Inés Tello y Aldo Vásquez: PJ rechaza pedido para suspender proceso de amparo contra inhabilitación

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El Poder Judicial (PJ) desestimó la solicitud del Congreso de la República declaró improcedente suspender el proceso de amparo que interpusieron Inés Tello y Aldo Vásquez, ahora exmiembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), en contra de sus inhabilitaciones para ejercer cargos públicos por 10 años.

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El Congreso de la República, quien presentó dicho recurso, pedía que el proceso sea evalúe a nivel judicial luego que el Tribunal Constitucional (TC) emita un pronunciamiento de fondo sobre la demanda competencial, también presentada por el Parlamento, contra el PJ.

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La resolución de la Primera Sala Constitucional, presidida por los jueces Ordoñez Alcántara, Tapia Gonzáles y Cueva Chauca, señala lo siguiente:

La labor del juez está garantizada por el principio de independencia y ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes en trámite ni inteferir en el ejercicio de sus funciones.

En tal sentido, cada órgano jurisdiccional, esto es, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial, tienen el deber de resolver las causas con autonomía y en consonancia con la Constitución y las leyes.

En ese orden de ideas, no existe sustento alguno para suspender el trámite de este proceso de amparo, pues la actuación de este colegiado no está supediata a la actuación de ningún otro poder u organismo constitucional autónomo y, por lo tanto, debe estar libre de injerencias.

 

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