La implementación de la oralidad en los procesos civiles y las estrategias del abogado litigante

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La aplicación de la litigación oral en los procesos civiles va más allá de los reglamentos, resoluciones administrativas, manuales y otros documentos establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fines de una correcta implementación.

Con la experiencia adquirida de los procesos laborales y penales, se concluye que, independientemente de ello, debe existir una preparación idónea del abogado litigante, quien debe tener la habilidad de analizar no solo el fondo del caso, sino también aquellos aspectos procesales que se van a materializar en cada etapa del proceso e, inclusive, aquellos aspectos que pueden pasar desapercibidos, pero que pueden ser relevantes al momento que el juez decida la causa.

En este vídeo se podrá observar que trata de un proceso de reivindicación de bien inmueble donde el demandado tiene la calidad de rebelde y el proceso se encuentra pendiente de actuar el último medio probatorio consistente en la declaración testimonial ofrecido por la propia demandante, quien busca beneficiarse conforme a su pretensión.

Siendo adversa la situación procesal del demandado y habiéndose apersonado en este estadio su nuevo abogado defensor, resultó necesario que este se avoque al estudio del medio probatorio en referencia. En ese sentido, se tuvo que analizar todo aspecto relacionado a la declaración testimonial y observar en qué medida un medio de prueba que resulta más beneficioso a la demandante pueda en este caso resultarle favorable al demandado.

En todo ese panorama negativo, al momento de la realización de la audiencia de
pruebas se permitió al abogado de la parte demandada advertir un conjunto de situaciones. Estas iban desde la generación de suspicacia por la utilización de dispositivos electrónicos con el nombre de la demandante o sus familiares que estaban siendo utilizados por el propio testigo; advertir que el testigo, el demandante y su abogada se encontraban en un mismo ambiente; o, inclusive, verificar la seguridad del testigo en sus respuestas ante las preguntas de carácter técnico-jurídico realizadas por la abogada de la demandante. Todas ellas fueron observadas en conjunto por el abogado de la parte contraria, para luego poder revertir una situación que resultaba totalmente desfavorable y lograr mediante sentencia que se declare improcedente la demanda a pesar de haberse encontrado en una situación de desventaja durante el decurso del proceso.

Ahora bien, la oralidad en los procesos civiles desarrollados en 2018 en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, no resulta ser su primera aparición, puesto que su implementación ya se encontraba regulada en nuestra legislación desde el 1993, donde ya se le reconocía a este proceso civil tener como centro de atención a la oralidad a través del principio de inmediación, especialmente en los actos procesales contenidos en las audiencias e informes orales. Sin embargo, su crítica se ha basado en un inadecuado manejo en su estructura y la forma incorrecta de su aplicación que conllevó a su fracaso directo, por lo que en el año 2008 se ordenó que el proceso civil se retrotraiga a la modalidad escrita, trayendo como consecuencia un gran retroceso para la justicia y la ciudadanía, quienes podían encontrarse en una etapa como la postulatoria por más de 10 años y aun así no obtener la tan ansiada justicia.

En ese sentido, se dispuso el cambio de esta situación y se optó por seguir los pasos de la aplicación de los modelos penales y laborales, con base primordial en el principio de la oralidad e inmediación, que han traído grandes ventajas para los ciudadanos, abogados y jueces. Así como también ha logrado que los procesos que llevaban años esperando un pronunciamiento por parte de los órganos jurisdiccionales ahora se manejen con mayor celeridad y de esta forma se logra la justicia que constituye su finalidad.

No obstante, esta celeridad y funcionalidad no se debe exclusivamente a los principios mencionados o a su sola implementación. Muy por el contrario, ha obligado a los abogados litigantes a realizar una preparación previa, tanto en el ámbito intelectual como en el ámbito personal, pues no todos los abogados están capacitados para enfrentar en tiempo real los cuestionamientos directos del juez y de la contraparte y sobre todo aquellas contingencias que pueda suscitar en el momento, resultando para varios abogados, quienes ya estaban acostumbrados al proceso escrito a tener que implementar la oralidad en su teoría del caso, pues de no estar preparado podría perjudicar a su patrocinado por no contar con una preparación previa que ineludiblemente es la columna vertebral del éxito en la litigación.

Esta preparación contiene varios aspectos, pero el basamento principal es el dominio total del caso, para lo cual se debe estudiar todos los documentos otorgados por el cliente, así como tener las entrevistas necesarias con ellos, otorgarles la confianza y saber escucharlos y de esta forma obtener todo aquello que resulte más relevante en la finalidad del caso, para lo cual se contrata a un abogado, quien deberá proceder con la elaboración de una estrategia legal de acorde a la necesidad e interés del patrocinado, pues sabemos que en los procesos no siempre obtiene una sentencia favorable el abogado litigante que tenga más conocimiento, sino aquel que estuvo más preparado, familiarizado con su caso y armó una estrategia legal idónea.

Todo ello, debe ser llevado a la práctica por los abogados litigantes en las audiencias, quienes deben plasmar de manera sucinta, clara y sobre todo con vehemencia su teoría del caso, generando con ello convicción en el juez de que su representado es quien tiene la razón y derecho en el proceso, habiendo para ello desarrollado la habilidad del habla y escucha, y dejar de lado por un breve momento los escritos y largas horas de lecturas, pues con estas dos habilidades desarrolladas (habla y escucha) se puede replicar hábilmente a la contraparte y reformular cuestiones de forma inmediata, aprovechando grandes oportunidades para demostrarle al juez que su teoría del caso es la correcta.

El aspecto intelectual es importante, mas no suficiente para ganar un proceso civil en estos tiempos. Con la incorporación de la litigación oral en los procesos civiles, se debe mostrar más que ello, hay que estar atentos a los pequeños detalles, a cada palabra que pronuncia el otro abogado, tener una buena dicción, escuchar con sabiduría y mantener una postura firme en todo momento, aunque hayas cometido algún error, eso no se debe evidenciar y se debe subsanar inmediatamente. Todas estas habilidades no se obtienen detrás de un escritorio, se logran con preparación y capacitación personal constante; ser abogado es muy distinto a ser abogado litigante.

Finalmente, hay otros aspectos que resultan pertinentes en la estrategia del abogado y que guardan relación con la implementación de la oralidad, como averiguar previamente todos los datos relacionados con la parte contraria, el propio abogado o incluso el mismo juez.

Estos datos permitirán que la estrategia se adapte a cada caso en particular, como por ejemplo, saber si el juzgado tiene mucha carga procesal, explicarle al juez que la parte procesal a través de los actos de procuración puede generar una forma de ayuda en el proceso para aliviar su propia carga o, en el caso de un testigo, conocer su edad, grado de instrucción y otros más que permitan estar atentos a las preguntas y respuestas y por qué no cuestionar si se advierte un tecnicismo que nos lleve frente a un testigo preparado.

Esto nos permitiría estar frente a un cuestionamiento de carácter objetivo y no subjetivo que podríamos encontrar al momento de formular las preguntas, como el caso materia de análisis que en el video se podrá apreciar de mejor forma. Ahora bien, para una buena estrategia el abogado es el estratega de la misma, pero no puede considerarse un actor omnipotente en ese sentido, pues para ello debe contar, a mi humilde opinión, con un equipo que incluya, por ejemplo, un asistente que deba encontrarse comprometido con el aprendizaje del derecho y que resulte ser un filtro más que pueda ayudar a ver lo que muchas veces, por tantos casos que ve el abogado, pueda pasar inadvertido. En ese sentido, sería un filtro más que ayudará en la estrategia y de paso formará a un nuevo profesional entre los más de 130 mil abogados que somos actualmente, pero con una mejor metodología y enseñanza que permita de esta manera otorgarle un beneficio a la sociedad con la formación de nuevos estrategas justo para estas nuevas modalidades.

Para descargar la sentencia clic aquí.

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