly/3caJ7lk
- Prohibición de terminación y conclusión anticipada en delitos sexuales, ofensas al pudor y proxenetismo vulneran el principio de igualdad [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal del Callao, 2019]. Link: bit.ly/3pPSxpK
- La finalidad de la terminación anticipada hace compatible su aplicación en la etapa intermedia [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Áncash, 2018]. Link: bit.ly/3S2hkmk
- No procede la terminación anticipada en audiencia de control de acusación [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Ventanilla, 2018]. Link: bit.ly/3fPkVXz
- Procede el principio de oportunidad o terminación anticipada en el delito de lesiones leves si la víctima es mujer [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal del Callao, 2018]. Link: bit.ly/3CLInhj
- Se puede negociar la forma de ejecución de la pena en los procesos de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Lima Norte, 2015]. Link: bit.ly/3zm7mp5
- Es posible aplicar la terminación anticipada en etapa intermedia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Huancavelica, 2015]. Link: bit.ly/3fgQtVR
- Juez puede suspender la pena a pesar de que acuerdo de terminación anticipada fue por una pena efectiva [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Huancavelica, 2009]. Link: bit.ly/3Q0aNal
- Juez no puede desvincularse de la acusación fiscal en un proceso de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil y Penal de Ucayali, 2008]. Link: bit.ly/3FoAgZE
- Aplicación de la conclusión o terminación anticipada no solo es para los procesos simples, sino también complejos [Pleno Jurisdiccional Regional sobre explotación sexual en niños, niñas y adolescentes de Loreto, Madre de Dios, Cusco, Lima, Lima Norte, Callao, Cañete y Huaura, 2007]. Link: bit.ly/3DUl7fZ
- Es posible aplicar la terminación anticipada en delitos de «cadena perpetua» [Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Huaura, 2007]. Link: bit.ly/3Dfkbmb
- Juez no puede absolver a imputado si existe un acuerdo de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Huaura, 2007]. Link: bit.ly/3FkbtWB
- Tanto el fiscal como el imputado pueden impugnar el acuerdo de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Huaura, 2007]. Link: bit.ly/3DitqlA
- Apelación de terminación anticipada debe tramitarse con las reglas del juicio oral y no como una apelación de auto [Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Huaura, 2007]. Link: bit.ly/3De1IGE
- Alcances sobre el trámite a seguir en el proceso de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cusco, 2007]. Link: bit.ly/3Wbdr1k
- Fiscal y/o juez no pueden ser excluidos por falta de acuerdo o aprobación de la terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cajamarca, 2007]. Link: bit.ly/3Djmtki
- Juez no puede dictar una pena o monto de reparación civil inferior al acuerdo de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cajamarca, 2007]. Link: bit.ly/3UHaOmi
- Si fiscal y procesado llegan a un acuerdo de terminación anticipada, juez no puede absolverlo [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cajamarca, 2007]. Link: bit.ly/3zyevCG
- Procede aplicar la terminación anticipada a delitos con pena de cadena perpetua [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cajamarca, 2007]. Link: bit.ly/3WhvFhE
- [NUEVO] Terminación anticipada en tráfico ilícito de drogas: derogación tácita de Ley 26320 por vigencia del NCPP [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cajamarca, 2007]. Link: bit.ly/42y9czP
- Juez penal es competente para conocer el trámite y la resolución de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Arequipa, 2007]. Link: bit.ly/3fqD3Xp
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Juzgados
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- Control de legalidad: tres aspectos a evaluar del acuerdo de terminación anticipada [Exp. 08191-2018-25]. Link: bit.ly/3qy4qRp
- NUEVO: Sí procede la terminación anticipada por sicariato con la agravante de «organización criminal» [Exp. 08953-2017-01706]. Link: bit.ly/3M2UHgh
- Víctima menor de edad: acuerdo de terminación que omite circunstancia agravante lesiona interés superior del niño [Exp. 01202-2017-9]. Link: bit.ly/3eGfV6B
- No existe ningún obstáculo para incoar terminación anticipada en la etapa intermedia [Exp. 3356-2011-43]. Link: bit.ly/3JW9Dex
- Alcances de la audiencia de terminación anticipada [Pleno Jurisdiccional de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Trujillo, 2008]. Link: bit.ly/3U5ROOS
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Tribunal Constitucional
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- NUEVO: Juez no está obligado a explicar las consecuencias «disciplinarias» que se generan por la terminación anticipada [Exp. 03562-2021-PHC/TC]. Link: bit.ly/3IgY1Ua
- [NUEVO] Voto singular: Juez está obligado a informar de manera «clara» los alcances de la terminación anticipada [Exp. 01599-2018-PHC/TC]. Link: bit.ly/42ZOCbb
- Acuerdo de terminación anticipada debe ser razonable y legal [Exp. 02862-2017-PHC/TC]. Link: bit.ly/3w3xy6q
- Si manifestación de voluntad del favorecido no es precisa sino ambigua, el acuerdo debe ser declarado nulo [Exp. 02647-2016-PHC/TC]. Link: bit.ly/3Aumb8Q
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Legislación
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- Protocolo de actuación interinstitucional para la aplicación de la terminación anticipada del proceso [DS 010-2018-JUS]. Link: bit.ly/3AAXZS7
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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