ChatGPT ha dejado de ser una simple novedad tecnológica para instalarse en la vida cotidiana. No solo atiende consultas académicas o profesionales, sino que algunos usuarios lo han convertido en un «confidente digital» al que recurren para expresar inquietudes y emociones.
La gran incógnita es si, en un escenario de investigación penal, un juez podría ordenar el acceso a las conversaciones mantenidas con la inteligencia artificial. LP conversó con tres especialistas.
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Ricardo Elías Puelles, abogado penalista
Un juez sí puede ordenar el acceso a tus conversaciones con ChatGPT, sostuvo el penalista Ricardo Elías Puelles. Explicó que un juez sí puede autorizar el acceso a tus conversaciones con ChatGPT siempre que se demuestre que es útil para la investigación. Es decir, que no exista otra opción menos invasiva a la privacidad.
Un juez penal sí puede levantar el secreto de las comunicaciones y de la intimidad para acceder a conversaciones; esto también incluye el historial de ChatGPT. No obstante, debe explicar tres elementos: idoneidad, necesidad y proporcionalidad, explicó Ricardo Elías Puelles.
Para Ricardo Elías Puelles, eliminar el historial de ChatGPT como parte de una rutina no califica como un acto de obstaculización, en cambio, hacerlo durante una investigación, aunque no configure delito, sí constituye obstrucción porque se pretende desaparecer posibles evidencias.
No es un tipo de obstaculización si lo hace como práctica regular. En cambio, si elimina el contenido de sus dispositivos en una investigación, no comete delito, pero sí es un acto de obstrucción, afirmó el penalista.
Miguel Ángel Pastor Calderón, abogado procesalista
Un juez sí puede ordenar el acceso a las conversaciones con ChatGPT, pero solo si es necesario para una investigación, opinó el procesalista Miguel Ángel Pastor Calderón.
Sí, el juez en una decisión motivada puede ordenar el registro de un dispositivo electrónico y la revisión de su contenido para la recopilación de evidencia digital, dentro de ello la interacción con ChatGPT o cualquier otro de similar naturaleza, opinó el procesalista.
El procesalista precisó que las conversaciones en ChatGPT están protegidas por el derecho a la intimidad personal, y no por el secreto de las comunicaciones, porque no se trata de un diálogo con otra persona, sino con un bot.
Las conversaciones a través de SMS, E-mail, WhatsApp están protegidas por el derecho al secreto de las comunicaciones, mientras que la interacción con un chatbot, aunque simule ser un diálogo, no lo es, por lo que su protección constitucional es por el derecho a la intimidad de la persona, explicó Miguel Ángel Pastor Calderón.
Felipe Salas Zegarra, abogado penalista
Un juez sí puede ordenar el acceso a tus conversaciones con ChatGPT, opinó el penalista Felipe Salas Zegarra. Explicó que el artículo 230 del Código Procesal Penal autoriza levantar el secreto de cualquier comunicación cuando existe sospecha de un delito y eso incluye a las conversaciones en ChatGPT.
El inciso 1 del artículo 230 del Código Procesal Penal refiere a otras formas de comunicación, por lo cual sí es posible intervenir o levantar las comunicaciones con ChatGPT, sostuvo el penalista.
Felipe Salas Zegarra agregó como ejemplo un caso de pedofilia: si un agresor consulta a ChatGPT cómo atraer niños en redes sociales, esa conversación puede servir como indicio para sustentar la investigación.
Un ejemplo sería el de un pedófilo que consulta: ‘¿Cómo atraer niños por medio de las redes sociales?’, explicó Felipe Salas Zegarra.
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