Todos los empleadores tienen la obligación de presentar las planillas de pago (Plame) de remuneraciones de sus trabajadores a través del aplicativo de Sunat. Sin embargo, existen ciertas situaciones que no permiten cumplir con esta obligación, lo que conlleva la posibilidad de que el empleador sea sancionado con multas administrativas.
1. Si declaro fuera del plazo, ¿pueden sancionarme?
El artículo 176 del Código Tributario establece que es considerada como infracción no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.
En este caso la multa dependerá del régimen tributario al que pertenezca la empresa. Por ejemplo, si la empresa pertenece al nuevo régimen RUS la multa es del 0.6% de la UIT.
2. ¿Facultad discrecional?
Actualmente sigue vigente la RSNAO 006-2016 que establece que para aquellas infracciones tipificadas en el artículo 176 numerales 1 y 2 del Código Tributario pueden ser no sancionables, siempre y cuando los ingresos y compras del periodo omitido no superen el 50% de la UIT.
Para aplicar a este beneficio es necesario que el empleador cumpla con subsanar la infracción.
3. ¿Y si omití declarar a un trabajador también pueden sancionarme?
En este caso la infracción está tipificada en el artículo 178 del Código Tributario, que señala que en el caso de omisión de la base imponible de aportaciones al régimen contributivo de la seguridad social en salud, al sistema nacional de pensiones o de quinta categoría la multa equivale al 100% del tributo omitido.
En este supuesto también se genera una segunda infracción referida al no pago de los tributos retenidos en los plazos establecidos.
Esta infracción se encuentra tipificada en el artículo 178 numeral 4 del Código Tributario y establece que la multa equivale al 50% del tributo retenido y no pagado.
3.1 ¿Existe un régimen de gradualidad para estos supuestos?
Sí. En estos casos el contribuyente también puede aplicar la gradualidad de la multa siendo indispensable que subsane la infracción.
El beneficio de la gradualidad en estos casos corresponde al 95% de la totalidad de la multa dependiendo del régimen tributario del empleador.
Asimismo, es necesario recordar que se pierde el beneficio de la gradualidad si el deudor tributario impugne la multa y el órgano resolutor mantenga en su totalidad dicho acto mediante resolución firme y consentida en la vía administrativa.
4. ¿Cómo pago las multas impuestas?
Para el pago de las multas impuestas se puede hacer a través del formato guía «pagos varios» de Sunat.
Si el tributo omitido está relacionado con la contribución a Essalud se deberá utilizar el código de multa 6491 y el tributo asociado 5210.
Para la infracción de tributos omitidos referidos a la ONP se debe utilizar el código de multa 6411 y el tributo asociado 5310.
Asimismo, para la infracción de tributos omitidos para el tributo retenido de quinta categoría el código de multa es 6411 y el tributo asociado 3052.
Por último es importante señalar que a estos tributos omitidos se deben adicionar los intereses moratorios.

![Omisión a la asistencia familiar: capacidad económica se prueba en sede civil [Casación 1496-2018, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/05/Casacion-1496-2018-Lima-LP-218x150.jpg)
![En virtud del principio «pro homine» se puede disminuir la pena de un joven condenado por violación sexual de menor cuando, debido a una prohibición legal, no se aplicó la responsabilidad restringida por edad (el procesado tenía entre 19 y 20 años al momento de los hechos) [Rev. Sent. NCPP 402-2023, Lima, FF. JJ. 10-12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El interés de un fiscal por la situación jurídica de su sobrino se convierte en patrocinio ilegal cuando, sin necesidad de representarlo formalmente, usa su condición para favorecer la posición jurídica de este (reclamó a los policías por la intervención, accedió a los actuados policiales con carácter de reserva, emitió opinión sobre la atipicidad del hecho, planteó un acuerdo a la agraviada y se comunicó con el fiscal [Apelación 354-2024, Del Santa, f. j. 8.6.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El personal administrativo y de servicios de las universidades públicas se rigen por las normas del régimen público, esto es, la Ley Universitaria 23733, norma que tiene vigencia desde el 17 de diciembre de 1983 hasta el 09 de julio de 2014 [Casación 12030-2023, La Libertad, f. j. 6.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Precedente vinculante dispone la aplicación de la caducidad administrativa al régimen disciplinario funcional de la PGE en vía de principio de integración [Expediente PAD 208-2024]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/11/procuraduria-LPDerecho-218x150.png)
![Procede la anotación preventiva del trámite notarial de rectificación a mayor área cuando la discrepancia entre el área inscrita y el área propuesta, en base al plano catastral conformante del título, se encuentra dentro de los rangos de tolerancia (Ley 31309) [Res. 1921-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-OFICINA-LP-DERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TC anula sentencia de alimentos porque juez no valoró informe del centro de trabajo del obligado alimentario [Exp. 02248-2020-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/tc-anula-sentencia-de-alimentos-porque-juez-no-valoro-informe-del-centro-de-trabajo-del-obligado-alimentario-LPDerecho-compressed-218x150.jpg)
![¿Compraste un inmueble pagando en efectivo? La Ley de Bancarizacion no obliga a acreditar el pago solo con prueba bancaria: el juez no puede ignorar la minuta donde el vendedor reconoció haber recibido el precio, solo porque el pago se hizo en efectivo [Casación 712-2022, Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-valor-posesion-predio-hipoteca-venta-compraventa-herencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Pensión de alimentos: ¿qué abarca y cómo calcularla? [ACTUALIZADO 2026] pensión de alimentos con logo LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/01/Los-alimentos-LP-218x150.jpg)


![PJ deroga resoluciones administrativas obsoletas para simplificar su marco normativo [RA 000131-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Protocolo intersectorial sobre trabajo infantil [Decreto Supremo 006-2026-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/ninos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo que promociona la formalización y dinamización de micro, pequeña y mediana empresa mediante el régimen societario alternativo denominado sociedad por acciones cerrada simplificada [Decreto Legislativo 1409] Ejecutivos - Socios - Negocios - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Ejecutivos-Socios-Negocios-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![El personal administrativo y de servicios de las universidades públicas se rigen por las normas del régimen público, esto es, la Ley Universitaria 23733, norma que tiene vigencia desde el 17 de diciembre de 1983 hasta el 09 de julio de 2014 [Casación 12030-2023, La Libertad, f. j. 6.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![Precedente vinculante dispone la aplicación de la caducidad administrativa al régimen disciplinario funcional de la PGE en vía de principio de integración [Expediente PAD 208-2024]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/11/procuraduria-LPDerecho-100x70.png)
![PJ deroga resoluciones administrativas obsoletas para simplificar su marco normativo [RA 000131-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)


