Jurisprudencia del artículo 214 del Código Procesal Penal.- Solicitud y ámbito del allanamiento

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Artículo 214.- Solicitud y ámbito del allanamiento
1. Fuera de los casos de flagrante delito o de peligro inminente de su perpetración, y siempre que existan motivos razonables para considerar que se oculta el imputado o alguna persona evadida, o que se encuentran bienes delictivos o cosas relevantes para la investigación, el Fiscal solicitará el allanamiento y registro domiciliario de una casa habitación, casa de negocio, en sus dependencias cerradas, o en recinto habitado temporalmente, y de cualquier otro lugar cerrado, siempre que sea previsible que le será negado el ingreso en acto de función a un determinado recinto.

2. La solicitud consignará la ubicación concreta del lugar o lugares que habrán de ser registrados, la finalidad específica del allanamiento, las diligencias a practicar, y el tiempo aproximado que durará.

3. Los motivos que determinaron el allanamiento sin orden judicial constarán detalladamente en el acta.


Concordancias

C: art. 2.24. f; CP: arts. 160, 376; NCPP: arts. 68.1. h, 68.1. k; 446. a.


Jurisprudencia del artículo 214 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. NUEVO: Es lícito el registro domiciliario del traficante que es detenido en flagrancia antes de ingresar a su casa [Casación 2764-2021, Piura]. Link: lpd.pe/k6ZWD
    2. Para determinar la legalidad y la proporcionalidad del allanamiento se debe analizar las circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores al ingreso [Casación 342-2019, Huánuco]. Link: bit.ly/3EcamXX
    3. Solo es posible el allanamiento sin autorización en los supuestos de «flagrancia estricta» y «cuasiflagrancia» [Casación 553-2018, Lambayeque]. Link: bit.ly/3FSskQn 
    4. Flagrancia delictiva: Efectivos policiales no están habilitados para registrar el domicilio si no hay seguridad de que es el domicilio del perseguido [RN 1549-2014, Lima]. Link: bit.ly/3O4SHF7
    5. Circunstancias materiales para el allanamiento domiciliario [Expediente 05-2014-1]. Link: bit.ly/3p30yHn
  • Corte Superior

    1. Fiscal no necesita precisar «las personas que ingresarán al domicilio» en la solicitud de allanamiento, pero sí en el acta [Exp. 00025-2017-64]. Link: bit.ly/3UXfoxd
    2. Declaración de colaborador eficaz puede ser suficiente para solventar medida de allanamiento e incautación (caso Odebrecht) [Exp. 00029-2017-19]. Link: bit.ly/3Lg9LpZ
    3. Es posible realizar un segundo allanamiento sobre un inmueble allanado en diligencias preliminares si es proporcional (caso José Abanto) [Exp. 00029-2017-41]. Link: bit.ly/3BhIUFs
    4. No se exige que la solicitud y el acta de allanamiento sean notificados a la defensa (caso José Abanto) [Exp. 00029-2017-41]. Link: bit.ly/3DilJ0u
    5. Cuatro aspectos que debe abarcar la motivación de la solicitud de allanamiento (caso José Abanto) [Exp. 02137-2011-56]. Link: bit.ly/3ByDB4T
  • Tribunal Constitucional
    1. La celda de un centro penitenciario no puede ser considerada como domicilio [Exp. 02389-2009-PA/TC]. Link: bit.ly/3ximq64
    2. En delitos permanentes se requiere, obligatoriamente, de una autorización judicial para su allanamiento [Exp. 03691-2009-PHC/TC]. Link: bit.ly/3BEnS5u
    3. Tres elementos que ayudan a configurar el término «domicilio» [Exp. 04085-2008-PHC/TC]. Link: bit.ly/3ByCPF1
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos

    1. Injerencia arbitraria y abusiva de agentes estatales en un domicilio afecta la vida privada y familiar [Las masacres de Ituango vs. Colombia]. Link: bit.ly/3DUu8FR
  • Derecho Comparado

    1. Las normas de allanamiento no rigen para el registro de un garaje o almacén (España) [STS 463/2021]. Link: bit.ly/3FURnCy
    2. Mera sospecha no justifica el ingreso a domicilio para pesquisas policiales (España) [STS 3815/2020]. Link: bit.ly/3QFoRXm
    3. Para que el consentimiento del registro domiciliario sea válido se necesita que detenido sea asistido por un abogado (España) [STS 4664/2017]. Link: bit.ly/3Tn5UtA
    4. Consentimiento de acusado es irrelevante si allanamiento es por flagrancia (España) [STS STS 4494/2010]. Link: bit.ly/3thDJlr
    5. Allanamiento sin orden judicial solo es válido si ambos cónyuges prestaron su consentimiento (España) [STS 8277/2000]. Link: bit.ly/3tfLxnA
    6. Registro de la «cocina» de un bar o restaurant no necesita de una autorización judicial si es de acceso al público (España) [STS 980/2000]. Link: bit.ly/3tcEVX0
    7. No es necesario una autorización judicial para allanar despachos profesionales u oficinas de personas jurídicas siempre que sean abiertos al público (España) [STS 4356/1999]. Link: bit.ly/3DTspko
    8. El registro a una habitación de hotel requiere de una autorización judicial (España) [STC 2829/1994]. Link: bit.ly/3UHkcX4

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