Obligarían a empresas no cortar agua, luz, internet, etc., por falta de pago y a bancos suspender cobros de deudas en estado de emergencia

24893

El congresista de Alianza Para el Progreso (APP), César Combina Salvatierra, presentó el proyecto de Ley 4857, que plantea que entidades financieras, prestadoras de seguros y servicios básicos suspendan cobro de deudas, hasta después de 10 días de terminado el Estado de Emergencia que decretó el Poder Ejecutivo para enfrentar la pandemia del coronavirus.

La iniciativa legislativa busca proteger a los ciudadanos ante los posibles efectos negativos en la economía familiar y garantizar que cuenten con los servicios básicos en sus hogares durante el periodo de aislamiento social.

De aprobarse la norma, dichas entidades estarán obligadas a aceptar la postergación del pago de cuotas, a solicitud del cliente, por un máximo de 30 días calendario sin intereses. Además, estarían prohibidas de contabilizar los intereses de las deudas, hasta 7 días después de terminado el estado de emergencia.

Las empresas prestadoras de servicios de agua, luz, internet, teléfono fijo y celular suspenderían el cobro de las mensualidades hasta que finalice el Estado de Emergencia sin aplicar intereses. De existir una deuda vencida, las empresas estarían prohibidas de suspender o cortar el servicio, hasta luego de 7 días de terminado el Estado de Emergencia.

 

Comentarios: