Ley 30963: Modificación de los artículos 46 y 50 del Código de Ejecución Penal

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Uno de los cambios más importantes que ha sufrido nuestro ordenamiento jurídico ocurrió en junio de este año. Mediante Ley 30963 se modificaron artículos del Código Penal, del Código Procesal Penal, del Código de Ejecución Penal, entre otros dispositivos.

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En esta ocasión vamos a recordarles los dispositivos modificados del Código de Ejecución Penal.

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La Ley 30963, Ley que modifica el Código Penal respecto a las sanciones del delito de explotación sexual en sus diversas modalidades y delitos conexos, para proteger con especial énfasis a las niñas, niños, adolescentes y mujeres (y que también modifica dispositivos procesales), en su primera disposición complementaria modificatoria dice:

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS

PRIMERA. Modificación de los artículos 46 y 50 del Código de Ejecución Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 654

Modifícanse el primer párrafo del artículo 46 y el segundo párrafo del artículo 50 del Código de Ejecución Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 654, respecto al régimen especial de los beneficios penitenciarios, los cuales quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 46. Improcedencia y casos especiales de redención de la pena por trabajo o estudio

No es procedente el beneficio penitenciario de redención de la pena por el trabajo o estudio para aquellos internos que hayan cometido delitos vinculados al crimen organizado conforme a la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado. Tampoco es procedente para los internos sentenciados por los delitos previstos en los artículos 153, 153-A, 153-B, 153-C, 153-D, 153-E, 153-F, 153-G, 153-H, 153-I, 153-J y en los capítulos IX, X y XI del Título IV del Libro Segundo del Código Penal.

[…]

Artículo 50. Improcedencia y casos especiales de los beneficios penitenciarios de semilibertad o liberación condicional

[…]

Tampoco son procedentes para aquellos internos que se encuentran sentenciados por la comisión de los delitos previstos en los artículos 107, 108, 108-A, 108-B, 121-B, 152, 153, 153-A, 153-B, 153-C, 153-D, 153-E, 153-F, 153-G, 153-H, 153-I, 153-J, 189, 200, 279-A, 297, 317, 317-A, 317-B, 319, 320, 321, 322, 323, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332, 346, 382, 383, 384, primer, segundo y tercer párrafos del 387, 389, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401, así como los delitos previstos en los capítulos IX, X y XI del Título IV del Libro Segundo del Código Penal.

[…]”.

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